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Inicio » Comprobantes Electrónicos » Obligación de emitir Comprobantes Electrónicos 2018

Obligación de emitir Comprobantes Electrónicos 2018

Publicado por Miguel Torres el 28 de junio de 2017 159 comentarios

A partir del 2018 las empresas deberán emitir comprobantes electrónicos en forma obligatoria, su implementación será progresivamente.

Mediante la Resolución de Superintendencia 155-2017/Sunat, se designan nuevos emisores electrónicos a partir del año 2018 y en adelante.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Emisores Electrónicos 2018
    • Empresas Exportadores
    • Empresas Mypes
    • Empresas Nuevas
  • Emitir Comprobantes Electrónicos
  • Obligados emitir Facturas Electrónicas 2018
    • Empresa Exportadora 2017
    • Empresa Mype 2017
    • Empresa Nueva 2018
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    • Artículos Relacionados:

Emisores Electrónicos 2018

El articulo 2 de la Resolución Superintendencia 155-2017 establece tres grupos de contribuyentes que deberán emitir comprobantes electrónicos a partir 2018.

Empresas Exportadores

Las empresas que, a partir del 2017 realicen exportaciones anuales mayores o iguales a 75 UIT (UIT del año de evaluación).

Por otra parte, para verificar el límite de los ingresos se tomará en cuenta la casilla 127 del PDT 621.

ingresos exportaciones

La obligación operara a partir del 01 de noviembre del año siguiente a aquel en que superan el límite.

Empresas Mypes

Los contribuyentes que, a partir del año 2017, obtengan ingresos iguales o mayores a 150 UIT (UIT del año de evaluación).

Para verificar el límite de ingresos se debe tomar en cuenta las casillas del PDT 621.

La obligación operara a partir del 01 de noviembre del año siguiente en el cual se supera el límite.

Empresas Nuevas

Los contribuyentes que saquen su número de RUC a partir del año 2018 y que al primer día calendario del tercer mes siguiente al mes de su inscripción:

  • Se hayan acogido al Régimen Mype Tributario, Régimen Especial Renta o Régimen General, con la ocasión de la presentación de la declaración mensual correspondiente al mes de inicio de actividades, o
  • Haya comunicado en el rubro tributos afectos, que optan por algún régimen tributario referido (RMT, RER o RG).

La obligación opera desde el primer día calendario del tercer mes siguiente al mes de su inscripción en el RUC.

emitir Comprobantes Electronicos

Emitir Comprobantes Electrónicos

Los contribuyentes antes mencionados estarán obligados a emitir los siguientes comprobantes en formato electrónico:

  • Facturas electrónica
  • Boletas de venta electrónica
  • Notas de crédito electrónica
  • Notas de débito electrónica

Obligados emitir Facturas Electrónicas 2018

Veamos algunos ejemplos de aplicación de la norma antes mencionada.

Empresa Exportadora 2017

La empresa ABC SAC, cierra el ejercicio 2017 con ingresos superiores a 550,000 soles, nos consulta desde ¿Cuándo estará obligada a emitir comprobantes electrónicos?

En primer lugar, la empresa ABC SAC debe superar las 75 UIT en ingresos provenientes de la exportación casilla 127 del PDT 621. Se tomara en cuenta la UIT del ejercicio 2017.

la empresa ABC SAC estará obligada a emitir comprobantes electrónicos desde el 01 de noviembre de 2018.

Empresa Mype 2017

La empresa DEF SAC, cierra el ejercicio con ingresos superiores a 1 millón soles, nos consulta desde ¿Cuándo estará obligada a emitir comprobantes electrónicos?

Si la empresa ha superado las 150 UIT en el ejercicio 2017 (UIT del ejercicio 2017).

Por lo tanto, estará obligada a emitir comprobantes electrónicos desde el 01 de noviembre de 2018.

Empresa Nueva 2018

La empresa GHI SAC, inicia actividades el 01 de abril de 2018, acogiéndose al RMT, nos consulta ¿Desde cuándo estará obligada a emitir comprobantes electrónicos?

En consecuencia, la obligación de emitir comprobantes electrónicos será desde 01 de Julio de 2018.

Descargar los anexos de la Resolución Superintendencia 155-2017 en excel >> descargar aquí <<

Conclusión

  1. Por lo tanto, partir del 2018 las empresas deberán implementar el uso de comprobantes de pago electrónicos.

Recomendación

  1. Si deseas saber mucho más sobre Comprobantes de Pago Electrónico – Facturador – PEI SUNAT, invitarlos para el Domingo 15 de Enero al taller full práctico (cada alumno con su computadora) donde veremos como se emite una factura electrónica, obligaciones, almacenamiento, reportes, etc, más información del taller aquí.

