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Inicio » Comprobantes Electrónicos » ¿Cómo emitir una Boleta de Venta Electrónica desde el portal de Sunat?

¿Cómo emitir una Boleta de Venta Electrónica desde el portal de Sunat?

Publicado por Miguel Torres el 4 de agosto de 2015 71 comentarios

Sunat está dando pasos agigantados en cuanto a los comprobantes de pago, primero fueron los recibos por honorarios electrónicos, luego la factura electrónica y ahora la boleta de venta electrónica.

Si al paquete antes mencionado, le sumamos los libros electrónicos hace el menú completo.

¿Qué significa todo esto?, que en unos años todos los comprobantes serán electrónicos, eso significa un mejor control de las operaciones por parte de sunat.

Las malas prácticas se terminaran en poco tiempo:

  • Comprar facturas para pagar menos impuesto.
  • Mandar a imprimir doble juego de facturas de ventas.
  • No declarar el 100% de tus ventas.

Es una gran oportunidad para los empresarios jóvenes o aventureros de la tecnología de reducir costos administrativos, por ejemplo:

  • No libros contables físicos
  • No legalización de libros contables
  • No impresión de comprobantes de pago físicos

Emisión de Boleta de Venta electrónica

Para emitir una boleta de venta electrónica tenemos que ingresar con nuestra clave sol a operaciones en línea.

Nos situamos en el menú – Comprobantes de Pago – Emisión Boleta Electrónica

menu-clave-sol

El sistema nos mostrara una ventana para ingresar los datos del cliente.

boleta-electrónica

Lo primero es señalar el tipo de documento, para ello el sistema nos muestra las siguientes alternativas.

documento-boleta

Mencionar que en el caso de seleccionar DNI y colocar un número, el sistema nos arrojara el nombre del cliente (esta conectado la base de datos con reniec).
De igual manera colocaremos la moneda de la operación, el sistema nos mostrara las siguientes opciones.

moneda-boleta

Luego de ello tendremos que ingresar la descripción del servicio y/o venta de bien.

operacion-boleta

Para ello ingresaremos el monto de la operación y el tipo (gravado, exonerado e inafecto). En esta parte podremos agregar más ítems a la boleta de venta.

detalle-boleta

Luego podremos consignar datos como documentos adicionales y/o información relacionada.

datos extras-boletas
Dentro del rubro documentos relacionados, tenemos las siguientes opciones.

documento-relacionado

En la parte de información relacionada podemos agregar los siguientes opciones.

informacion-relacionada

Luego el sistema nos mostrará una imagen preliminar de la boleta de venta electrónica, si todo esta correcto le daremos en el botón emitir.

boleta-electronica

Observaciones sobre la boleta de venta electrónica

No funciona para todas las actividades, si bien es cierto es un gran avance que tiene que ir de la mano con la tecnología y la economía del país. Te imaginas un mercado donde cada puesto emita su boleta electrónica actualmente.

Conclusiones

  1. Los comprobantes electrónicos es el futuro de la facturación, es por ello que las empresas deben ya implementar medidas a mediano y largo plazo sobre cómo realizar su implementación.
  2. Los libros electrónicos será obligatorio para el 50% de las empresas a partir del 2016, recuerda que si tus ingresos superan las 75 UIT en el 2015, estarás obligado a llevar electrónicamente tus libros de compras y ventas (independientemente seas del régimen general o régimen especial).

Recomendación

  1. Esta semana empezamos el Curso Presencial: "SIRE SUNAT 2025", te permitirá aprender como presentar los registros electrónicos utilizando macros en excel, si deseas información, te dejo este link: Taller Práctico SIRE SUNAT 2024.

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71 comentarios

  1. Sandra dice

    23 de julio de 2022 a las 12:20 pm

    Es necesario poner el nombre y apellido del cliente? O solo basta con poner el primer nombre, algunos clientes no quieren dar el DNI o el nombre y apellido

    Responder
  2. Gilberto dice

    1 de febrero de 2021 a las 3:54 pm

    Por favor si podrias responder a esta duda, ya que son varios q coinciden en lo mismo
    ” Por primera vez voy a emitir boleta de venta electronica, porque me sale “Contribuyente no cumple con las validaciones de Afectación”, que tengo que hacer? tengo que pedir autorizacion a la Sunat? cuanto demora o es automatico?
    Gracias!”
    Dime si tienes algun alcance sobre el tema.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2021 a las 2:02 pm

      Tienes que pedir autorización por el régimen tributario.

