• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Mype » En Registro de Convivientes para Essalud bastará declaración jurada

En Registro de Convivientes para Essalud bastará declaración jurada

Publicado por Miguel Torres el 9 de enero de 2012 215 comentarios

El miércoles 05 de octubre se ha publicado en El Peruano, la Resolución N° 30 ESSALUD 2011, emitida por la Gerencia Central de Aseguramiento del Essalud, con la cual se simplifica el Registro de los Derechohabientes del asegurado (concubino, concubina), a fin que puedan acceder a los servicios que presta el Seguro Social de Salud.

Como se recordará, mediante Res. 010 2011 SUNAT, para el registro de los derechohabientes del asegurado regular y del seguro agrario, se venía exigiendo escritura pública del reconocimiento de la Unión de Hecho o la Resolución Judicial que acredita el concubinato, convirtiéndose en un trámite oneroso y burocrático.

Con la reciente Resolución 30 del Essalud, se precisa que la tramitación para el registro de los derechohabientes del asegurado (cónyuge, concubino, hijos) sólo se efectuará cuando la información de los asegurados y sus familiares no se encuentre registrada en los sistemas de Essalud o tal información esté incompleta.

Igualmente, se dispone que a partir de la vigencia de la nueva Resolución del Essalud (06.10.11), para el registro del concubino(a) del asegurado, bastará la presentación de una Declaración Jurada de Concubinato, manteniendo como alternativa la presentación de la copia fedateada del documento notarial o judicial que acredite el concubinato. Dicha declaración jurada deberá renovarse cada dos años.

Para la simplificación del trámite de registro de los parientes del asegurado, el Essalud ha tomado en cuenta los principios de razonabilidad y simplicidad que establece la Ley del Procedimiento Administrativo General.

En efecto, el Art. 41 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que para los trámites administrativos, en vez de la documentación oficial, los administrados podrán presentar una declaración jurada que sustente los hechos que afirman, en este caso, la relación de concubinato.

Cabe recordar que las nuevas formalidades para el registro de los asegurados y sus parientes, es consecuencia de las gestiones y reclamos reiterados que la Cámara de Comercio de Lima formuló ante el Ministerio de Trabajo y el Essalud.

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: asegurados, conviviente, derecho habiente, derechohabientes, essalud, familiares, Registro, Sunat

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

215 comentarios

  1. Erika dice

    30 de octubre de 2020 a las 10:01 pm

    Hola,tengo essalud por mi exesposo, que pensé que al divorciarnos ya no lo tendría pero no me ha quitado como derechohabiente ya que he podido usarlo. En essalud me dijeron que aproveche y siga usando los beneficios ya que él no paga demás por mi, xq es independiente.
    Ahora voy a tener un hijo y quiero inscribirlo en el seguro.Tendría mi ex que dar de baja de su seguro para registrarlo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2020 a las 10:15 pm

      Tienes que ser trabajadora titular para dar de alta como derechohabiente a tu HIJO, otra opción seria que lo haga el papa.

  2. Isabel dice

    11 de septiembre de 2019 a las 9:20 pm

    Hola, una consulta tengo seguro como titular quisiera afiliar a mi conviviente vivimos juntos 5 años pero el esta casado de un anterior compromiso.lo puedo asegurar o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2019 a las 8:32 am

      No puedes hacerlo.

  3. Juan Carlos Alvarado Sánchez dice

    22 de julio de 2019 a las 11:44 am

    Muy buenos días quisiera saber si podría afiliar la ami señora al essalud solamente somos conviviente ya llevamos 4 años y un mes conviviendo y me aido a tumbes para poder registrar ami señora pero me han dicho que no puedo por el motivo que no somos casados y eso quería saber cual es la solución para poder inscribirla ami señora al essalud

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de julio de 2019 a las 9:11 am

      Si lo puedes hacer, pero tienes que tramitar el documento reconocimiento de unión de hecho.

