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Inicio » Finanzas » Casas de cambio tienen plazo para registrarse hasta el próximo 23 de octubre

Casas de cambio tienen plazo para registrarse hasta el próximo 23 de octubre

Publicado por Miguel Torres el 9 de octubre de 2012 1 comentario

Intereses.

Registradas. Según la SBS, hasta el momento existen unas 300 casas de cambio que ya se encuentran registradas.

El economista Jorge González Izquierdo dijo que las no inscritas deben seguir funcionando porque de lo contrario se reduciría la competencia en este sector.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) informó que el registro de las personas y empresas que efectúan operaciones financieras o de cambio de moneda vence el próximo 23 de octubre con la finalidad de prever el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Para cumplir con la reglamentación, las empresas deberán presentar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), que está bajo el mando de la SBS, la carta de inscripción en el registro de empresas y personas que efectúan operaciones financieras o de cambio de moneda, la copia simple del poder del representante legal y su documento de identidad; escritura pública de constitución de la empresa y licencia de funcionamiento o autorización de actividad vigente, expedida por la comuna.

La inscripción en el Registro es gratuita y tendrá una duración de dos años, contados a partir de la fecha de la inscripción.

No deben ser cerradas

El economista Jorge González Izquierdo refirió que si bien hay muchas casas de cambio no registradas, éstas no deben ser cerradas.

“Si lo hacen, eso respondería a lobbies de los bancos ya que se estaría quitando la competencia”, señaló.

El experto explicó que es necesario que se registren porque de lo contrario se prestan al lavado de dinero, a las actividades ilícitas como el contrabando y la evasión de impuestos como el de transacciones financieras.

Algunos administradores de las casas de cambio señalaron que esta norma apunta a formalizar los puntos que están en las periféricas de la capital y a los cambistas que no están inscritos en una casa de cambio formal.

Como se recuerda, Sergio Espinoza, superintendente adjunto de la UIF, manifestó que en el último trimestre se iniciará el cierre de las casas de cambio que no hayan cumplido con el registro.

Claves

La presente norma es aplicable a las personas naturales o jurídicas dedicadas a la compra y venta de divisas o moneda extranjera y/o empresas de créditos, préstamos y empeño.

Actualmente la SBS tiene registradas alrededor de 300 casas de cambio.

Diario La República (09.10.2012)

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Etiquetado como: bancos, financiamiento, lavado de activo, lavado de activos, Registro, seguro

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1 comentarios

  1. Hilda Perez dice

    16 de enero de 2018 a las 10:10 pm

    Buenas noches , quisiera saber como puedo llevar la contabilidad de mi casa de cambio , en que regimen debo estar .

    Muchas gracias

    Responder

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