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Inicio » Sunat » Fraccionamiento Tributario Sunat 2023

Fraccionamiento Tributario Sunat 2023

Publicado por Miguel Torres el 1 de febrero de 2018 91 comentarios

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Miguel ¿Cómo puedo realizar un fraccionamiento tributario sunat?

Muy sencillo, lo puedes realizar mediante tu clave sol. Podrás realizar el fraccionamiento hasta 72 cuotas.

Actualmente, el fraccionamiento se realiza mediante el Formulario Virtual 689.

También, puedes realizar un aplazamiento de la primera cuota (hasta un máximo de 6 meses).

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Requisitos para el Fraccionamiento
  • Plazos del Fraccionamiento
  • Cuota de Acogimiento
  • VideoTutorial del Fraccionamiento Tributario Sunat
  • Pago de la Cuota de Acogimiento
  • Códigos de Pago de Cuota de Fraccionamiento
  • Pago de Cuota de Fraccionamiento
  • Asiento Contable Fraccionamiento Tributario
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    • Artículos Relacionados:

Requisitos para el Fraccionamiento

Los requisitos para calificar para el fraccionamiento tributario sunat son los siguientes:

  • Haber presentado todas las declaraciones juradas por las deudas a fraccionar.
  • No tener la condición de no habido.
  • Formalizar las garantías ofrecidas, cuando corresponda.
  • No encontrarse en procesos de liquidación judicial o extrajudicial.
  • Haber pagado, tratándose de la presentación de solicitudes de fraccionamiento, la cuota de acogimiento a la fecha de presentación.
  • No tener saldo en la cuenta de detracciones.

Plazos del Fraccionamiento

Los plazos máximos para el aplazamiento y/o fraccionamiento son los siguientes:

  • Para el aplazamiento: hasta 06 meses.
  • Para el fraccionamiento o aplazamiento y fraccionamiento: hasta 72 meses.

Cuota de Acogimiento

Es una cuota inicial a pagar para que se apruebe la solicitud. Esta cuota de acogimiento está en función a los meses de la solicitud, si el plazo excede los 12 meses será un requisito.

cuota de acogimiento Fraccionamiento Tributario Sunat

Como vemos en el recuadro a mayor número de cuotas elegidas, mayor será la cuota del acogimiento. Esta cuota no puede ser menor al 5% de la UIT.

Miguel ¿Cómo podría hacer para no pagar la cuota de acogimiento, no tengo dinero?

Es muy sencillo, en realidad si tienes que pagar la cuota de acogimiento, pero lo que puedes hacer es diferir el pago.

Cuando realices la solicitud de fraccionamiento tendrías que seleccionar la opción aplazamiento + fraccionamiento.

VideoTutorial del Fraccionamiento Tributario Sunat

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Pago de la Cuota de Acogimiento

Para realizar el pago de la cuota de acogimiento, ingresamos con nuestra clave sol a mis declaraciones y pagos.

cuota de acogimiento

En la sección pago de fraccionamiento, el sistema detectara la cuota de acogimiento por pagar.

El pago de la cuota de acogimiento debe realizarse el mismo día de la presentación de la solicitud del fraccionamiento.

Códigos de Pago de Cuota de Fraccionamiento

Para realizar el pago de la cuota de fraccionamiento se utilizarán los siguientes códigos de tributos:

  • 8021: Tesoro
  • 5216: Essalud
  • 5315: ONP
  • 5031: FONAVI
  • 7201: FONCOMUN
  • 7205: Regalías mineras-Ley N° 28258
  • 7207: Regalías mineras-Ley N° 29788
  • 7209: Gravamen especial a la minería

Pago de Cuota de Fraccionamiento

Para realizar el pago de la cuota del fraccionamiento, ingresamos a la opción: Mis Declaraciones y Pagos.

Luego seleccionamos la opción Pago de Fraccionamiento.