  4. Meri dice

    8 de junio de 2019 a las 8:35 pm

    Trabaje y tuve seguro en una empresa mypes x 7 años, asegure a mi esposo el ultimo año, mi aporte x ser colegio fue de 10 meses al año y renovaba contrato. Cambie a una empresa mas grande y quiero saber si es necesario mi descuento ya q mi esposo entro un mes antes q yo este año a trabajar y me aseguro a mi. Es necesario q nuestro descuento sea doble si somos casados?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2019 a las 5:35 pm

      El aporte de essalud no te lo descuenta, lo hace la empresa.

  5. Lisset dice

    22 de marzo de 2019 a las 11:34 am

    Buenos días Miguel, quisiera consultar si aun se puede aceptar las declaraciones juradas para inscribir a essalud a los convivientes? y Si alguien que aun sigue casado pero ya tiene otra pareja y que en su dni figura como soltero puede inscribir a su conviviente sin divorciarse solo con los formularios de essalud? Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de marzo de 2019 a las 4:05 pm

      Tienes que hacer el Reconocimiento de Union de Hecho, no es posible lo que mencionas del hombre casado.

  6. Criis dice

    5 de junio de 2018 a las 1:26 pm

    Mi pareja me ha asegurado, pero ahora yo voy a empezar a trabajar. Es cierto que pierdo el seguro de mi pareja ??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2018 a las 1:54 pm

      Essalud lo da de baja de oficio, dado que ahora serás titular.

  7. Maria dice

    26 de mayo de 2018 a las 8:08 am

    Hola yo tenia seguro pero ahora me lo kitaron x k salio esa nueva ley como puedo hacer para obtener el seguro de nuevo . Casarme o hacer ese trâmite? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de mayo de 2018 a las 7:58 pm

      Depende del dinero que desees invertir. Mas barato es el matrimonio masivo.

  8. Victor zamora taboada dice

    18 de febrero de 2018 a las 5:37 pm

    Hola amigo, me parece excelente , los comentarios. Yo quisiera saber si puedo asegurar a mi conviviente, sin haberme divorciado. Ya tengo de separado 15 años. Gracias por la respuesta.

    Responder
  9. Yoselin dice

    29 de noviembre de 2017 a las 7:14 pm

    Hola mi conviviente esta asegurado y mi hijo de 5 años, también y el me quiere asegurar y tengo 5 meses de gestación como podría hacer hay algún costo por favor ayuda gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 1:50 am

      Una opción es casarte o como conviviendo (reconocimiento de union de hecho).

  10. Cesar Prado dice

    9 de noviembre de 2017 a las 12:37 pm

    Hola Miguel, una consulta mi mama acaban de ponerla en planilla para que reciba Essalud. ¿Cuanto tiempo tiene que esperar mi papa para que pueda se pueda registrar y percibir el seguro tambien?

    Responder
  11. Eveling dice

    31 de agosto de 2017 a las 2:34 pm

    Hola Miguel si quiero asegurar a mi esposo a donde voy o que tengo que hacer gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de septiembre de 2017 a las 7:52 pm

      Solo acércate al area de RRHH con tu constancia de matrimonio.

  12. Nelida dice

    9 de julio de 2017 a las 4:34 pm

    Bueno yo tuve el seguro pero mi esposo camvio de trabajo y quisiera. Saver si al cambiar de trabajo yo igual tengo q presentar un papel notariado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de julio de 2017 a las 9:32 pm

      Si tendrías que presentar tu papeles en la nueva empresa.

  13. Fanny dice

    29 de junio de 2017 a las 11:30 am

    Hola puedo saber si yo puedo registrar mi convivencia en la surnap, ya q mi pareja no lo quiere hacer. Tenemos un hijo de 13 y mi hija de 2años y 8meses. Y cuál son los requisitos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de junio de 2017 a las 7:31 am

      Si se puede hacer, en una notaria te dan los requisitos, porque ellos van hacer el tramite.

