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Inicio » Consultas » Deducciones en el ITAN

Deducciones en el ITAN

Publicado por Miguel Torres el 6 de junio de 20102 comentarios

Según LEY 28424 en su  art  6 inc  b) habla sobre deducciones de base imponible del  valor de la maquinarias y equipos que no tengan un antigüedad superior de tres años compre maquinaria vía leasing en el mes de mayo del 2009 al momento de su compra ya tenía un uso aproximadamente de 10 años  mi pregunta es : me correspondería hacer la deducción según el artículo mencionado de la ley 28424 de ser el caso se tomaría el año de fabricación o el año de la compra

Respuesta:

Para efecto de la deducción de las maquinarias y equipos que no tengan una antigüedad superior a los tres años, el plazo se computará de la siguiente forma:

a) Maquinarias y equipos adquiridos en el país: Desde la fecha del comprobante de pago que acredite la transferencia hecha por su fabricante.

b) Maquinarias y equipos importados: Desde la fecha de la declaración Jurada Única de Aduanas.

Temas: consulta, deducción, ITAN

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2 comentarios

  1. MARITZA dice

    22 de abril de 2020 a las 1:46 pm

    Hola Miguel, la pregunta ve si los activos adquiridos en leasing dentro de los 3 últimos años también se incluye en la deducción del Itan, no la contestas específicamente. Podrías comentar cuál es tu opinión al respecto’

    Accede para responder
  2. Suzein dice

    16 de abril de 2018 a las 5:10 pm

    Hola miguel, cuando dice maquinaria y equipo, se refiere a todo? o que es lo que no incluye.

    GRACIAS

    Accede para responder

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