La principal diferencia es la forma de cálculo de la depreciación, adicionalmente se rigen por normas distintas, mientras que la depreciación contable se rige por las NIC 16, la depreciación tributaria se rige por el artículo 22 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.
Depreciación Contable
El párrafo 50 de la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo:
El importe depreciable de un activo se distribuirá de forma sistemática a lo largo de su vida útil.
Depreciación Tributaria
En el artículo 22 del reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta se tipifican los porcentajes máximos para la depreciación.
Para el cálculo de la depreciación se aplicará las siguientes disposiciones:
BIENES | PORCENTAJE ANUAL DE DEPRECIACIÓN HASTA UN MÁXIMO DE |
---|---|
Ganado de trabajo y reproducción; redes de pesca. | 25% |
Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles); hornos en general. | 20% |
Maquinaria y equipo utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción; excepto muebles, enseres y equipo de oficinas. | 20% |
Equipos de procesamiento de datos. | 25% |
Maquinaria y equipo adquirido a partir del 01- 01-91 | 10% |
Otros bienes del activo fijo | 10% |
Caso Práctico Depreciación de Activo Fijo
La empresa Noticiero Contable SAC adquiere el 01 de enero del 2020 un vehículo por un importe de S/ 56,640 incluido IGV. Adicionalmente, la empresa utilizará este vehículo para el traslado de su personal de planta.
Por otra parte, se estima que la vida útil será de 3 años y se ha elegido el método de línea recta para la depreciación. No se estima un valor residual.
Depreciación Contable de los Activos Fijos
En primer lugar, la empresa estima una vida útil de 3 años.
Valor Activo Fijo: S/ 56,640 / 1.18 = S/ 48,000
Luego, calculamos la depreciación con el método de línea recta:
Depreciación Anual: (48,000 – 0 ) /3 = S/ 16,000
CUENTA | DEBE | HABER | |
---|---|---|---|
68 | VALUACIÓN Y DETERIORO DE ACTIVOS Y PROVISIONES | S/ 16,000 | |
684 DEPRECIACIÓN DE PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO | |||
6841 DEPRECIACIÓN DE PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO – COSTO | |||
68413 UNIDADES DE TRANSPORTE | |||
39 | DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN ACUMULADOS | S/ 16,000 | |
395 DEPRECIACIÓN ACUMULADA DE PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO | |||
3952 DEPRECIACIÓN ACUMULADA – COSTO | |||
39525 UNIDADES DE TRANSPORTE | |||
X/X POR EL RECONOCIMIENTO DE LA DEPRECIACIÓN DEL ACTIVO FIJO. |
Depreciación Tributaria de Activo Fijo
Por otra parte, la depreciación tributaria se rige por el inciso b) del artículo 22 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.
Para este ejemplo, la tasa máxima anual de depreciación de los vehículos es del 20%.
Depreciación Anual: S/ 48,000 x 20% = S/ 9,600
Adición Tributaria
- Depreciación Contable: S/ 16,000
- Depreciación Tributaria (máxima): S/ 9,600
Exceso: S/ 6,400 (Adicionar en la Declaración Anual)
Calculamos el Impuesto a la Renta Diferida:
IR Diferida: 6,400 x 29.5% = 1,888
CUENTA | DEBE | HABER | |
---|---|---|---|
37 | ACTIVO DIFERIDO | S/ 1,888 | |
371 IMPUESTO A LA RENTA DIFERIDO | |||
3712 IMPUESTO A LA RENTA DIFERIDO – RESULTADOS | |||
88 | IMPUESTO A LA RENTA | S/ 1,888 | |
882 IMPUESTO A LAS GANANCIAS – DIFERIDO | |||
X/X POR EL RECONOCIMIENTO DEL IMPUESTO A LA RENTA DIFERIDO. |
Ley que establece Regímenes Especiales de Depreciación
Mediante la Ley Nº 31652 se establece, de manera excepcional y temporal, regímenes especiales de depreciación para que los contribuyentes del régimen general del impuesto a la renta y del régimen MYPE tributario puedan depreciar aceleradamente determinados bienes, con la finalidad de promover la inversión privada y otorgar mayor liquidez en la actual coyuntura económica.
Patricia dice
excelente muy buena informacion
Carlos García dice
Compré un vehiculo el 06/01/2022 se activó y se empezó a usar el 08/01/2022, la depreciación por el mes de enero se hace completo (todo el mes) o solo a partir de su uso que sería 24 días por enero.
Gracias por tu respuesta.
maria dice
se realiza los dos asientos o cualquiera de los 2
Blanca Guardia dice
Muy buen articulo, mil gracias
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
César dice
Cuál es la tasa de depreciación de Edificios y otras construcciones?
Miguel Torres dice
Es 5% o revisa el Decreto Legislativo Nº 1488 si aplicas.
Noé Francisco dice
Entonces siempre va primar la tributaria por que veo que se añade las adiciones es correcto??
Miguel Torres dice
Siempre la tasa tributaria será la maxima a utilizar.
Nanci Chavez Fernández dice
Excelente artículo, muchas gracias.
Un favor quisiera que publiques un ejemplo práctico de cursos de capacitación al personal de la empresa; aplicación contable y tributaria, así como también gastos de publicidad (obsequio polos, llaveros, gorros, etc)
Miguel Torres dice
Gracias por la recomendación.