  3. Mery dice

    2 de enero de 2021 a las 4:45 pm

    Agradezco de antemano su asesoramiento. Tengo una bodega, antes por todas mis ventas pequeñas como golosinas, caramelos, etc emitia una boleta que decia “venta al menudeo” ahora con la facturación electronica ¿puedo seguir emitiendo de esa manera?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2021 a las 4:36 am

      Si claro, pero no debe superar los 700 soles.

  4. Estelio Nolasco Dionicio dice

    12 de septiembre de 2019 a las 4:17 pm

    Buenas tardes, se puede emitir una boleta de venta con el número de dni de una persona, pero con datos de un colegio.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2019 a las 6:33 am

      Si es correcto.

  5. Yesenia dice

    15 de junio de 2019 a las 12:13 pm

    Como se puede hacer una boleta electrónica si supera los 700 soles y es una entidad del estado que no tiene ruc (las entidades de foncodes no tienen ruc).

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de junio de 2019 a las 9:30 pm

      No puedes hacerlo.

  6. Ana Torres dice

    9 de mayo de 2019 a las 4:01 pm

    Hola, mi hermana ha sacado su RUC, tipo de contribuyente: persona natural sin negocio; tributos afectos: 030401 renta 4ta. categoria. cta. propia, eso significa que tributara, cada vez q su boleta pase del importe de los S/ 1,500.00, favor confirmar e indicar si hay algo mas a tener en cuenta q no se esta considerando, muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de mayo de 2019 a las 12:33 am

      Solo eso, seria bueno que saque su suspensión de cuarta para los montos superiores a 1500 soles.

  7. Luz Flores dice

    18 de julio de 2018 a las 12:47 pm

    Hola Miguel; una persona que saco ruc en abril 2018 la sunat dice que esta obligado a emitir electronicamente en julio puede utilizar el portal de sunat o es necesario otro medio como PSE, OSE el negocio es venta de productos naturales ingreso mensual es 2,000 a 3,000 regimen mypelu
    Gracias

    Responder
  8. Sheyla dice

    3 de junio de 2018 a las 9:32 am

    Hola Miguel mi consulta es, cada vez que pido una boleta electrónica me dicen que no puede ir mi nombre Y el dni tampoco eso es cierto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de junio de 2018 a las 7:15 am

      No es correcto, deberían hacerlo.

  9. Yaritza Melanie dice

    22 de marzo de 2018 a las 11:12 am

    Hola miguel , una pregunta y puedo poner la dirección del cliente en la boleta? no hay problema?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de marzo de 2018 a las 5:02 am

      Si es correcto, se puede hacer eso.

  10. Jhon dice

    13 de marzo de 2018 a las 6:47 pm

    Hola Miguel de ante mano saludarte y darte las gracias por el apoyo que nos brindas. Quería consultar por que motivo solo se pone los datos de una sola persona. ( compramos un auto y la boleta de venta solo salía nombre de uno)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2018 a las 9:41 pm

      Cuando compras un auto, se emite un comprobante de pago, boleta de venta cuando te lo vende una empresa, en ese caso saldrá a nombre de una persona, pero en el contrato puede estipularse mas propietarios.

  11. Javier dice

    8 de marzo de 2018 a las 11:21 pm

    Estimado, mi esposa tiene un negocio de catering, empezó con eventos pequeños como cumpleaños, pero desde el mes pasado tiene clientes con eventos mas grandes (mas personas) y en consecuencia ahora le exigen boleta.
    ¿Puedo emitir boletas electrónicas a los clientes y como podría hacerlo?
    considerando que acabo de tramitar mi RUC.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2018 a las 5:24 am

      Primero tiene que sacar su RUC, luego elegir un régimen tributario, puede comenzar con el nuevo RUS. Pero si le piden factura tendrá que ser RER o RMT.

  12. James Brañez dice

    19 de febrero de 2018 a las 9:35 am

    Yo estoy comenzando a vender prendas de ropa de algodon para bebes. Lo hago por contactos en internet. Mi problema es que algunos quieren comprar por cantidad. Yo tengo RUC por recibo de honorarios. Puedo emitir boletas y/o facturas, a pesar de tener recibos por honorarios? ¿tengo que acogerme a algun regimen?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2018 a las 11:53 am

      Si puedes hacer eso, te recomiendo el nuevo RUS es muy simple de llevar.