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159 comentarios

  1. Ana dice

    10 de marzo de 2020 a las 1:47 pm

    Hola Miguel. Una persona natural sacó su ruc en el 2006, dio de baja en el 2009 y reactivó su ruc este enero del 2020. Cuando estaría obligado a la emisión de facturación electrónica?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2020 a las 4:41 am

      En marzo 2020.

  2. Nataly dice

    25 de febrero de 2020 a las 12:36 pm

    Resultados de buscar: Hola, que pasa si reinicio mis actividades y estoy en el RER también estoy obligada a facturar electrónico? o pueden ser físicas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de febrero de 2020 a las 10:37 am

      Es correcto.

  3. Cristian dice

    31 de enero de 2020 a las 7:03 pm

    Que sucede si un emisor me da un a factura fisica y cuando me doy cuenta que esta obligado a emitir comprobante electronico no me quiere ca,mbiar la factura.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de febrero de 2020 a las 10:18 am

      Puedes hacer formal tu reclamo con una carta notarial o hacer tu denuncia en SUNAT mediante un escrito en mesa partes o web de SUNAT.

  4. Luz Flores dice

    26 de agosto de 2019 a las 1:02 pm

    Buenos Dias Miguel ; en el caso que un contribuyente haya recibido una esquela fisica y por correo electrónico donde hacen recordar que debe emitir sus cpe la actividad es de ferretería ingresos del 2018 y 2017 no superan los 150 UIT he consultado el padrón de obligados y sale NO SE ENCONTRÓ RESULTADO hago caso omiso por favor agradezco tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2019 a las 4:49 am

      Revisa todas las causales de obligación de CPE, para que estes completamente segura.

  5. Nancy dice

    11 de julio de 2019 a las 12:52 pm

    Buen día miguel, una consulta hay un nuevo contribuyente que se a acogido al nuevo rus en el mes de enero 2019 y en el mes de julio se cambia al régimen general, mi duda es si tiene que emitir comprobantes electrónicos o tiene que emitir comprobantes en físicos. agradeceré su apoyo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de julio de 2019 a las 10:17 pm

      Puede seguir físico, salvo que cumpla otra causal para emitir CPE.

  6. Gregorio Ricaldi Astuhuaman dice

    20 de mayo de 2019 a las 12:18 pm

    Gracias por su orientación. Mi ciudad esta a 4,105 msnm: Un transportista de carga sus vtas mensuales es S/. 6,000.00 es MYPE Tributario, inicio el 6 Dic 2018, obligado Fact, B/V desde 1º Marzo 2019, Domicilio Fiscal en un Caserio del Distrito de Ulcumayo Junin. Como reclamo a SUNAT para emitir en forma fisica?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2019 a las 9:33 pm

      Le recomiendo leer la RS 254-2018, existe una lista de lugares en el PERU que pueden emitir comprobantes fisicos por estar situados en lugares de baja o nula conexión de internet.

  7. Samy dice

    3 de abril de 2019 a las 9:53 am

    Quería saber si una persona natural puede registrarse como exportador de servicios en la sunat ya que soy freelance y ofrezco servicios de forma independiente no tengo una empresa registrada podría registrarme como exportador de servicios de mis servicios web…gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2019 a las 9:17 pm

      Si lo puedes hacer como cuarta categoría.

  8. Jhony dice

    18 de enero de 2019 a las 8:31 pm

    Miguel un gusto saludarte, consulta: Saque mi RUC en enero 2018, para renta de cuarta categoría, en setiembre me cambio al regimen empresarial MYPE, a partir de diciembre debí emitir de manera electrónica, o desde setiembre.
    a tu pronta respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de enero de 2019 a las 1:35 am

      En diciembre ya debes emitir comprobantes de pago electrónicos.

  9. Juan Mendoza dice

    16 de julio de 2018 a las 10:24 am

    Hola Miguel, estoy obligado a emitir facturas electrónicas a partir de agosto. Que hago con mis comprobantes físicos que me quedan ahora.
    debo dar de baja o seguir utilizando en caso de una contingencia. gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2018 a las 9:09 am

      Pues utilizarlo todavía hasta el 30/08.

  10. jose luis dice

    5 de julio de 2018 a las 4:31 pm

    hola Miguel gracias por tu valioso aporte ,quiero saber que pasa con los comprobantes físicos sin usar que me han sobrado, les daré de baja o es que allí nomas queda ,sabiendo que ya estoy obligado a emitir CP electrónicos apartir del 01/07/2018

    Responder
  11. Diana dice

    4 de julio de 2018 a las 11:34 am

    Buenos días. Si una empresa exporta (numeral 5 del setimo párrafo del Art.33 LIGV),desde el 2012 y supera las 75 Uits cada año. Desde cuando esta obligado a emitir comprobante electrónicos: mayo 2018, agosto 2018 o noviembre 2018?. Gracias por la respuesta.

