Para la liquidación de beneficios sociales, en lo que corresponde a vacaciones truncas, gratificaciones, ¿también le corresponde el 1/6 de la gratificación o solo es para el caso de la cts.?
Respuesta
El sexto de la gratificación se computa solo para el cálculo de la cts. Tener en cuenta que solo le corresponderá siempre y cuando lo haya percibido.
Por ejemplo un trabajador que ingresa el 01 de Enero del 2015, no le corresponderá que ingrese el 1/6 de gratificación para el calculo de CTS de Mayo 2015, ya que no lo ha percibido.
Si el trabajador ha laborado durante 10 años y diez meses , le corresponde sexto de liquidacion?
Depende del tipo de regimen laboral de la empresa.
Hola he leido casi todos los comentarios pero no me queda en claro cuando se considera el 1/6 de grtif para el calculo base de la cts trunca. Que dato se considera para saber si corresponde el sexto
La ultima gratificación pagada.
Si un trabajador si percibió gratificaciones en julio 2021 pero ceso el 30 de septiembre 2021 le corresponde 1/6 de la gratificación como cts truncos.
Si es correcto.
Una consulta me corresponde 1/6 de la gratificación fecha de inicio 01/07/2021 fecha de renuncia 30/09/2021, la empresa es mype.
No corresponde.
Estimado una consulta yo ingrese el 01/04/2021 y deje de laborar 07/08/2021
y mi gratificación me pagaron , en mi liquidación me corresponde 1/06 de gratificación si me pagaron. ((gratificación bruta + bonificación extraordinaria).
Es correcto.
Una consulta, quisiera pueda resolver mi duda, en caso tenga que provisionar la CTS mayo y junio al cierre del periodo. Debo o no considerar 1/6 gratificación ultima percibida (diciembre), mi inquietud esta que dicha gratificación ya fue considerada en la CTS ABRIL que comprendió de noviembre a abril.
Provisiona, lo que al final tendrás que depositar por CTS.
en el mes de abril se le aumento de 1500 a 1800 que monto debo tomar para el calculo de la cts tomando en cuenta que ingreso el 01/01/2021
Tomaras como base el sueldo S/ 1,800.
Si un empleado recibió su gratificación en diciembre del 2020, pero luego acabó su contrato ese mes y luego se reincorpora con otro contrato en marzo del 2021. Para el cálculo de la CTS de mayo del 2021 se le considera la 1/6 de la grati que recibió con su anterior contrato?
No se considera.
Entre a trabajar en marzo y me liquidan el 31 de diciembre, me corresponde en mi liquidación de CTS el 1/6 de gratificación completa o solo la proporción del 1/6 de grati por los 2 meses.
La CTS se calcularía con 1/6 de la gratificación completa.
Buenas noches, si yo ingrese a trabajar el 01/04/2021 y renuncie el 02/11/2021 para mi liquidación deben considerar 1/6 de gratifacion?
Si es correcto, la percibida en julio.
Estimado una consulta, tengo un trabajador en planilla que ha ingresado en 01/07/2020. ¿Para el calculo de la CTS le corresponde 1/6 de la gratificación? Gracias por su respuesta.
No le corresponde.
Para el calculo de la CTS uso el 1/6 de la gratificación bruta o el 1/6 de la gratificación neta (gratificación bruta + bonificación extraordinaria)
Solo la gratificación.
Una consulta por favor, cual es la norma que señala el 1/6 de la gratificacion como parte del calculo de la CTS?
Articulo 18 del DS 001-97-TR
En la CTS trunca, es correcto considerar el 1/6 de la gratificación trunca que se esta pagando en la misma liquidación?
No, es 1/6 de la gratificación que se percibió.
Fecha de ingreso: 02/01/2019 Fecha de cese: 15/11/2019 régimen regular ¿Se considera en mi cts trunca 1/6 de gratificación ?
Si es correcto.
Gracias por el aporte una duda … Si un trabajador ingreso el 01/06 y renuncia el 08/08 le corresponde el sexto de gratificación para su liquidación de CTS al renunciar.. Ya que se pago 200 soles por gratificación de fiestas patrias. Gracias
Es correcto, si corresponde, esta percibiendo el beneficio.
Por que 1/6 de la gratificación.
Porque es un ingreso que se percibe cada 6 meses.
Buenas noches, si un trabajador ingreso el 01 de enero y cesa el 02 de julio, le corresponde el 1/6 de gratificación para el calculo de CTS.
No le corresponde.
Tengo 3 años trabajando y renuncie en el 3 de abril 2019, en la cts de mi liquidacion no consideran 1/6 de la gratificacion que corresponde a la 01 nov 2018 y 03 abril 2019.
Me corresponde el sexto de la gratificacion de diciembre?
sueldo 1500 y gratificacion 750 MYPE
Si debería ingresar 1/6 de la gratificación percibida en diciembre 2018.
Si ingrese el 2 de mayo y estoy trabajando hasta el momento no me paga mayo.
Un trabajador recibió solo 4 meses de gratificación marzo a junio … en este caso seria el 1/6 o entre los 4 meses.. por favor siempre tuve esta duda.
Gracias
Es correcto, es 1/6 de lo que percibe.
Estimado, que pasa si tengo un trabajador que nunca se le pago nada durante 8 años y 2 meses y ahora que lo debo liquidar, para la CTS debo considerar el ultimo sueldo percibido y adicionarle uno o dos sextos de las ultimas gratificaciones que supuestamente debió percibir, xfa ayudeme como seria. gracias.
Lo calculas en base al ultimo sueldo.
La bonificación por concepto Essalud en la gratificación es computable para cts???
No es computable.
Una Consulta: Como se realiza el cálculo de vacaciones truncas para el PERSONAL CAS, de que importe se calcula. Gracias de antemano su respuesta.
buenos dias ,
mi consula es la siguiente tengo un obrero que se encuentra de vacaciones med de enero , y nos ha hecho llega una carta de renuncia con fecha 11 de enero estando dentro de su vacaciones con que fecha tendria que liquidarlo con la fecha de finalizado sus vacaciones o con la fecha que su carta. y fecha de ingreso fue 18/01/2012…
De la fecha que pone en su carta de renuncia.
Saludos. Mi duda es con respecto a las vacaciones truncas; sobre que sueldo se aplica la fòrmula: sobre el sueldo bruto o neto, y cuales son los descuentos que se aplican aquÌ. Agradeceria me explica el procedimiento para obtener este monto final. Gracias de antemano por su respuesta.
Se aplica sobre el sueldo bruto, y se descuentan los días faltas.
Una consulta: tengo 1 año 3 meses 25 dias mi contrato vencio el 15/12/2010 no he goazado vacaciones ni me las pagado como seria mi liquidación, si me han abonado mi cts y mi gratifiacacion de Diciembre, supuestamente cesaba para ingresar a otra razon social, al concluir mi contrato me dijeron que ya no ya tendria el nuevo contrato que debo hacer
En tu caso te liquidaran, si no saliste de vacaciones te pagaran tus vacaciones truncas por el tiempo laborado, al igual tu cts trunca, para el caso de gratificación ya no te corresponderá.
En el caso de los Contadores independientes, es decir los que no trabajan las 08 horas en la empresa, pero lleva la contabilidad de la misma, cuando termina la relacion contractual, que beneficios hay que pagarles /CTS, Vacaciones, gratificaciones, etc
En esa situación no hay relación laboral, ya que es mas una prestación de servicios. Por ende no hay beneficios laborables.
Si ingrese el 2 de mayo y estoy trabajando hasta el momento no me paga mayo.