    • James Brañez dice

      19 de febrero de 2018 a las 11:57 am

      Y hay que tramitar en SUNAT para acceder al regimen del nuevo RUS? o se puede hacer eso en linea?
      Gracias

  13. Jacqueline Espinales dice

    6 de enero de 2018 a las 5:10 am

    Mil gracias, miguel¡¡¡¡

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de enero de 2018 a las 11:36 am

      Gracias, que tenga un buen fin de semana 🙂

  14. efrain dice

    2 de enero de 2018 a las 11:27 am

    buen aporte

    Responder
  15. juan perez dice

    26 de diciembre de 2017 a las 12:04 pm

    En mi empresa estamos obligados a emitir de manera electronica a partir del proximo año, mi pregunta es si aunque venda menos de 700 soles entregare boleta electronica o sea le enviare el comprobante a su e-mail o puedo entregarle un representacion fisica como hasta ahora.

    Responder
  16. Luis dice

    19 de diciembre de 2017 a las 11:58 am

    Donde puedo descargar una boleta electrónica que me han emitido un empresa?

    Responder
  17. Yul Fernández dice

    20 de agosto de 2017 a las 2:52 pm

    Hola buenas tardes.
    Me gustaría vender queque pero a la persona que me compra me pide boletas por la compra que me va hacer como puedo dar boletas.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2017 a las 3:49 am

      Puedes acogerte al Nueve Rus para emitir boletas, pagarías un impuesto mensual de 20 soles.

    • Piero dice

      6 de abril de 2018 a las 10:40 am

      Buenos días mi estimado miguel, tengo un problema soy nuevo en la emisión de facturas electrónicas y cuando entro a la opción me aparece el siguiente mensaje: “Contribuyente no cumple con las validaciones de Afectación.” que puedo hacer para poder emitir facturas por favor necesito ayuda lo antes posible. Gracias de ante mano.

  18. Fredy dice

    22 de mayo de 2017 a las 8:00 am

    Cuando se esta emitiendo una boleta venta electronico en que casos de pone: Grabado, Exonerado y Inafecto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 4:02 pm

      Depende de lo que estas vendiendo, si esta inafecto o exonerado en el IGV, revisa el apendice I.

  19. Lucia Sosa dice

    15 de mayo de 2017 a las 6:21 am

    Miguel tengo una duda entonces la boleta de venta puede ir exoneradaa de igv tengo que emitir una boleta por un bien exonerado .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 5:44 pm

      Si puede ir, solo detalla en el concepto de la boleta el bien exonerado nada mas.

  20. Lu Miranda dice

    1 de marzo de 2017 a las 8:26 am

    Hola miguel, una consulta yo vendo muebles para niños y emito boletas de pago pero la persona que me hace los muebles no me da boleta , estoy en el régimen simplificado, mi negocio es pequeño ya que es una tienda virtual todo por fb , quisiera saber si tendré algún problema.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de marzo de 2017 a las 7:02 pm

      No hay problema, al menos consigue boleta por la compra de materiales. La persona que te hace los muebles debe emitir RxH por el servicio.

  21. Shelly dice

    18 de enero de 2017 a las 4:53 pm

    Hola una consulta si estoy en el RUS puedo afiliarme a boleta electronica? gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de enero de 2017 a las 5:52 am

      Si es correcto.

  22. Boris Torres Shapiama dice

    18 de diciembre de 2016 a las 7:14 pm

    Hola miguel creo que no esta de mas decir que tus aportes mediante tu pagina son de mucha ayuda y de gran calidad, quisiera preguntarte algo, ¿si emito una boleta electrónica por mas de 700 es obligatorio poner la dirección del cliente? de ser así ¿cómo lo hago?’