    Responder
  12. Paty dice

    26 de abril de 2018 a las 8:55 am

    Buenos días,

    Una consulta, si opté por emitir voluntariamente Facturas electrónicas, debo declarar mis libros de forma electrónica? ( PLE)
    o puedo imprimir igual en hojas sueltas?
    Soy Mype y no supero los límites.
    En compras no he tenido movimientos aún, en ese caso los 3 libros tendrian que ser declarados como PLE? o es independiente uno del otro?

    Slds.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2018 a las 11:51 pm

      No necesariamente, puedes llevarlo en hojas sueltas.

  13. Gisela dice

    24 de abril de 2018 a las 11:37 am

    Estimado Miguel una consulta si mi empresa saco su ruc en diciembre 2017, pero el inicio de actividades recién esta registrado en enero 2018, estamos obligados a emitir comprobantes electrónicos y desde cuando?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2018 a las 12:06 pm

      No estas obligado. Salvo cumplas otros requisitos.

  14. Harlin dice

    12 de abril de 2018 a las 12:05 pm

    si la sunat me asigno que debo emitir facturas electrónicas, pero no supero el limite de UIT permitidas, estoy obligado a emitirlas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2018 a las 12:33 pm

      Es correcto, algunas obligaciones no tienen nada que ver como los ingresos, algunos son por los servicios prestados.

  15. Jorge Rosas dice

    12 de abril de 2018 a las 10:36 am

    Buen dia Miguel acabo de reactivar mi ruc en marzo 2018 (le di de baja de inscripción en febrero 2017).. mi pregunta es debo emitir electrónicamente mis comprobantes de pago?…Gracias

    Responder
  16. Daniel dice

    6 de abril de 2018 a las 5:21 pm

    Hola, se ha constituido una empresa el 18/01/2018 y acogido al RER, de acuerdo a la RS estaría obligado a emitir electrónicamente en abril 2018, el tema es que está ubicado en zona de selva donde el internet es pobre en señal casi no hay conectividad, en esos casos todavía sirven los formatos físicos??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2018 a las 8:06 am

      La norma indica que antes causas no imputables para el contribuyente puede usar el PEI. Para tu caso podrías utilizar la opción falta de conexión de internet.

  17. Nathali dice

    6 de abril de 2018 a las 5:18 pm

    Buenas tardes Miguel torres, muchas gracias por la información compartida, mi consulta es, si yo saque mi ruc en el año 2016 en el régimen del RUS y el 2018 amplio mi actividad y activo el régimen mype tributario estoy obligada desde el primer día hábil del tercer mes a emitir comprobantes electrónicos? gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2018 a las 8:05 am

      No estas obligada.

  18. Luz dice

    3 de abril de 2018 a las 11:21 am

    Hola Miguel

    Somos una empresa de transporte de carga y a partir del mes de mayo estamos obligados a emitir comprobantes electrónicos, mi consulta es si también debería emitir mis guías electrónicas
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2018 a las 3:50 pm

      No, las guías puedes ser emitidas en formato físico.

  19. juancito dice

    19 de marzo de 2018 a las 10:51 am

    amigo las guias de remisión también se pueden hacer de modo electrónico saludos

    Responder
  20. Sevilla dice

    6 de marzo de 2018 a las 9:38 pm

    Hola, una consulta si una empresa tiene inicio de operaciones el 10/02/2018, se visualiza en consulta RUC, estaría obligado a emitir facturación electrónica, aun no ha emitido ningún comprobante, pues ha tenido movimiento alguno tampoco tiene los de los talonarios físicos.

    Responder
    • cesar dice

      18 de marzo de 2018 a las 8:05 pm

      ya bueno estarias obligado a emitir facturacion electronica apartir de junio 2018 . saludos

  21. Sevilla dice

    6 de marzo de 2018 a las 9:38 pm

    Hola, una consulta si una empresa tiene inicio de operaciones el 9/02/2018, se visualiza en consulta RUC, estaría obligado a emitir facturación electrónica, aun no ha emitido ningún comprobante, pues ha tenido movimiento alguno tampoco tiene los de los talonarios físicos.

    Responder
  22. Silvia dice

    6 de marzo de 2018 a las 9:37 pm

    Hola, una consulta si una empresa tiene inicio de operaciones el 9/02/2018, se visualiza en consulta RUC, estaría obligado a emitir facturación electrónica, aun no ha emitido ningún comprobante, pues ha tenido movimiento alguno tampoco tiene los de los talonarios físicos.