  14. Manuel Garcia dice

    7 de marzo de 2017 a las 3:48 pm

    Lamentablemente tenemos un estado que exprime al ciudadano, es necesario cambiarlo con protestas como sucedio con peaje en cono norte. Para tener acceso a salud como concubinato convivencia piden union de hecho NOTARIAL qu e cuesta mas de 500 soles,demora 1 mes, mas otros ,la vigencia de DNI 40 sole, breve renovar mas de 150 soles.MAL PERU

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 2:18 pm

      Estoy totalmente de acuerdo con su comentario 🙂

  15. Letycia dice

    27 de febrero de 2017 a las 8:44 am

    Hola me gustaría saber se puedo afiliar no seguro de mi pareja siendo convivente ha mas de 6 años y sendo trans.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de febrero de 2017 a las 3:51 am

      El requisito par asegurarte como concubino es tener el documento de reconocimiento de union de hecho, ese documento lo otorga una notaría, tendrías que acercarte a una y confirmar si te pueden otorgar uno para tí y tu pareja.

  16. Fernando dice

    14 de febrero de 2017 a las 8:01 am

    Por a asegurara a mi esposa en essalud cuanto demora el tramite para que se pueda atender.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de febrero de 2017 a las 11:58 am

      Si lo realizas en un centro de essalud, es 24 horas debe salir activo para atención.

  17. Jorge dice

    16 de enero de 2017 a las 3:57 pm

    Mi hija tiene 15 años el otro 8 y el ultimo 2 años y no puedo asegurar a mi esposa porque si vivimos en la misma casa me estan pidiendo ese papel de hecho que cuesta 500 soles gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de enero de 2017 a las 3:46 am

      Lamentablemente es un requisito.

    • Jhonny dice

      30 de enero de 2017 a las 3:53 pm

      Puedo asegurar a mi concubina con declaración de un juez de paz letrado o no letrado

  18. jim de la cadena dice

    21 de diciembre de 2016 a las 1:24 pm

    buenas tardes una consulta sabes cuanto cuesta un reconocimiento de union de hecho y si te lo entregan ahi mismo?

    Responder
  19. Jesus dice

    9 de septiembre de 2016 a las 10:31 pm

    Buenas noches quisiera saber si puedo asegurar a mi actual pareja tenemos 4 años d relacion pero x diferentes motivos aun no vivimos juntos es posible q la pueda asegurar y si en caso se podria q trámite debo hacer gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de septiembre de 2016 a las 8:41 am

      Necesitaras el documento: Reconocimiento de Unión de Hecho emitido por una notaria.

  20. Juan dice

    7 de julio de 2016 a las 9:15 pm

    Que requisitos me piden para asegurar ami conviviente tenemos mas de 5 años yo tengo 6 meses y deseo asegurarla.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de julio de 2016 a las 7:14 am

      Necesitas tramitar el documento “Reconocimiento de Union de Hecho”.

  21. Jaime dice

    21 de junio de 2016 a las 10:26 am

    convivo con mi pareja mas de 5 años y tenemos un hijo, no estamos casados. Tampoco mi pareja ha tenido seguro. Acabo de entrar a una empresa y quiero asegurar a mi conviviente pero me dicen que no es posible porque tengo que estar casado. Es verdad lo que me dicen?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de junio de 2016 a las 6:57 pm

      No, tienes que mostrar un documento que se tramita en la notaria “Reconocimiento de Unión de Hecho”.

  22. Lady Laura dice

    17 de junio de 2016 a las 6:42 pm

    Mi hermana estaba afiliada en el sis, luego su esposo entro a trabajar y las aseguro a essalud. Ahora su hijita esta mal probablemente con leusemia; ella fue averiguar al sis y le dijeron q esta anulado y que aun figuraba en el sistema de essalud. Necesitamos ayuda diganme q es lo q debemos hacer para que le activen el sis?, con urgencia por favor!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de junio de 2016 a las 12:34 am

      En ese caso debe atenderse por el essalud.