    Responder
  23. Jhenrry Casimiro Silva dice

    12 de noviembre de 2016 a las 1:49 pm

    Excelente Miguel gracias por tus sabios conocimientos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 3:00 am

      Muchas gracias 🙂

  24. Oscar dice

    31 de agosto de 2016 a las 10:40 am

    Una consulta yo importo y vendo tablets, estoy afiliado a la clave sol, emito recibo por honorarios, pero no puedo emitir boletas de venta, al afiliarme a este servicio tengo que cambiar mi ruc? tiene algún costo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2016 a las 4:31 pm

      Si es correcto, tendrías que cambiar a un regimen de empresa que genera renta de 3ra categoría. Dependiendo el regimen tendrías que hacer declaraciones mensuales y tener libros contables.

  25. Anita Siu dice

    13 de agosto de 2016 a las 9:49 pm

    Hola Miguel
    Por primera vez voy a emitir boleta de venta electronica, porque me sale “Contribuyente no cumple con las validaciones de Afectación”, que tengo que hacer? tengo que pedir autorizacion a la Sunat? cuanto demora o es automatico?
    Gracias!
    saludos

    Responder
  26. Edson dice

    3 de julio de 2016 a las 6:18 am

    Y donde gana el microempresario (imprentero) aqui. Gracias por tu ideas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2016 a las 12:50 pm

      Estoy seguro que una imprenta tiene multiples servicios, afiches, volantes, calendarios, lapiceros, etc.

  27. Fernando Galdos Silva dice

    19 de mayo de 2016 a las 9:03 am

    Hola! Sabes como se puede hacer para guardar los items? Para no estar escribiendo en cada boleta el codigo y la descripcion?

    Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2016 a las 5:32 am

      Si se puede en la sección catalogo, en la parte de boleta simplificada.

  28. Jerry dice

    13 de mayo de 2016 a las 2:07 pm

    Muy interesante… una consulta, cualquiera puede emitir boletas electronicas? por ejemplo puedo hacer una boleta electronica para vender una laptop o guitarra a una persona o empresa??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2016 a las 4:10 am

      Si es correcto, tienes que afiliarte nada más.

  29. Rossana Sanchez dice

    10 de agosto de 2015 a las 10:36 am

    Muy intresante, Miguel … gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2015 a las 11:12 am

      Gracias por el comentario 🙂

  30. Brecia dice

    9 de agosto de 2015 a las 9:33 pm

    Excelente información miguel bendiciones sigue asi.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2015 a las 3:58 am

      Muchas gracias por el comentario.

  31. Alfonso dice

    8 de agosto de 2015 a las 8:20 am

    Miguel realmente realizas una grande y admirable labor sigue. Gracias q Dios te bendiga.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de agosto de 2015 a las 8:28 am

      Muchas gracias por el mensaje.

  32. Flor Navarro Ramirez dice

    5 de agosto de 2015 a las 4:27 pm

    Miguel, cuando ya se autorice el llevado de las boletas de venta electronicas, que generalmente son del nuevo Rus, entonces los contadores tendran que hacer este trabajo, o simplemente las dueños de las bodegas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de agosto de 2015 a las 5:49 pm

      Los mismos contribuyentes, es sencillo no es nada del otro mundo.

    • Edith Garro dice

      22 de marzo de 2016 a las 4:19 pm

      Gracias miguel me eres siempre de gran ayuda..

    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2016 a las 9:50 pm

      Muchas gracias 🙂

  33. Julia Laqui Mamani dice

    5 de agosto de 2015 a las 2:53 pm

    Excelente información Miguel. Bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de agosto de 2015 a las 5:53 pm

      Gracias.

  34. Javier Melendez dice

    5 de agosto de 2015 a las 1:03 pm

    Buena información.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de agosto de 2015 a las 2:27 pm

      Muchas gracias 🙂

  35. Julio César dice

    5 de agosto de 2015 a las 9:15 am

    Gracias por la buena información, sigue adelante Miguel !!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de agosto de 2015 a las 11:43 am

      Muchas gracias 🙂

  36. Flor Isabel dice

    4 de agosto de 2015 a las 11:10 pm

    Informaciòn importante para llevar un mejor control en las diferentes empresas e instituciones publicas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de agosto de 2015 a las 8:04 am

      Muchas gracias.

    • Humberto Ambrocio López Luera dice

      7 de agosto de 2015 a las 7:28 pm

      Mi gratitud por tu excelente consejo Miguel Torres tu informativo es de mucha ayuda éxito y felicidades….

    • Miguel Torres dice

      9 de agosto de 2015 a las 8:31 am

      Gracias amigo 🙂

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