    Responder
  23. Ana dice

    28 de febrero de 2018 a las 7:55 am

    Hola.yo. saque mi ruc en diciembre del año pasado como persona natural. Tengo obligacion a emitir factura electrinica?? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2018 a las 8:02 pm

      No tienes la obligación.

  24. Jenny dice

    13 de febrero de 2018 a las 6:41 pm

    Gracias por el aporte, una consulta un contribuyente q está obligado a facturas electrónicas desde 01/92/2018 ha seguido emitiendo las impresas pero se a estado enviando por el PEI se le reconocerá el gasto a los clientes o q se tiene q hacer. Agradezco tu respuesta anticipadamente

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de febrero de 2018 a las 7:47 pm

      Lo que tienen que hacer es cambiar de proveedor, para que me voy a arriesgar. El uso del PEI solo es valido por causas no imputables al contribuyente (OJO), no es por cualquier tema.

  25. Heidy Magdalena Vara Centeno dice

    12 de febrero de 2018 a las 7:11 pm

    Gracias por enviarnos la resolución de SUNAT nos ayuda por el tema de las facturas de compras si son electrónicas o no desde enero del 2018

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de febrero de 2018 a las 12:27 pm

      Muchas gracias, que tengas una super semana.

  26. Juan Carlos dice

    9 de febrero de 2018 a las 10:43 am

    Hola miguel, me he afiliado el 3 de enero del 2018 al régimen mype como persona natural con negocio, actividad de servicios profesionales de ingeniería, estoy obligado a emitir comprobantes de pago electrónicos… gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de febrero de 2018 a las 12:40 pm

      Si tu RUC lo obtuviste en el 2018, si estas obligado.

  27. Katherine HP dice

    7 de febrero de 2018 a las 5:16 pm

    Buenas tardes Miguel
    Una pregunta, en el caso de la R.S. 020-2018/SUNAT que modifica a la R.S 155-2017; ¿Está dejando sin efecto la anterior obligación de emitir facturas electrónicas en caso de en el 2017 realizar exportaciones anuales por un
    monto igual o mayor a 75 UIT?
    No logró entenderlo bien.
    Gracias de Antemano por tu atención

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de febrero de 2018 a las 5:20 pm

      Si es por el tema de exportadores de servicios y los requisitos para gozar de dicho servicio.

  28. Amelia Vicente dice

    24 de enero de 2018 a las 11:17 am

    Hola Miguel
    Habra otra fecha para el tema de facturación electrónica, de antemano agradezco tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de febrero de 2018 a las 2:58 pm

      Para el domingo tenemos programado el curso.

  29. Paul Zegarra dice

    24 de enero de 2018 a las 10:46 am

    Miguel, buen día, Estoy en el régimen especial , sin embargo en noviembre del 2017 emití voluntariamente una factura electrónica. Mi consulta es si me encuentro obligado a emitir todos mis comprobantes electronicamente?

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de febrero de 2018 a las 5:56 pm

      Si, a partir del 01 de noviembre de 2018.

  30. Deysi Apaza dice

    22 de enero de 2018 a las 10:58 pm

    hola Miguel, me interesa seguir el curso de libros electronicos favor de en viarme tu numero para poder conveersar sonbre este tema desde cuando inicia el curso

    Responder
  31. paoly dice

    12 de enero de 2018 a las 8:19 pm

    Hola miguel, yo inicie actividad en noviembre 2017, entro en el 4to grupo o en el 3ro, muchas gracias

    Responder
  32. MARIA ISABEL dice

    12 de enero de 2018 a las 5:05 pm

    Hola Miguel
    Tengo una empresa constituida en año 2016, no tuve movimientos, declarando en cero.
    Pero este año 2018 realizaré ventas, estoy obligada a emitir en forma electrónica o puedo hacerlo en forma física.
    Gracias por tu respuesta

    Responder
  33. ELENA dice

    10 de enero de 2018 a las 10:28 am

    Buenas días, una consulta la empresa se inscribió el 28 de diciembre 2017, pero sus actividades comienzan en enero 2018, se esta obligado a emitir comprobantes electrónicos??

    Responder
  34. ISAAC CHUQUILLANQUI RODRIGUEZ dice

    9 de enero de 2018 a las 8:34 pm

    MI ESTIMADO MIGUEL MUY BUENAS SON SUS CONSEJOS, MI CONSULTA ES EL SIGUIENTE TENGO UN CLIENTE QUE SE AFILIO MYPE TRIBUTARIO EN ENERO 2017 PERO A PARTIR DE FEBRERO 2017 PRESENTO SU DECLARACION MENSUAL EN EL REGIMEN ESPECIAL, PREGUNTO CUAL SERIA LA FORMA DE REGULARIZAR.
    GRACIAS POR SU RESPUESTA.
    DESDE LA PROVINCIA DE TARMA PERLA DE LOS ANDES – TIERRA NATAL DEL EX-PRESIDENTE MANUEL A. ODRIA.

