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Muerte de un Trabajador ¿Qué pasa con la CTS?

Publicado por Miguel Torres el 27 de abril de 2023 20 comentarios

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¿Qué pasa con los beneficios laborales cuando ocurre la muerte de un trabajador?

En primer lugar, la muerte de un trabajador es un hecho lamentable para todos tanto para los familiares como para el empleador mismo.

Por otra parte, una causal del término del vínculo laboral entre empleador y trabajador es la muerte del trabajador.

Por lo tanto, la empresa deberá elaborar la liquidación de beneficios laborales.

Pero, ¿A quién se entrega la liquidación de beneficios laborales del trabajador fallecido? ¿Qué debe hacer la empresa?

Muerte de un Trabajador

Para responder las preguntas antes planteadas, debemos revisar el artículo 53 del Decreto Supremo Nº 001-97-TR, donde nos menciona los procedimientos que debe seguir el empleador.

En el presente video resumimos los pasos:

Paso Uno: Entregar la CTS TRUNCA al depositario.

  • ¿Quién es el depositario? Deposito CTS

Paso Dos: El depositario entrega el 50% de lo depositado + intereses a alguna cónyuge o conviviente.

Paso Tres: El depositario guarda el saldo restante a la lectura del testamento o declaratoria de herederos.

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20 comentarios

  1. Marisol dice

    2 de diciembre de 2024 a las 9:32 am

    Como se declara en el pdt?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de diciembre de 2024 a las 4:30 pm

      En el PDT Plame no se declara.

    • Marisol dice

      3 de diciembre de 2024 a las 6:02 pm

      POR QUE NO Y LOS DESCUENTOS Y APORTES QUE SE LE HACE?

    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2024 a las 3:10 am

      En el PDT PLAME declaras la liquidación y los días de trabajo del trabajador muerto.

  2. Esther dice

    13 de junio de 2021 a las 11:27 pm

    Buenas noches una consulta en el calculo de la liquidación de un trabajador fallecido se debe descontar el aporte ya sea de onp o afp en caso corresponda, y el empleador debe pagar essalud ??
    Agradezco de antemano su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2021 a las 1:42 am

      Es correcto, debes aplicar el descuento.

  3. Ivonne Castañeda dice

    20 de mayo de 2021 a las 10:21 am

    Hola Miguel,
    Gracias por la información.
    En cuanto al depositario de la CTS está claro.
    pero la liquidación de beneficios a quien se la entrega a algún familiar?
    gracias por tu respuesta.
    Saludos,
    Ivonne

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2021 a las 11:19 am

      Las buenas practicas dicen, a la persona que entregue la sucesión intestada.

  4. Raquel Lizarraga dice

    18 de mayo de 2021 a las 1:35 pm

    Excelente tema Miguelito , dado el tiempo que vivimos y es importante conocer este tema para ayuda si se presenta el caso
    tengo el caso de un trabajador que recién falleció es soltero vivía con sus padres ya ancianos y no se conocía hermanos ni se acercaron a ver como seguía de salud , a raíz de su muerte aparecieron 4 ellos. tienen beneficio de cobrar cts o solo sus padres
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2021 a las 10:51 am

      El depositario solicitara la sucesión intestada.

  5. Walter dice

    18 de mayo de 2021 a las 9:09 am

    Gracias por a información Miguel. Interesante todos los temas vinculados al manejo del negocio.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2021 a las 10:54 am

      Muchas gracias, bendiciones.

  6. Consuelo dice

    18 de mayo de 2021 a las 7:26 am

    Buen día Miguel, si el gerente fallece y un trabajador necesita su liquidación y certificado para jubilarse, estos documentos los puede firmar otro socio o el contador. Aún no nombran nuevo gerente por un tema de sucesión intestada del gerente fallecido. Muchas gracias,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2021 a las 10:55 am

      No se puede, salvo que el tercero tenga los poderes.

  7. Margarita dice

    13 de abril de 2019 a las 11:33 pm

    Gracias por la información, explicación sencilla de entender. Me gustan los artículos que publican. Felicitaciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 10:26 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  8. Fátima dice

    23 de enero de 2019 a las 2:15 pm

    Buenas Tardes Miguel, mi consulta es el 17.05.2021 falleció la fundadora de una colegio particular, cabe recalcar que estaba en planilla que se procede a realizar con su cts y planilla del mes de Enero, Gratificación ya que tenía contrato indeterminado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de enero de 2019 a las 7:55 pm

      Segun la norma de CTS, debes entregar al depositario el monto, el depositario se encargara de entregar los bienes.

  9. Ederly Almonte dice

    24 de abril de 2015 a las 11:16 am

    Disculpa que sucede si la empresa esta en la Remype y el trabajador cumplió un año de trabajo pero a los 15 días fallece, que tengo o que le correspondería pagar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de abril de 2015 a las 12:41 am

      Tienes que especificar la palabra “Remype”, ya que puede ser microempresa o pequeña. Depende el regimen pagaras los beneficios, en todo caso recuerda seguir el mismo procedimiento del video. (50% esposa o conviviente y el 50% a la declaratoria de herederos).

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