Como muchos ya sabrán a partir del ejercicio 2015 se debe aplicar el factor 0.9333 para realizar los pagos a cuenta del impuesto a la renta del ejercicio 2015.
Vemos 3 casos prácticos de cómo se aplican y cuál es su incidencia. Primero que nada tenemos que descargar la versión PDT 621 5.2 para realizar las pruebas (enlace de descarga).
Caso Práctico 01 – Coeficiente Mayor 1.5%
Miguel Torres SAC ha obtenido ventas en periodo de enero de S/. 39,690. La empresa tiene un coeficiente de 0.0867 utilizado en la declaración de diciembre 2014.
Como vemos en este caso se aplica el factor al pago a cuenta.
Caso Práctico 02 – Utilizando el porcentaje 1.5%
Miguel Torres SAC ha obtenido ventas en periodo de enero de S/. 39,690. La empresa viene utilizando el sistema de pago del porcentaje del 1.5% ya que inició operaciones en el ejercicio 2014.
Como pueden ver en la gráfica, el impuesto se calcula en base a la tasa mínima del 1.5%. El factor no se aplica al sistema de pago del porcentaje.
Caso Práctico 03 – Coeficiente menor a 1.5%
Miguel Torres SAC ha obtenido ventas en periodo de enero de S/. 39,690. La empresa tiene un coeficiente de 0.0115 utilizado en la declaración de diciembre 2014.
Como pueden ver en la gráfica, el impuesto se calcula en base a la tasa mínima del 1.5%.
Descarga del archivo
Comparto el archivo de directiva contable, para poder descargar solo tienes que darle clic en el botón “Recomendar”.
[to_like]Descargar archivo de pago a cuenta de renta del 2015[/to_like]
Conclusiones
1. La aplicación del factor es automático, el mismo PDT 621 lo realiza en los diferentes supuestos.
2. No te olvides descargar la última versión PDT 621 5.2
3. En resumen el factor solo se aplica al coeficiente mayor a 0.015. Si tu coeficiente es menor se aplicara la tasa minima 1.5%.
4. Si quieres saber más de las última actualizaciones aplicar para el 2015, el viernes 20 de febrero vamos a dictar un curso de Cierre Contable y Últimas Modificaciones, te dejo el “enlace“
Maria dice
Pero si mi declaración jurada del 2015 se presento el 5 de abril, con que coeficiente he de tomar el mes de4 marzo.
Miguel Torres dice
El coeficiente de la DJ Anual 2015.
Gerardo dice
Estimado Miguel,
Estoy en una gran duda. Forme mi empresa en nov del 2015, mi primera factura la hice en dic. Tengo aproximadamente una utilidad de 700 soles. En enero hice un pago de renta del mes de diciembre 2015. Para mi declaración jurada como debo aplicar u obtener el pago del 2015, es UTILIDAD * 28% o es UTILIDAD * 28% * 2 /12 ?? Te agradeceré indicarme. Muchas gracias.
Miguel Torres dice
Tu impuesto anual será UTILIDAD * 28%, a ese impuesto le deduces los pagos a cuenta (el impuesto que pagaste en enero).
Maria dice
Si pague enero 2016 tomando el coeficiente del 2015 lo cual no es correcto por que obtuve un coeficiente 8.14 cual seria la multa a deducir y fraccionar.
Miguel Torres dice
Para le periodo de enero 2016 se toma el coeficiente obtenido en la DJ Anual 2014. Si has pagado de menos impuesto a la renta, pagas multa 50% del tributo omitido.
Mayra dice
Hay alguna base legal que indique que dicho coeficiente ya no es válido para el año 2016?
Miguel Torres dice
Sin comentario a tu pregunta.
Meli dice
Consulta todo el hasta marzo 2016 debo usar el coefieciente que tenia en el 2015 no es asi, ya no aparece en los pdt ese factor 0.9333 no
Miguel Torres dice
Solo se usaba hasta el periodo diciembre 2015.
Mariana dice
Hola Miguel, este factor solo se va usar para los pdt`s del 2015, por que estoy haciendo mi pdt 01/2016 y no te calcula con el factor 0.933, xfvr tu confirmacion…
Miguel Torres dice
Es correcto.
Leví dice
He constituido una empresa en el mes de julio del 2014. ¿Para marzo de 2015 tengo que aplicar el coeficiente que arroja de la Declaración Jurada 2014? o cuando aplicaría la modificación de coeficiente…… tu estilo de explicar se deja entender. Gracias
Miguel Torres dice
Es correcto lo que mencionas.
Juan Carlos Morales dice
Cuando entro a la casilla 380 para el cálculo del coeficiente, coloco como siempre los datos del impuesto determinado e ingresos netos y me calcula el coeficiente de la empresa, pero lo que observo es que no me aplica el factor de 0.93333 debido a que al cerrar esa ventana, aparece en la casilla 380 el mismo coeficiente calculado anteriormente, tengo instalado el PDT 621 v5.3. Algún comentario a esto. Tus explicaciones son muy claras y tu estilo me gusta mucho. Gracias
Miguel Torres dice
Lo mas seguro que el factor es menor a 1.5%. en ese caso grabara sobre el minimo.
Juan Carlos Morales dice
Me han comentado en la SUNAT que esta casilla del coeficiente tiene problemas y uno tiene que arreglar los números para obtener el coeficiente correcto. No me parece bien hacer eso, pero a la SUNAT no le regalo ni un sol.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario 🙂
Pablo dice
Hay alguna forma de cambiar el coeficiente??? Por que tengo conocimiento que se presenta un EEFF preleminar, por favor aclarame mi duda. Gracias =)
Miguel Torres dice
Es correcto puedes presentar el PDT 625 al 30 de junio.
Leslie dice
Para el mes de abril 2015 el coeficiente que utilizo ya seria obligatoriamente el de la declaración anual del 2014, y con el factor 0.93333 verdad?
Miguel Torres dice
Desde el periodo Marzo 2015 tienes que utilizar el coeficiente que te arroja tu Declaración Jurada 2014.
PATRICIA dice
una consulta si voy declarar periodo enero 2015, com otodaia n odelcrao m irenta anual y utilizo mi coeficinet del periodo 2014 lo calcula con el coeficiente 0.9333
Miguel Torres dice
Para el periodo enero del 2015 utilizas tu coeficiente de la declaración jurada 2013, mejor dicho el que has venido utilizando en el periodo 2014.
patricia dice
gracias , pero sabes automáticamente lo multiplica al 0.9333, según el pdt actualizado .
Miguel Torres dice
Es correcto 🙂
patricia dice
muchas gracias amigo 🙂
marco antonio mamani cabrera dice
excelente, esta claro!! sus
apreciaciones.
Miguel Torres dice
Gracias amigo 🙂
miguel dice
en el caso N°1 por que si vienes del ejercicio 2014(dic) con el factor 0.0867 de donde apareció el factor 0.0809?
y luego lo comparas con el 0.9333?. gracias
Miguel Torres dice
Ese resultado se da: Coeficiente x Factor (0.0867 * 0.9333)
katy dice
SI por favor que pasaria si el coeficiente es menor a 1.5% , de todas maneras se coloca el impuesto y el ingreso o ya no?
Miguel Torres dice
Es el caso numero 3 , igual lo colocas pero el sistema calculara en base al 1.5%
Natt dice
Entonces a manera de conclusión, sólo se aplica el factor cuando se usa coeficiente y éste sea mayor al 1.5% (0.015). En el caso el coeficiente sea menor a 1.5% (0.015) se aplica el 1.5%. Indíqueme si es lo correcto.
Miguel Torres dice
Es correcto 🙂