    Responder
  35. ERIKA dice

    6 de enero de 2018 a las 1:09 pm

    HOLA MIGUEL, YO DESEO PASAR DE REGIMEN MYPE A RER EN ESTE MES Y NO SUPERO 150 UIT ESTARE OBLIGADA A EMITIR CPE ESTE 2018??

    Responder
  36. Miremar dice

    5 de enero de 2018 a las 2:45 pm

    Hola, ayer sunat envío : Recuerde que según lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 117-2017-SUNAT Anexo 5A, a partir del 01 de enero del 2018, se encuentra en la obligación de hacer uso del nuevo Resumen Diario de Boletas de Venta Electrónicas y Notas Electrónicas. para quienes aplica? nose si has realizado un articulo sobre este tema . gracias

    Responder
  37. Eli dice

    4 de enero de 2018 a las 9:00 am

    Hola Miguel, mi contador no me entrega ningún documento de mis pdts, ni planillas, de hace muchos años ; como puedo hacer para obtenerlos y poder cambiar de contador; pero si ha estado declarando.
    Slds.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de enero de 2018 a las 7:01 pm

      Con la clave sol se puede averiguar muchas cosas. Si la tienes a la mano seria genial.

  38. César. dice

    3 de enero de 2018 a las 7:14 pm

    Estimado Miguel, gracias por los excelentes aportes, te quería consultar si estando obligados a emitir CPE desde el 01/01/2018, puedo emitir dichos comprobantes por el Portal de Sunat, pues la empresa proveedora no ha concluido con la instalación del sistema.

    Responder
  39. Edward dice

    17 de diciembre de 2017 a las 6:10 pm

    Esta excelente el desarrollo del tema préctico y entendible

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2017 a las 2:09 am

      Gracias, buen día 🙂

  40. Hebert Gutierrez Quispe dice

    15 de diciembre de 2017 a las 8:12 pm

    Muy practico e interesante los aportes que realizas los cuales son de mucha ayuda a los profesionales contables. te agradezco mucho que continúes ayudándonos con tus aportes
    gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2017 a las 4:28 am

      Gracias, que tengas un buen día 🙂

  41. Osmar Alvarado dice

    7 de diciembre de 2017 a las 10:54 am

    Buen día Miguel mi consulta es lo siguiente la empresa esta obligado a emitir facturas electrónicas desde el 01.01.2015 pero en todo este transcurso de tiempo hasta la actualidad seguimos utilizando facturas físicas y por ello hay multa?? si es así cuanto es el importe y como podría subsanar este inconveniente.

    Espero su respuesta
    Gracias!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de diciembre de 2017 a las 4:53 am

      No hay multa, solo que dichos comprobantes van a carecer de valor.

  42. Renzo dice

    5 de diciembre de 2017 a las 4:46 pm

    Buenas tardes Miguel,
    una consulta existe alguna infracción por emitir comprobantes impresos, cuando tiene la obligación de emitirlos electronicamente?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de diciembre de 2017 a las 2:16 pm

      No, solo que dichos comprobantes no son validos.

  43. Jeni dice

    5 de diciembre de 2017 a las 12:35 pm

    Hola Miguel, quería consultar lo sgnte:
    Si estoy obligado a emitir mis comprobantes electrónicos desde ya también tendré que presentar mis libros electrónicos (PLE) ?

    Si emití un factura electrónica sin ser emisor electrónico también me obliga a presentar mis libros electrónicos (ple)?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de diciembre de 2017 a las 2:10 pm

      No, son dos temas diferentes. No estas obligado a presentar libros electrónicos.

  44. Hector dice

    8 de noviembre de 2017 a las 11:00 am

    Miguel buenas tardes una consulta para ver la relación de pricos actualizada hasta del 30/06/2017, donde lo puedo hacer.
    gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2017 a las 2:16 am

      En la pagina de la Sunat, hay un padrón, puedes llamar a la Sunat.

  45. Jorge dice

    6 de noviembre de 2017 a las 5:11 pm

    Miguel, estoy en el nuevo rus puedo ponerme en planilla pago 50 soles mensuales.

    gracias .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de noviembre de 2017 a las 3:07 am

      Si puedes ingresar a la planilla como conductor de la empresa.

  46. Rosa dice

    3 de noviembre de 2017 a las 11:24 am

    Gracias por el articulo Miguel buen fin de semana.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 12:03 pm

      Gracias, buenas vibras.