Pago de Cuota de Fraccionamiento 2019

Asiento Contable Fraccionamiento Tributario

En el siguiente artículo te comparto cómo realizar el asiento contable de un fraccionamiento tributario.

  • Asiento Contable: Fraccionamiento Tributario Sunat

Recomendación

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91 comentarios

  1. Silvia dice

    18 de enero de 2022 a las 12:07 pm

    Cuando solicito mi fraccionamiento ,al elaborar la solicitud?? tengo que esperar días para realizar el proceso,siendo que declare hace 1 día?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de enero de 2022 a las 4:47 pm

      Tienes que esperar que el periodo haya vencido para poder fraccionar.

  2. JSullca dice

    6 de diciembre de 2021 a las 9:48 pm

    Hola buenas tardes. Deseo fraccionar hoy 06/12/2021 deuda de IGV del 10/2021 pero mi deuda me aparece en “Deudas No Acogibles” Porqué??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2021 a las 10:17 pm

      Quizás por estas con el IGV Justo.

  3. Maria dice

    6 de diciembre de 2021 a las 2:11 pm

    Que pasa si me olvide pagar una cuota de fraccionamiento? como calculo los intereses y con que codigo de tributo se paga?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2021 a las 5:33 pm

      La misma plataforma lo calcula, por clave sol generas tus cuota y seleccionas NPS o lo pagas con detracciones o cargo a cuenta.

  4. Taliha dice

    15 de mayo de 2021 a las 4:41 pm

    Hola Miguel, las fechas de mi pago de fraccionamiento donde las veo. gracias por la ayuda

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2021 a las 11:16 am

      En la resolución de aprobación.

  5. Juan Carlos dice

    3 de febrero de 2021 a las 8:46 am

    Buen dia Miguel;
    Sino pago mi cuota de mi Fraccionamiento en los vencimientos del cronograma,
    solo pagaria los interes o me generaria alguna multa.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2021 a las 12:34 pm

      Solo intereses o puedes perder el fraccionamiento.

  6. Martha dice

    29 de mayo de 2020 a las 11:45 am

    Miguel una Consulta: que pasa si no pago mi primera cuota, como lo regularizo, porque ya no me sale en la opción de pagos en la sección de pago de fraccionamiento, lo podría realizar con guía de pagos?, si es así tendría que calcular intereses o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2020 a las 5:58 pm

      Si claro con formulario guía de pagos.

  7. Jose Vidal dice

    23 de abril de 2020 a las 10:45 pm

    Buenas noches estimado Miguel, una consulta como seria el registro contable de la cuota de acogimiento ?.

    Gracias de antemano.

    Responder
  8. Lis Calle dice

    20 de abril de 2020 a las 11:06 pm

    Hola, ¿se puede fraccionar deuda tributaria acogida al igv justo una vez que haya vencido el plazo para pagar? Espero tu respuesta. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de abril de 2020 a las 2:39 am

      Es correcto, puedes fraccionar.

  9. Felicita dice

    10 de abril de 2020 a las 6:13 pm

    Cual es la diferencia del aplazamiento y fraccionamiento?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de abril de 2020 a las 12:09 am

      Es un complemento, el aplazamiento es como las cuotas de gracias, meses que no pagas aun la primera cuota.

  10. Manuel Garcia dice

    23 de marzo de 2020 a las 2:58 pm

    Aun sigue vigente que las empresas pueden tener hasta 9 fraccionamientos y refinanciamientos? Por otro lado, La Sunat en el Area de Fraccionamiento la empresa tiene que esperar el vencimiento del siguiente periodo para poder enviar su solicitud de Fraccionamiento y mientras tanto la Sunat en el Area Coactiva envia notificaciones ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2020 a las 4:03 pm

      Es correcto todo lo que mencionas.

  11. Pilar Huillcahuaman dice

    9 de marzo de 2020 a las 1:05 pm

    Cuantos fraccionamientos puedo tener con SUNAT, respecto a los pagos de IGV,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2020 a las 10:44 pm

      Varios, hasta que no tengas un refinanciamiento perdido.

