¿Cómo decidir el realizar un proceso de arbitraje?
Sin duda el arbitraje puede ser una herramienta muy óptima para solucionar una controversia porque nos evita tramontar todas las instancias judiciales, toda la duración que pueden tener estos y obtener una decisión un poco más rápida o tener una decisión que va a ser un poco más especializada, con la posibilidad de escoger a los árbitros.
Pero un aspecto muy importante es, al momento de decidir el tema del arbitraje, evaluar el tema de costos. Si realmente estamos ante un contrato que vale la pena, que por la importancia económica o por la complejidad del tema vale la pena llevarlo al arbitraje, hay que introducir una cláusula arbitral dentro de los contratos.
¿Cómo es el proceso?
Si surgiera una alguna controversia, con esa cláusula –que puede ser adaptada a circunstancias particulares del contrato- la parte interesada en resolver una controversia que no se puede resolver directamente va a pedir una solicitud de arbitraje.
Se pondrá en conocimiento la solicitud a la otra parte y se iniciarán los mecanismos del procedimiento del arbitraje, que implica designar a los árbitros, escuchar a las partes para recibir su caso, llevar un proceso de audiencias y reuniones para definirlo, y finalmente se dicta un fallo que se llama “laudo” que soluciona la controversia de forma definitiva.
¿En qué casos se decide aplicar un proceso de arbitraje?
Todos esos aspectos de que si uno ha cumplido o no un contrato, de acuerdo a lo que diga específicamente el contrato sobre temas de pago, de hacer determinadas prestaciones o ejecutar determinadas acciones, y la discusión sobre si se cumplió los términos establecidos en el contrato y eventualmente si es de tal importancia que una de las partes decida resolver el contrato, toda esa discusión finalmente se traslada a un tribunal arbitral.
En caso de una contratación comercial lo más usual es la falta de pago o de alguna de las obligaciones establecidas en el contrato.
¿Y en el caso de contratación pública?
Lo mismo sucede en el caso de contratación pública, la diferencia es que hay más o menos algunos temas identificados.
Lo más común son las ampliaciones de plazos con reconocimientos de gastos generales por una determinada obra. A veces hay problemas también porque se cuestionan los estudios técnicos que se han hecho previamente, también porque pueden surgir algunos cuestionamientos sobre adicionales de obras de los que están originalmente previstos en el contrato.
Todo esto lleva a una discusión sobre si se cumple o no con el contrato -con los plazos establecidos y dentro del cronograma- y si eventualmente esto termina en una penalidad que impone la institución pública al contratista.
Diario Gestión (12/08/2014)
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