  47. Violeta dice

    26 de octubre de 2017 a las 10:57 am

    Buen día Miguel, tengo una duda, tengo una empresa jurídica que se inscribió al RUC el 24/10/2017 y su fecha de Inicio de Actividades será todavía en 01/01/2018.. a mi me parece que aun no estará obligado, tengo dudas.. desde cuando estoy obligada?.. a la espera de su respuesta, gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de octubre de 2017 a las 7:58 am

      No estas obligada.

  48. Jose Giron Garcia dice

    10 de octubre de 2017 a las 11:45 am

    Hola amigo Miguel los obligados en el anexo III es ha partir del 01/08/2018 y no el 01/02/2018 como figura en tu tabla, confirmar esta información. RS 155-2017
    saludos.

    Responder
  49. Trinidad dice

    9 de octubre de 2017 a las 8:22 pm

    Gracias Miguel,
    Como siempre, super interesante; mi inquietud también es por los negocios pequeños que emiten ticket si es que tuvieran que emitir comprobantes electrónicos.

    Nuevamente gracias por tu gran aporte.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de octubre de 2017 a las 12:04 am

      Pues claro aplica para todos, siempre y cuando cumplan algunos de los requisitos mencionados en el articulo.

  50. Luis dice

    6 de octubre de 2017 a las 8:20 am

    Buen día Miguel,
    La empresa donde trabajo es exportadora ya muchos años.
    Y su RUC aparece entre los anexos de la Resolución 155-2017.
    Mi consulta es, desde cuando estoy obligado a emitir comprobantes electrónicos, es desde enero 2018? o según el anexo III (Agosto 2018)?
    Muchas gracias por tus respuestas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2017 a las 12:20 pm

      En tu caso prioriza el anexo III.

  51. Gregoryo dice

    5 de octubre de 2017 a las 1:03 pm

    Un contribuyente persona natural con negocio que supera las 75 UIT, no es exportador, pero no supera las 150 UIT en el ejercicio economico 2017. ¡ esta obligado emitir Comprobantes Electrónicos desde 01 de Noviembre 2018?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2017 a las 12:30 pm

      No esta obligado.

  52. Heidy Magdalena Vara Centeno dice

    5 de octubre de 2017 a las 12:39 pm

    Si creo una empresa nueva en el mes de Enero 2018 y así este en regimen MYPE a los 3 meses tengo que emitir comprobantes electronicos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2017 a las 12:32 pm

      Es correcto, estarías obligado a emitir comprobantes electrónicos.

    • Ana dice

      9 de octubre de 2017 a las 11:52 am

      Es decir todas las empresas constituidas en el año 2018 deberán emitir comprobantes electrónicos, después de tres meses??

    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2017 a las 11:49 pm

      Es correcto.

  53. Luis Fernandez dice

    1 de octubre de 2017 a las 11:47 pm

    Hola Miguel. Soy emisor de CPE según la norma R.S 155-2017 para el 2018, pero en el establecimiento donde se realiza las actividades no cuenta con luz, incluyendo la galería. ¿Qué debo hacer? ¿Continuar con mis facturas físicas y comunicar a SUNAT? Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de octubre de 2017 a las 8:35 pm

      Si puedes emitir comprobantes físicos, solo presenta tu resumen de comprobantes físicos.

  54. Merly dice

    29 de septiembre de 2017 a las 10:59 am

    Si aperturo mi ruc en este año 2017, también estaré obligado a emitir comprobantes electrónicos a partir del 2018 o sera si mis ingresos superan las 150uit.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de septiembre de 2017 a las 9:03 pm

      Solo si tus ingresos superan las 150 UIT.

  55. Fiorella Velez dice

    29 de septiembre de 2017 a las 9:40 am

    Si una micro empresa no tiene la facturación electrónica, la sunat podría cerrar dicha empresa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de septiembre de 2017 a las 8:59 pm

      No, puede indicar que no puede hacerlo por un tema contingencia (luego subsanarlo presentando el resumen diario de comprobantes).

  56. Lizbeth dice

    25 de agosto de 2017 a las 9:39 am

    Hola, he visto que la factura electrónica va acompañado de un documento llamado control interno de cobranza de factura electrónica. Mi pregunta es para que sirve este documento?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de septiembre de 2017 a las 1:51 am

      Es un control administrativo.

  57. Marisela dice

    10 de agosto de 2017 a las 5:10 pm

    Hola Miguel: Una consulta, si se empieza a emitir facturas y boletas electrónicas, que sucede con los libros electrónicos? se deben seguir presentando?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2017 a las 1:22 am

      Es correcto, debes seguir presentado.