  12. Jean Clinton Masgo Eugenio dice

    6 de marzo de 2020 a las 5:55 pm

    Buenas tardes Miguel antes felicitarte por los aportes que son de mucha ayuda, mi consulta es lo siguiente que pasa si al determinar mi impuesto a renta anual 2019 Régimen MYPE. Tengo un saldo a pagar y no tuviera fondos para pagar el impuesto anual 2019 puedo fraccionar ese pago. Gracias por su respuesta. Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2020 a las 11:42 am

      Es correcto, puedes fraccionar de renta anual 2019.

  13. Susan dice

    27 de febrero de 2020 a las 4:06 pm

    Hola, Miguel! La última cuota de mi fraccionamiento vence mañana, pero no podré pagarlo hasta la otra semana.
    Qué sucede en este caso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de febrero de 2020 a las 6:56 pm

      Nada, solo deberías pagar intereses.

  14. Ysabel dice

    26 de febrero de 2020 a las 9:56 am

    Buenos dias una consulta Miguel ¿puedo pagar el IA: Interés de Aplazamiento CA: Cuota de Acogimiento con la cuenta de detracciones?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de febrero de 2020 a las 10:57 am

      Es correcto.

  15. Marina dice

    21 de febrero de 2020 a las 4:15 pm

    Buenas tardes, si quiero fraccionar el monto de mi declaracion jurada persona natural por 5,000 soles en 10 cuotas cuanto es el interes que me cobrarian

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de febrero de 2020 a las 6:17 pm

      Cuando realizas el fraccionamiento el sistema te calcula el monto del interés.

  16. Christian Avila dice

    12 de febrero de 2020 a las 3:48 pm

    Buenas Miguel, tengo una duda, quiero pagar por adelantado 6 cuotas de mi fraccionamiento, ¿como debería de hacerlo ?.
    genero 6 formularios por los proximos 6 meses y pagarlos de un tiro en el banco o se tiene q llenar algun formulario especial para poder hacer eso.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2020 a las 1:37 pm

      Genera el NPS por la clave sol, y los pagas.

  17. Melidy dice

    2 de febrero de 2020 a las 2:36 pm

    Buenas tardes Miguel,
    una consulta si no se puede fraccionar tributos retenidos, por que luego indican el código 5315 ONP para pagar, si es un tributo retenido???
    graciasss

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de febrero de 2020 a las 9:39 am

      En los códigos de pago de fraccionamiento está tipificado el 5315 ONP, entiendo que debe ser fraccionar los intereses que se devengan del no pago del ONP.

  18. Karol dice

    11 de septiembre de 2019 a las 3:46 pm

    Buenas Tardes Miguel: Tengo la siguiente consulta,se puede acoger al fraccionamiento el pago una multa por declarar fuera de plazo la renta anual?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2019 a las 8:36 am

      Si es correcto, puedes fraccionar.

  19. Lucila dice

    31 de agosto de 2019 a las 1:41 pm

    Hola Miguel, comparto la opinión en lo que se refiere que tus publicaciones son acertadas a interrogantes que la misma instituciones saben explicar, Felicitaciones!!!… bueno mi consulta va por el tema de refinanciamiento de un aplazamiento. Se sigue el mismo procedimiento?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2019 a las 12:09 am

      Si es correcto, en el refinanciamiento tb puedes pedir aplazamiento.

  20. Eric Corpus dice

    20 de agosto de 2019 a las 9:37 am

    Hola Miguel, cuales son las excepciones donde no puedo acogerme a un fraccionamiento?

    Responder
  21. Emmanuel dice

    13 de agosto de 2019 a las 8:16 am

    Buenos días Miguel, puedo aplazar mi cuota por 2 meses y luego de que pasen los dos meses y no tener dinero pedir fraccionamiento?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de agosto de 2019 a las 9:10 am

      No se puede hacer eso, el aplazamiento esta dentro del fraccionamiento, si lo pierdes te quedaría la opción de refinanciamiento.

