El proyecto de ley de promoción de la eficiencia y transparencia en los clubes deportivos aprobado por el Consejo de Ministros y remitido recientemente al Parlamento Nacional es saludable porque fomentará el desarrollo de las actividades deportivas en el país.
Así lo sostuvo el abogado tributarista Jorge Bravo Cucci, quien agregó que la referida iniciativa constituye una medida integral para poner fin a diversos problemas que afectan a los clubes deportivos profesionales. En efecto, ante la crisis en que se encuentra el deporte profesional en el país, en especial el fútbol, el Ejecutivo propuso mejorar la regulación de determinados aspectos del deporte profesional que permitan generar fuentes de inversión privada, como fomentar en el sistema deportivo nacional la constitución de organizaciones deportivas sobre la base de las formas societarias reguladas en la Ley General de Sociedades.
Mecanismos propuestos
En este escenario, se plantean tres nuevos mecanismos para canalizar la inversión privada en este ámbito. El primero, permitir en nuestro sistema deportivo nacional la constitución de clubes deportivos profesionales bajo las formas societarias reguladas en la Ley General de Sociedades; luego, mantenerse como asociaciones, pero celebrar un contrato de gerencia con una sociedad previamente seleccionada por el IPD para la administración de un fondo del deporte profesional que será patrimonio autónomo de la asociación, destinado a una actividad deportiva específica y con administración independiente.
El tercero y último, celebrar un contrato de concesión privada con una sociedad concesionaria previamente seleccionada por el IPD.
Mientras que las instituciones deportivas nuevas, necesariamente, deberán adoptar la forma de sociedad, explicó el tributarista, quien es, además, jefe del área tributaria de Rosselló Abogados.
Plantean alternativas frente a deudas tributarias
En cuanto a los clubes que tengan deudas tributarias, se regulan cinco propuestas. La primera, acogerse a un fraccionamiento tributario especial por los tributos recaudados y administrados por la Sunat, incluidos los retenidos o percibidos por deudas exigibles hasta el 31 de julio pasado, siempre que opten por transformarse en sociedades anónimas o manteniéndose como asociaciones, celebren un contrato de gerencia para la administración del Fondo del Deporte Profesional.
Luego, el acogimiento al fraccionamiento especial extingue automáticamente las multas e intereses moratorios; y, tercero, la posibilidad de pagar la deuda hasta en 20 años con una tasa anual de 15%, exigiéndose el abono de una cuota inicial del 0.5% de la deuda fraccionada. También se otorga un plazo de seis meses desde la publicación de la ley para que los clubes opten por transformarse o celebrar el contrato de gerencia, plazo durante el cual la Sunat suspenderá la ejecución de los procedimientos coactivos.
“Ello no implicará el levantamiento de las medidas cautelares ni los embargos en forma de retención”, aclara el tributarista Jorge Bravo Cucci. Por último, si se produjera un incumplimiento en el pago del fraccionamiento por más de dos cuotas, la Sunat se encontrará facultada a exigir inmediatamente el pago de la totalidad de las cuotas pendientes de pago, sin que ello suponga la pérdida de los beneficios por el acogimiento a esta ley.
Diario Oficial El Peruano (06.11.2009), Sección Derecho, Pág. 14
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