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Ejecutivo se excedió al legislar sobre elusión tributaria, advierten expertos

Publicado por Miguel Torres el 10 de agosto de 2012 1 comentario

El sector privado sugiere al Congreso que rectifique la plana al Gobierno y deje sin efecto el D.L. 1121 porque genera inseguridad jurídica

Cuando el Congreso de la República le delegó facultades legislativas al Ejecutivo, estableció un marco de acción en el cual se establecía que no debían dictar medidas que generen inseguridad jurídica o desestabilicen el sistema. Sin embargo, según Silvia Cachay, del estudio Payet Rey Cauvi, el Estado no habría cumplido esta recomendación al momento de promulgar el mes pasado el Decreto Legislativo N° 1121 porque en él se incluye una norma contra la elusión que genera inseguridad jurídica.

Silvia Cachay explicó que la citada norma, incorporada al Código Tributario, no incluye una definición de “elusión” y establece que será la Sunat la encargada, a su discreción, de determinar cuando hay elusión (se evita pagar impuestos sin violar ninguna ley) y podrá, como parte de sus labores de supervisión, establecer qué accionar de cada una de las empresas es “artificioso” y merece ser grabado con impuestos.

“El problema de esta norma es que te lleva a una inseguridad jurídica, porque no se sabe ni se tiene claro qué puede pasar. Y si, al darle tanto poder a la Sunat, se genera esa inseguridad entonces se está yendo contra la delegación de facultades. Cuando el Congreso le delegó al Ejecutivo funciones le dijo hazlo dentro de un marco de seguridad jurídica”, remarcó.

En estos momentos, añadió Jorge Bravo Cucci, del estudio Rosselló, no se tiene certeza de en qué sentido interpretará la Sunat la palabra elusión. “Todo parece apuntar a que lo hará en un sentido amplio, abarcando en general cualquier planeamiento tributario. Lo que no tomó en cuenta el Ejecutivo al incorporar esa norma, es que en el Perú existe la obligación de contribuir, pero no existe el deber de elegir la alternativa de negocios que genere una mayor obligación tributaria”, acotó.

¿Qué les queda hacer entonces a las empresas? Bravo Cucci afirmó que la única solución en circunstancias como estas, y mientras no haya una definición de la interpretación que tendrá la Sunat si se dicta alguna otra nueva norma, es no hacer ni implementar planeamientos tributarios. “Esta norma antielusiva genera una gran inseguridad jurídica”, resaltó.

Combatir la elusión es algo correcto y los bufetes estamos de acuerdo con ello, aclaró Silvia Cachay, pero debe ser a través de normas precisas en donde se establezcan claramente las reglas a las que nos debemos atener, no dejando los conceptos abiertos a la libre interpretación. “La norma o la arregla el Ejecutivo o habrá que abrir algún proceso para cambiarla. En este campo los congresistas pueden decir que es inconstitucional porque estás yendo contra la seguridad jurídica que se le pidió al Ejecutivo respetar y pedir su anulación. Ese es el camino”, añadió.

Reglas Duras, Pero Claras

Tal como advirtió en este Diario (8.8.2012) Humberto Medrano, socio del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados, la norma antielusiva debió ser tan clara como lo es la también reciente modificación de la Ley del Impuesto a la Renta, en donde se establecen varios casos en los que antes no se pagaba impuestos y ahora sí lo harán. En dicha norma, explicó, el pago no depende del criterio subjetivo del revisor, sino que está especificado en la norma.

Coincidió con esta apreciación Silvia Cachay, quien detalló que uno puede estar en desacuerdo con la medida, pero no le quedan dudas de cómo será aplicada. Por ejemplo, citó el D.L. 1120 que establece que los pequeños inversionistas paguen tributos cuando venden acciones porque las ganancias de capital ya no están exoneradas del Impuesto a la Renta. Asimismo, se establece que los bienes inmobiliarios heredados o regalados, al venderlos, deben pagar impuesto por el valor total, y ya no solo por la diferencia entre el costo de adquisición y el de venta. “Las prohibiciones expresas pueden no gustar, pero son claras y se cumplen sin vacilar”, recalcó.

Diario El Comercio (10.08.2012)

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Etiquetado como: empresas, gradualidad, impuesto, Sunat

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1 comentarios

  1. Marlon Gerald Ayquipa Huayta dice

    15 de agosto de 2012 a las 3:54 am

    la elusion (pagar menos impuesto legalmente) es trabajo de los contadores. No se puede esperar que los contadores esten de lado de la SUNAT haciendo que su empresa pague mas impuestos.Si no de donde sale su sueldo.El no hace ganar dinero a la empresa , por tanto tiene que hacerla ahorrar.

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