Jurisprudencia Laboral

TRABAJADORES NO ESTÁN FACULTADOS A AUTORIZAR DESCUENTOS QUE SUPEREN EL 60% DE SU REMUNERACIÓN [EXP. Nº 02220-2019-PA/TC ICA]

El Tribunal Constitucional (“TC”) estableció que el empleador no debe efectuar descuentos sobre las remuneraciones cuando estas impliquen superar el porcentaje máximo permitido por el inciso 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil (aun cuando el trabajador hubiese brindado su autorización).

En el caso concreto, el TC concluyó que los descuentos autorizados por el trabajador para cancelar las cuotas de un préstamo de una Cooperativa de Ahorro y Crédito eran inconstitucionales, pues ponían en peligro de subsistencia al trabajador y a su familia al habérsele retenido hasta el 100% de su remuneración mensual.

LA PRESENTACIÓN DE UN RECLAMO SINDICAL NO CONSTITUYE PRUEBA DEL DESPIDO NULO [CASACIÓN LABORAL Nº 15136-2021 LIMA] 

La Corte Suprema precisó que el despido no tendrá carácter represivo cuando la queja o demanda en la que se sustenta la nulidad del despido haya sido presentada por la organización sindical a la que pertenece el demandante. En ese sentido, se declaró fundado el recurso de la empresa demandada tras verificar que la denuncia contra el empleador presentada ante la Autoridad Administrativa de Trabajo fue promovida por el sindicato y no por el trabajador despedido.

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