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Comunicación de las 6 últimas Remuneraciones del Trabajador

Publicado por Miguel Torres el 28 de abril de 2015 27 comentarios

Recuerden que las empresas tienen hasta el 30 de Abril para comunicar las 6 últimas remuneraciones de los trabajadores. Tener en cuenta que dicha comunicación no incluye el valor de gratificación.

También comentarles que el trabajador tiene plazo hasta el 30 de abril para comunicar a su empleador donde desea que le depositen su CTS (depositario), según lo mencionado el artículo 23 del Decreto Supremo 001-97-TR.

[youtube=https://www.youtube.com/watch?v=FatpHssLilY]

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27 comentarios

  1. Jossef dice

    18 de diciembre de 2017 a las 2:35 pm

    Hola una consulta, que hacer si olvide comunicar al banco las ultimas 4 remuneraciones?
    puedo hacerlo a destiempo, incurro en alguna multa?

    Responder
  2. Darwin Ramos dice

    16 de noviembre de 2017 a las 10:52 am

    Estimado Miguel sigue vigente la presentación informando las 4 ultimas remuneraciones?
    y si tengo un trabajador que tiene solo 2 meses le informo al banco por 2 meses o su sueldo lo multiplico por 4, para informar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2017 a las 12:49 am

      EL sueldo de octubre lo multiplicas por 4.

  3. Cristina Lagos dice

    19 de mayo de 2017 a las 4:34 pm

    Buenas tardes, tengo un trabajador que ingreso el 12/02/2017, tengo que informar su remuneracion ?? Cuantas remuneraciones minimas debe tener para informar?? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 2:23 am

      En ese caso aplica igual 4 remuneraciones.

  4. Vanessa dice

    29 de octubre de 2016 a las 12:38 pm

    Buenos días, la movilidad condicionada a asistencia al trabajo también se debe comunicar al banco multiplicada por 4? tendrás algún link o ley para leer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de octubre de 2016 a las 2:01 am

      La respuesta es No, solo comunica los conceptos que utilizas para calcular la CTS.

  5. Rosario dice

    11 de mayo de 2016 a las 10:42 am

    Hola Miguel Buen Dia
    Tengo 4 Trabajadores que ingresaron el 18/04/2016 también tengo que hacerles el depósito de CTS?
    Gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de mayo de 2016 a las 5:44 am

      No les corresponde deposito.

  6. Rosario dice

    29 de abril de 2016 a las 11:53 am

    Hola miguel buen día que ley me obliga comunicar al banco las 6 ultimas remuneraciones para excedente de cts, agradezco tu respuesta
    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de abril de 2016 a las 12:02 pm

      No son 6 remuneraciones, son 4 remuneraciones – La Ley 30334.

  7. Gustavo Hurtado dice

    30 de abril de 2015 a las 1:57 pm

    Buenas Tardes mi consulta es .

    Si no Presento la declaración de las 6 ultimas remuneraciones , estoy afecto a una multa leve,( Cuanto Equivale) pero igual se presenta o ya no ? solo esperar hasta el 15 de mayo para efectuar el pago de la CTS.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2015 a las 4:17 am

      Es correcto al presentar tu CTS ya estas informando tb la CTS. Te mando por correo la esquela de multa.

  8. Ana dice

    30 de abril de 2015 a las 11:51 am

    Como se hace la comunicación al banco?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2015 a las 4:24 am

      Hola Ana, se realiza mediante los formatos establecidos por cada depositario (entidad financiera donde depositas las CTS de tus trabajadores).

  9. Denisse Pingo dice

    30 de abril de 2015 a las 9:12 am

    Hola Miguel, buenos días.
    Mi consulta es: es cierto que hoy se vence para comunicar las 6 últimas remuneraciones de los trabajadores a las entidades donde se va a depositar las CTS, sin embargo eso es mediante carta firmada por el representante legal, en mi caso mi jefe no se encuentra en Perú y recién llega el lunes. La multa que es leve igual procede?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2015 a las 10:06 am

      Es correcto, no es pretexto que tu jefe no se encuentre en el país.

  10. karen quispe dice

    29 de abril de 2015 a las 12:49 am

    Se considera las bonificaciones por productividad? ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2015 a las 5:46 am

      Hola Karen, considera las remuneraciones que vas a utilizar para calcular la CTS.

  11. Mary dice

    28 de abril de 2015 a las 11:05 pm

    q hacer si no se pago cts de noviembre.. ?? puedo pagar todo el 15mayo???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2015 a las 5:43 am

      Hola Mary, si lo puedes hacer. Te recomiendo que lo diferencies un pago por la CTS Noviembre y otro por la CTS Mayo.

  12. Edwin Armando dice

    28 de abril de 2015 a las 10:49 pm

    Buenas noches Miguel, quisiera saber si existe algún inconveniente si la comunicación, es a la par con el deposito de CTS, por parte del empleador

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2015 a las 5:44 am

      Bueno la norma es clara , la comunicación tiene como fecha maxima el 30/04. Mientras que el deposito es hasta el 15/05. El primero tiene como sanción una multa leve.

  13. MARY dice

    28 de abril de 2015 a las 10:38 pm

    Buenas noches Miguel, de antemano agradecer tus publicaciones, excelente material que nos haces llegar dia a dia.tambien aprovechar para consultarte. vengo trabajando apartir de enero 2015 en una empresa privada con la RMV(750)la cual mi deposito seria por los 4 meses, se dice q mi empleador o la empresa tienen hasta el 30 de Abril para comunicar las 6 últimas remuneraciones de los trabajadores a la entidad financiera en la se va a ser mi deposito a un cuenta.esta comunicacion de las remuneraciones se hace a la hora de aperturar mi cuenta y solo estaria informando las unicos 4 meses q vengo laborando.
    gracias
    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2015 a las 5:41 am

      Es correcto en tu caso solo se informara las 4 remuneraciones percibidas.

  14. Manuel Rojo dice

    28 de abril de 2015 a las 12:24 pm

    Excelente las publicaciones y millones de gracias a Noticiero Contable .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de abril de 2015 a las 1:23 pm

      Muchas Gracias Manuel por el comentario 🙂

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