  58. Johan dice

    3 de agosto de 2017 a las 10:55 am

    Estimado Miguel, una empresa que ya esta obligado a emitir facturas electrónicas pero ya no vende casi nada, es mas, esta a punto de cerrar y es prico, se podria hacer un escrito a sunat para que le excluyan de emitir estas facturas electrónicas?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de agosto de 2017 a las 11:57 pm

      No puede hacer, pero no te compliques emite desde la pagina de la Sunat.

  59. Elvis dice

    31 de julio de 2017 a las 10:33 am

    Muy buen aporte mi estimado Miguel. Bendiciones!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de agosto de 2017 a las 10:38 pm

      Muchas gracias, buen día 🙂

  60. Luz dice

    20 de julio de 2017 a las 7:10 am

    Gracias por tus aportes Miguel….son de mucha utilidad…Que tengas un gran día!!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2017 a las 1:03 am

      Super, buenas vibras 🙂

  61. Carmen dice

    6 de julio de 2017 a las 11:34 pm

    Estimado Miguel
    Gracias por compartir tus conocimientos en una forma tan didáctica, es agradable leer tus artículos, ademas de tus frases del día que son muy alentadoras.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de julio de 2017 a las 1:30 am

      Muchas gracias, que tenga una super semana.

  62. Mariana dice

    6 de julio de 2017 a las 4:06 pm

    Gracias Miguel, información muy interesante.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de julio de 2017 a las 12:08 am

      Super, que tengas un buen día 🙂

  63. Nelson Miranda dice

    5 de julio de 2017 a las 11:35 am

    Gracias Miguel.
    Entiendo que si yo he proyectado mis ventas y no supero las 150 UIT, no tengo la obligación emitir comprobantes electrónicos?
    Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de julio de 2017 a las 1:19 am

      Es correcto.

  64. Edith Salas Guillen dice

    3 de julio de 2017 a las 1:00 pm

    Muy Bueno Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2017 a las 9:52 pm

      Gracias 🙂

  65. Luis dice

    2 de julio de 2017 a las 10:09 am

    Buen día Miguel,
    Dime los puntos, es para los que se designaran nuevos emisores electrónicos.
    Y si estoy entre los contribuyentes que están entre los 4 anexos, esas son las fechas donde debo emitir mis comprobantes electrónicos verdad?
    Estoy en el Anexo II (a partir de MAYO 2018 )

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2017 a las 1:42 am

      Es correcto, es la fecha donde inicia la obligación.

  66. Meli dice

    1 de julio de 2017 a las 4:08 pm

    Gracias por su aporte. saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2017 a las 1:43 am

      Muchas gracias 🙂

  67. Luisa Paquita dice

    1 de julio de 2017 a las 11:39 am

    Miguel: Gracias que manera tan didáctica de ilustrarnos las normas tributarias. Me ayudas mucho.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2017 a las 1:53 am

      Muchas gracias, buen día.

  68. Charles Rodriguez Rostaing dice

    1 de julio de 2017 a las 7:57 am

    Si tengo operaciones gravadas y hago exportación, como se generaria la obligación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de julio de 2017 a las 10:13 am

      Solo casilla 127 debes tomar en cuenta.

  69. Mariella dice

    30 de junio de 2017 a las 5:54 pm

    Muchas gracias por el aporte estimado Miguel, la pregunta que viene es como se puede adaptar un pequeño negocio que emite con ticketera a comprobantes electronicos, es mas complicado de lo que parece.
    Estare atenta a tus comentarios, y eso que en una charla mencionaste ya el tema sobre la emision electronica de comprobantes de pago.
    Lindo fin de semana para ti y para tu equipo de trabajo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de julio de 2017 a las 10:26 am

      Es correcto, es un buen tema al que voy a empezar a investigar.

  70. Rosa dice

    30 de junio de 2017 a las 5:16 pm

    Gracias por el articulo Miguel feliz fin de semana.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de julio de 2017 a las 10:27 am

      Super, buenas vibras.

  71. Taly dice

    30 de junio de 2017 a las 3:52 pm

    Muy interesante debo de tener cuidado en mis ventas superen las 150 UITS, y de ahí a emitir mis comprobantes electrónicos obligatoriamente a partir del 01/11/2018, pero voluntariamente puedo ir haciéndolo antes como para ir aprendiendo el software, verdad.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de julio de 2017 a las 10:29 am

      Si puedes hacerlo voluntariamente.

  72. Nelly Boza Varillas dice

    30 de junio de 2017 a las 4:06 am

    Gracias por la información mike.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de junio de 2017 a las 7:23 am

      Gracias, buen día 🙂

  73. Jheyser dice

    29 de junio de 2017 a las 4:50 pm

    Gracias por tus aclaraciones y aportes miguel que tengan un buen fin de semana.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de junio de 2017 a las 7:26 am

      Muchas gracias, que tengas un buen día.