  22. karla dice

    12 de agosto de 2019 a las 9:18 am

    Hola Miguel, muchas gracias por tu aportes, tengo una consulta la cuota de acogimiento la voy a pagar con guía de pagos varios, el código tributario seria 8021 (tesoro) y como periodo consignaría 07/2019?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de agosto de 2019 a las 4:50 am

      Para que no te hagas problemas, ingresas con clave sol, colocas fraccionamiento y te sale la cuota de acogimiento, pones pagar y seleccionas NPS (el formulario se lleno solo). Posdata: aprendes que periodo le puso.

  23. Anderson Yacila dice

    20 de junio de 2019 a las 6:25 pm

    Hola Miguel, muy buena la ilustración e interpretación. Tengo una duda cuantos fraccionamientos se pueden solicitar y si existe algún limite dinerario al respecto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de junio de 2019 a las 8:29 pm

      No existe limite, pero si el monto es elevado, te pedirán carta fianza.

  24. Omar dice

    5 de junio de 2019 a las 12:35 pm

    Si he perdido mi fraccionamiento y re financiamiento. ¿puedo pedir otro?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de junio de 2019 a las 10:37 pm

      Ya no hay solución, solo pagar.

  25. Milagros Huaringa dice

    31 de mayo de 2019 a las 12:16 pm

    Muy bueno, la consulta: Se puede pagar una cuota de fraccionamiento con la cuenta de detracciones? De ser posible, se puede pagar a cuenta una parte y el saldo en una GPV?
    Gracias por contestar!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2019 a las 10:18 pm

      SI es correcto, lo puedes pagar con detracciones.

  26. Carlos Oropeza dice

    29 de mayo de 2019 a las 5:58 pm

    Felicitaciones por la ilustración a través de tus publicaciones y lo acertado de las absoluciones a las consultas. Mi pregunta es si las deudas por tributos tales como ISC, Es Salud y ONP, pueden fraccionarse, puesto que observo en el detalle de códigos de pago de fraccionamiento, publicas estos códigos, Gracias de antemano por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de mayo de 2019 a las 10:52 pm

      Si se pueden fraccionar dicho tributos.

  27. Sharom Lopez dice

    28 de mayo de 2019 a las 1:53 pm

    Miguel he ffraccionado una deuda de 50 mil soles en IGV de dos periodos vencidos , pero estan demorando un monton para responderme y tambien me dicen que ahora piden garantias a partir de 12UIT
    me puedes confirmar

    Responder
  28. Erika G. dice

    27 de mayo de 2019 a las 6:05 pm

    Buenas Tardes
    Miguel, como registro el pago del acogimiento al fraccionamiento, su asiento contable.
    Saludos y Gracias por tu ayuda.

    Responder
  29. Frank Tirado Estrellada dice

    24 de mayo de 2019 a las 5:12 pm

    Quiero fraccionar 60,000 Soles de IGV, pero mi ventas anuales superaron las 150 UIT, ¿Puedo fraccionarlo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de mayo de 2019 a las 12:03 pm

      Es correcto, puedes hacerlo.

  30. Johann dice

    7 de mayo de 2019 a las 1:04 pm

    hola miguel. una consulta perdi un fraccionamiento por motivo de no pagar dos cuotas y solo me quedaba 4 cuotas por pagar, ya llego la resolcion por perdida. por equivocacion pague por adelantado dos cuotas y ahora que se puede hacer si mi fraccionamiento esta perdido. ? reclamo para que me devuelvan el dinero?

    Responder
  31. Hector Nina dice

    7 de mayo de 2019 a las 9:00 am

    Hola Miguel, espero me puedas ayudar en una emp, los socios vendieron sus apor, y los nuevos socios que compraron se dieron cuenta que este tenia una deuda de cobranza coactiva el cual este ya se habia acogido al fracmto. y que habia realizado pagos, el cual como puedo yo saber en cuantas cuotas se acogieron, y saber el cronograma de pagos? agradecere mucha su ayuda Miguel. gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de mayo de 2019 a las 12:21 pm

      Mediante la clave sol, puedes obtener toda esa información.

