Si tienes pensado abrir un negocio puedes hacerlo como Persona Natural o como Persona Jurídica y debes elegir una de ellas. Ambas opciones tienen ventajas dependiendo de tu caso.
Cabe mencionar que, como Persona Natural se puede ejercer cualquier actividad económica, ser el conductor de tu propio negocio y el responsable por el mismo, y como Persona Jurídica no actúas tú a título personal, sino como una entidad, es decir, una empresa, que como tal tiene derechos y obligaciones, puede suscribir contratos y ser representada judicial y extrajudicialmente.
Una Persona Natural actúa a título personal, mientras que una Persona Jurídica actúa a través de sus representantes legales, por lo que, para abrir un negocio formal bajo cualquiera de estas dos formas, es necesario registrarse ante SUNAT.
PERSONA NATURAL
Es una persona que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Al constituir tu negocio como Persona Natural, asumes todas obligaciones. Esto significa que aceptas asumir la responsabilidad y garantizas con tu patrimonio y bienes el pago de las deudas u obligaciones que pudiera contraer la empresa.
Te conviene elegir Persona Natural cuando:
PERSONA JURÍDICA
Es una entidad conformada por una, dos o más personas que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de la empresa creada. Cuando abres un negocio como Persona Jurídica, es la empresa y no tú personalmente quien asume las obligaciones. Esto implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa están garantizadas y se limitan solo a los bienes que estén registrados a su nombre.
Te conviene elegir Persona Jurídica cuando:
Diario El Comercio 08.08.2022