  74. Heidy Magdalena Vara Centeno dice

    29 de junio de 2017 a las 1:31 pm

    Si la SUNAT te indica que apartir del 01 Julio emitir comprobantes electronicos incluye tambien a la guias de remision por que si tienes una sede productiva debes tener varias series de este documento y se haria engorroso a la hora de hacer la facturacion o estar toda la empresa en sistema pero hay lugares donde no hay internet o no tienen los medios economicos para comprar un software.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de junio de 2017 a las 7:29 am

      No, la RS 155-2017, solo indica factura, boleta, notas de crédito y debito.

  75. Miguel dice

    29 de junio de 2017 a las 10:38 am

    Hola tocayo, gracias por la info. Una pregunta, en el caso de las empresas que emiten tickets de maquina registradora ó ticketeras, ya no usarán estos comprobantes y migrarán al uso de facturas de ventas electrónicas?. Gracias y Buen día.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de junio de 2017 a las 8:43 am

      Es correcto, deberas migrar a los comprobantes electrónicos.

  76. César. dice

    29 de junio de 2017 a las 1:20 am

    Los Anexos del I al IV de RS 155-2017, es un cronograma para emitir las CPE a partir del año 2018; primer grupo obligados del 01/01/2018, dentro de ellos agentes retención/percepción, PRICOS designados al 29/06/2017 y los comprendidos en ANEXO I; segundo grupo ANEXO II, obligados del 01/05/2018; el tercer grupo ANEXO III, del 01/08/2018 y último grupo ANEXO IV, del 01/11/2018.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de junio de 2017 a las 9:17 am

      Gracias por el comentario 🙂

  77. Ethan dice

    28 de junio de 2017 a las 7:28 pm

    Hola y de antemano gracias por tu aporte y atencion para con mi consulta.
    Si dichas empresas que superan las venta en más de 150 UIT en el 2017, pero sin embargo no tienen la liquidez suficiente para adquirir un software para la facturación, se podrá hacer a través del portal de sunat, como los Recibos por Honorarios?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de junio de 2017 a las 9:19 am

      Es correcto, pueden utilizar el portal de Sunat para emitir comprobantes electrónicos.

  78. Rosa dice

    28 de junio de 2017 a las 6:20 pm

    Gracias Miguel que tengas un buen fin de semana.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 6:30 pm

      Gracias, que tengas una super semana 🙂

  79. Jasmin dice

    28 de junio de 2017 a las 5:44 pm

    Gracias, por la información miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 6:32 pm

      Super, que tengas un buen día 🙂

  80. Noemi dice

    28 de junio de 2017 a las 5:26 pm

    Gracias Miguel!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 6:32 pm

      Gracias por el comentario 🙂

  81. Gustavo dice

    28 de junio de 2017 a las 4:45 pm

    Hola Miguel Buenas Tardes, dime con respecto a los agentes de retencion que al 30 de Junio 2017 lo son, tambien seran considerados como emisores electronicos a partie de enero 2018?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 6:38 pm

      Si es correcto, lo menciona el literal a) del articulo 1.

  82. Elena dice

    28 de junio de 2017 a las 4:10 pm

    Hola, la emisión de estos comprobantes es desde el portal de sunat.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 5:17 pm

      Es una opción que puedes hacer para cumplir la norma.

  83. Je-ka dice

    28 de junio de 2017 a las 4:03 pm

    Muchas gracias …mis dudas quedaron claras

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 5:18 pm

      Gracias, buen día 🙂

  84. Romulo dice

    28 de junio de 2017 a las 3:23 pm

    Estimado. aparte de los 3 grupos de contribuyentes que mencionas, en la resolución misma hay un anexo de 4 cronogramas con una relación de RUC, QUE DIFERENCIA HAY ENTRE UNA Y LA OTRA.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 3:48 pm

      Los anexos se trata de lo Pricos en la mayoría de casos, te recomiendo leer el articulo 1 de la RS 155-2017.

  85. Juan Garcia dice

    28 de junio de 2017 a las 3:15 pm

    En el caso de un colegio particular exonerado del impuesto a al renta e inafecto del IGV y solo emite boletas de venta las ventas para el año 2017 cierre se proyecta de 2000 000.00 tambien esta obligada a emitir boletas de venta electrónico.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 3:50 pm

      Si superas los 150 UIT, estarás obligado a emitir comprobantes electrónicos, la norma no diferencia por actividad, es mas no menciona régimen tributario, en el literal b) del articulo 2 menciona los “sujetos”.

  86. Luis Felipe dice

    28 de junio de 2017 a las 2:32 pm

    Estimado gracias por la informacion…solo que en la conclucion es 155-2017…gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 3:51 pm

      Gracias, que tengas un buen día 🙂

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