  32. Evelyz dice

    30 de abril de 2019 a las 9:13 pm

    Hola, un requisito para presentar la solicitud de fraccionamiento es que la cuenta de detracciones no tenga saldo, si en la cuenta tengo 0.70 soles. Se considera que la cuenta está en cero?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2019 a las 8:42 pm

      Igual lo puedes presentar, luego en observaciones se coloca que el importe es menor a 1 sol.

  33. Oscar Suarez dice

    29 de abril de 2019 a las 11:50 am

    Ahora si entendi que el fraccionamiento del Impuesto a la Renta va en el codigo 8021.
    Gracias por aclarar cosas que SUNAT para variar no alcanza al contribuyente de a pie.
    Saludo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de abril de 2019 a las 6:31 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  34. Angel dice

    27 de abril de 2019 a las 11:33 am

    Buenos días. Gracias por la información brindada. Mi consulta es ¿Si no pago la cuota de acogimiento cuando realizo la solicitud de fraccionamiento, es motivo suficiente para que me nieguen dicho fraccionamiento?. Ojala puedas sacarme de esa duda. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2019 a las 2:41 pm

      Es correcto, sin el pago de la cuota, la solicitud sale denegado.

  35. Susan dice

    11 de abril de 2019 a las 4:57 pm

    Miguel! Mi deuda es S/1,010, y lo quiero Fraccionar en 10 cuotas, sin embargo cuando genero mi solicitud, me dice que el monto de la cuota no debe ser menor al 5% de la UIT ???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de abril de 2019 a las 10:36 pm

      Es correcto lo mencionado.

  36. Karol dice

    10 de abril de 2019 a las 3:14 pm

    Muy buen articulo Miguel, Una pregunta si la cuota de acogimiento es 0 porque al fraccionar es menos de los 12 meses y es menos de los 3 UIT, entonces donde se ve el cronograma para el pago de las cuotas,para empezar a pagar la primera cuota ??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 10:55 pm

      Cuando te aprueban el fraccionamiento te van a mandar tu cronograma, la cuota de acogimiento será la primera cuota.

  37. Elida dice

    10 de abril de 2019 a las 3:01 pm

    Hola Miguel, si quiero adelantar cuotas del fraccionamiento oh pgarlo todo, tendria que generar una guia de pago por cada mes oh puedo generar NPS por todas las cuotas a pagar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 10:56 pm

      Hazlo por el NPS desde la pagina de la SUNAT.

  38. Yadira dice

    10 de abril de 2019 a las 10:24 am

    Miguel por favor si hice aplazamiento con fraccionamiento a 4 meses, la cuota inicial que tengo que pagar cuando se paga y como.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 11:14 pm

      Lo pagas en la primera cuota, en el cronograma te va venir la fecha.

  39. Geyson dice

    3 de abril de 2019 a las 9:37 am

    Como puedo fraccionar un deuda que me figura como Periodo de la Deuda no Valida, y ya esta en cobranza existe algun camino para poder fraccionar ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2019 a las 9:17 pm

      No se puede, tendrías que pagarlo.

  40. Angel dice

    20 de febrero de 2019 a las 1:49 pm

    Buenas tardes Miguel, tengo un fraccionamiento, el cual ya estoy en mi última cuota. Pero Hay dos tipos de monto: MONTO CUOTA y MONTO SALDO; entonces para pagar pongo el importe de cuota, pero me dice que es mayor al saldo.
    Cual de los dos es el verdadero monto a pagar.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2019 a las 9:47 am

      Te recomendaría que compares el monto con tu cronograma de pagos (ahí detectaras el monto correcto).

