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Inicio » Tributario » Comprobantes de Pago por dietas de directores

Comprobantes de Pago por dietas de directores

Publicado por Miguel Torres el 16 de mayo de 2022 2 comentarios

¿Qué comprobante de pago debe emitirse por el pago de dietas de directores?

Ninguno, debido a que el reglamento de comprobantes de pago exceptúa la obligación.

Lo antes mencionado esta sustentando en lo tipificado en el numeral 1.5 del artículo 7 del reglamento de comprobantes de pago que menciona:

Artículo 7º.- OPERACIONES POR LAS QUE SE EXCEPTÚA DE LA OBLIGACIÓN DE EMITIR Y/U OTORGAR COMPROBANTES DE PAGO

1.5 Los ingresos que se perciban por las funciones de directores de empresas, albaceas, síndicos, gestores de negocios, mandatarios y regidores de municipalidades y actividades similares, así como por los ingresos que provengan de la contraprestación por servicios prestados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1057 y norma modificatoria.

Por otra parte, aun cuando no exista comprobante de pago, es recomendable que las empresas puedan acreditar eso pagos con información complementaria.

  • ¿Es necesario acreditar las dietas al directorio?

Por lo tanto, los directores no se encuentran obligados a emitir un comprobante de pago por las dietas percibidas.

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2 comentarios

  1. ALDO JULIO RUEDA RIVAS dice

    16 de mayo de 2022 a las 12:09 pm

    Muy interesante y oportuno, bueno; como todas tus publicaciones, gracias Miguel!!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2022 a las 3:38 pm

      Muchas gracias 🙂

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