NEGLIGENCIA DEL TRABAJADOR REDUCE LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS [CASACIÓN LABORAL Nº 22536-2019 CAJAMARCA]
La Corte Suprema estableció que, cuando el trabajador afectado con una dolencia física contribuye en forma determinante en la producción de dicho evento con una conducta negligente o culposa, el juez debe reducir el monto del resarcimiento por los daños y perjuicios. El importe se fijará tomando en cuenta la gravedad e importancia de las consecuencias que se deriven de la conducta del trabajador.