  41. Edin dice

    19 de febrero de 2019 a las 6:34 pm

    Estimado miguel, buenas noches; puedo acoger a fraccionamiento la totalidad de la deuda, claro sabiendo que primero debo pagar la cuota de acogimiento y que la deuda este vencida.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2019 a las 10:14 am

      Si puedes hacerlo.

  42. César dice

    19 de febrero de 2019 a las 12:16 am

    Miguel, que tal. Perdí mi fraccionamiento Art. 36 CT por el no pago de 2 cuotas y fracción de cuota, no reclamaré, no tengo fundamentos; ya me llegó la resolución de pérdida, mi pregunta es si puedo solicitar un nuevo fraccionamiento pues ya tengo cómo pagar mis cuotas; ya pasaron 5 días hábiles de recibir la resolución de sunat de la pérdida del fraccionamiento.
    Gracias por todo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2019 a las 10:52 am

      Lo que tienes que hacer es solicitar el refinanciamiento.

  43. Alme dice

    30 de diciembre de 2018 a las 10:32 pm

    Hola miguel una consulta, a la fecha yo iba arrastrando una cuota de mi fraccionamiento pero la pagaba antes que se venza la otra, ahora esta ves por x motivos me olvide pagar una cuota y era la penultima y mañana 31 de diciembre se vence la ultima. Mi pregunta es si he perdido todo ? o puedo pagar mañana las 2 ? ya que aun mañana se vence la ultima, gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de enero de 2019 a las 9:58 am

      El fraccionamiento se pierde cuando no pagas dos cuotas.

  44. David dice

    20 de mayo de 2018 a las 9:30 pm

    Hola Miguel, 1 Para fraccionar un igv justo, tendría que esperar a que venza ¿correcto?, 2 pero también no se pueden acoger deudas cuyo vencimiento se produzca en el mes de presentación del la solicitud de fraccionamiento, en conclusión (creo) el igv justo de febrero 2018 solo se podrá acoger al fraccionamiento a partir del mes de Julio (estaria en lo correcto?, muchas gracias!)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de mayo de 2018 a las 4:12 pm

      Para fraccionar un IGV acogido al IGV justo debe vencer el plazo de los 3 meses.

  45. Cesar dice

    24 de abril de 2018 a las 7:43 pm

    Buenas Noches: En caso de no haber pagado la cuota de acogimiento a la presentación del Fracc. ¿Se puede pagar al día siguiente? , ¿Se puede generar otro NPS?.. Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de abril de 2018 a las 10:26 pm

      No, es el mismo día de la presentación.

  46. Pier Cedron dice

    22 de marzo de 2018 a las 11:42 pm

    Muy buen video
    Tengo una consulta,estoy declarando renta de 4a y 5a-2017 y en el consolidado tengo una deuda de 2500 soles, mi último dígito de ruc es 7 y la fecha para la declaración es el 4 de abril, tengo intención de hacer aplazamiento y fraccionamiento,lo puedo hacer ya o esperar hasta que se cumpla la fecha. Gracias x la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2018 a las 11:15 am

      Tienes que esperar que venza el tributo.

  47. Carlos Li dice

    22 de marzo de 2018 a las 2:50 pm

    Generé el pedido de fraccionamiento, pero el sistema no me ha generado la cuota de acogimiento (por una regularización de un impuesto a la renta de 4ta categoria de persona natural) ¿hay forma de pagarlo con un formulario de papel? ¿que código debo colocar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de marzo de 2018 a las 4:56 am

      Nunca lo he realizado de esa manera, ten en cuenta que solo se genera cuota de acogimiento cuando el plazo es mas de 12 meses.

  48. Hugo dice

    21 de febrero de 2018 a las 11:57 pm

    Muy Bueno Miguel.
    miguel una cobsulta, tengo impuesto por pagar de 5,970 soles, quiero dar de inicial 2500 soles y fraccionar el saldo. cual es el procedimiento.
    EN RENTA 2017 – RENTAS DE TRABAJO.
    GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de febrero de 2018 a las 10:08 am

      Primero haces el pago, luego esperas que venza y fraccionas la diferencia.

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