“Se confirma la Resolución apelada al haberse verificado que la Administración al Emitir Dicha Resolución ha Dado Cumplimiento a lo ordenado mediante Resolución del Tribunal Fiscal N ° 01688 – 1-2005. Se indica que si bien en el articulo 3 ° de la Resolución apelada existe un error material al Consignar que la Resolución de multa Corresponde al Impuesto General a las Ventas período abril de 2003, de la lectura integral de la Resolución Así como de su Anexo 01 se aprecia que la referida Resolución de multa Corresponde a la Infracción prevista en el numeral 1 del artículo 178 ° del Código Tributario, al respecto Impuesto a la Renta del ejercicio 2000, por lo que no se agravia al recurrente, no obstante, dicho advertirse al el material de error proceder corregir el mismo en la presente Resolución “.
Resolución del Tribunal Fiscal N º 03449-1-2006
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