• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Tributario » CCL: Impuesto predial se elevaría 3,5% en promedio el 2015

CCL: Impuesto predial se elevaría 3,5% en promedio el 2015

Publicado por Miguel Torres el 3 de noviembre de 2014 Deja un comentario

Hasta 4,72% se elevará el impuesto predial en el caso de los terrenos categoría A, señaló la CCL

impuesto predial

El impuesto predial para el próximo año se elevaría 3,5% en promedio para los terrenos, casas, edificios y construcciones en general ubicados en Lima y el Callao a consecuencia de los nuevos Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones aprobados por el Ministerio de Vivienda, advirtió la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

Estas nuevas tarifas fueron publicadas por el diario “El Peruano” el 30 de octubre pasado como recogió la agremiación empresarial.

Diferencias por Categorías

De acuerdo a información de la CCL, en los predios nuevos -categoría A- en estado muy bueno y con menos de cinco años de antigüedad, el impuesto predial tendrá una subida máxima de 4,72% respecto al 2014.

Mientras, los predios correspondientes a las categorías B y C el incremento por este impuesto será de 3,7% en tanto que la categoría D tendrá un aumento de 1,88%.

Pagos a Jubilados

Como recuerda la CCL, los pensionistas dueños de un solo predio (a nombre propio o de la sociedad conyugal) destinado a casa y que solo vivan de los ingresos de su pensión – no mayor a una UIT – podrán deducir del autoavalúo el monto equivalente a 50 UIT, por lo que pagarán como impuesto predial el excedente de las 50 UIT.

Así, si el autoavalúo 2015 de la casa del jubilado es de S/.220.000 se descontarán S/. 195,000 (equivalentes a 50 UIT proyectadas de S/. 3,900). A la diferencia (S/.25.000) se la multiplicará por 0,2% y el impuesto predial anual resultante será de S/. 50.

Dato

Las municipalidades están facultadas a cobrar un impuesto predial mínimo, equivalente al 0.6% de la UIT (con la UIT proyectada de S/. 3,900 será S/. 23), como señala el artículo 13º del Decreto Legislativo 776.

Diario El Comercio (03/11/2014)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: impuesto, predial, tasa

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller Sire Presencial 12 de Julio 2025

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto