El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) determinó los lineamientos que los empleadores deben tener en cuenta para trasladar a sus trabajadores y disponer el cambio de su centro de labores.
A criterio de la Dirección de Inspección del Trabajo, los trabajadores de una empresa no pueden ser trasladados a otros establecimientos de labores anexos de ésta para que presten sus servicios si estos locales están situados en conos opuestos a los centros donde laboran, que están cercanos a sus domicilios reales.
Concretar este cambio de centro de labores implicaría afectar el derecho al trabajo del personal que sea trasladado, porque a éste se le demandaría mayor disposición de tiempo para cumplir su labor con menos tiempo para su descanso, vida personal y familiar. Además, en este caso el trabajador tendría mayor gasto de dinero en pasajes con más desgaste físico y psíquico.
Libertad sindical
Esta dirección del MTPE especificó también que no puede efectuarse el cambio de centro de labores o traslado de trabajadores a un nuevo centro de trabajo de la misma empresa en un contexto de consolidación de la constitución de un sindicato al cual están afiliados los trabajadores afectados por el traslado.
Para dicha dependencia el propósito de toda empresa es posicionarse en el mercado y expandirse para obtener mayores beneficios a su favor, y solucionar cualquier inconveniente de la forma que le sea menos perjudicial. Pero el logro de este objetivo no puede transgredir los derechos fundamentales del trabajador.
Los lineamientos fueron establecidos mediante la Resolución Directoral N° 406-2013-MTPE/1/20.4.
De acuerdo al reciente informativo laboral de Miranda & Amado Abogados, el traslado del trabajador a otro centro de labores puede justificarse en las necesidades operativas de la empresa, como la inauguración de un nuevo local o para cubrir plazas vacantes producto de renuncias intempestivas.
Algunas recomendaciones
El laboralista Jorge Toyama recomienda a las empresas no abusar en el ejercicio de sus facultades, considerando que los traslados de personal a otro centro de labores son válidos si se realizan sin intención de perjudicar a alguien.
“La ley claramente le permite a la empresa trasladar trabajadores, cambiar procesos, siempre y cuando lo justifiquen”, detalló. En su opinión, el traslado de personal se justifica –por ejemplo– en caso de cambio de planta.
Diario El Peruano (02/10/2013)
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