    • Lourdes dice

      2 de julio de 2016 a las 10:34 pm

      Hola yo voy a empezar a trabajar y bueno es normal que mis hijos tengan mi seguro pero quiero saber si mi esposo lo podré asegurar yo con mi seguro porfa expliqueme

    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2016 a las 12:51 pm

      Si estas casada si lo podrás hacer.

    • Rosmery dice

      15 de diciembre de 2016 a las 6:48 pm

      Hola miguel, quiero saber si se puede desafiliar a un menor de edad del essalud ya que antes contaba con sis y ahora el papa quiere que se atienda por el sis ya que para el padre es mejor la atención.

  23. Fapili dice

    4 de junio de 2016 a las 11:19 am

    Buenos dias: mi consulta es lo siguiente. Estuve afiliada a essalud pero hace cuatro meses que no estoy laborando. Estoy gestando mi pareja me puede afiliar a su seguro? . Cuales son los requisitos. Ayuda por favor.

    Responder
  24. Carlos dice

    25 de abril de 2016 a las 4:21 pm

    Como hacer para desafiliar a mi ex pareja de essalud si ya estamos 2 aňos de separados y somos casados y ella trabaja para el estado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de abril de 2016 a las 3:36 pm

      Tienes que adjuntar tu partida de matrimonio con el sello de divorciados, en todo caso en el area de recursos humanos de tu empresa puedes pedir los requisitos.

  25. Javier dice

    11 de abril de 2016 a las 9:19 pm

    Hola, hay una edad minima para registrar en el seguro a mi conviviente ? Ella tiene 18 aňos y esta gestando
    Y que documentos debo presentar en mi trabajo para asegurarla ?

    Gracias por la rpta. Saludos !

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de abril de 2016 a las 11:34 pm

      La edad minima es 20 años (18 años + 2 de conviviente).

  26. Alicia dice

    8 de marzo de 2016 a las 12:52 am

    Hola mi pregunta es. Mi mama es asegurada en essalud. Y mi papa no . Y para asegurar a mi papa que ya tiene 65 años se puede aun asegurarlo a esa edad . De 65 años

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2016 a las 11:07 am

      No he visto un caso similar para darte una respuesta, re recomiendo ir a un centro de essalud (oficina administrativa y realizar la consulta).

  27. Andres dice

    3 de marzo de 2016 a las 6:16 pm

    Felicitaciones, sus recomendaciones son muy atruistas y orientadores, el Sr. Torres se merece muchas bendiciones por la gran ayuda que da a la comunidad, personas como el harian del Peru un gran pais. Saludos, gracias por aceptar mi mensaje.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2016 a las 3:00 am

      Muchas gracias, que tengas una super semana 🙂

  28. Walter dice

    11 de febrero de 2016 a las 7:13 pm

    Hola mi estimado soy casado y quiero asegurar a mi esposa que documentos debe presentar…y es necesario presentar documento de concubina espero su respuesta gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2016 a las 1:32 am

      Si eres casado, tu partida de matrimonio.

  29. Silvia dice

    19 de noviembre de 2015 a las 12:35 am

    Hola, una consulta por favor, estoy asegurada en essalud por mi esposo, quién tiene más de 3 años como asegurado, y tengo entendido que cuando uno ingresa a una planilla el seguro de derecho habiente se da de baja automáticamente para validar el seguro del titular, entonces para atenderme no tendría que esperar los 3 meses, correcto? y en el caso que dejara de trabajar, cual seria la situación? se da de baja mi seguro de titular y mi esposo debe nuevamente de darme de alta con su seguro? es automático? se puede realizar en el mismo momento de la baja del titular o se debe esperar 2 años? Gracias por tu respuesta.

    Responder
  30. josy dice

    22 de octubre de 2015 a las 5:43 pm

    Hola disculpa queria hacerte una consulta como debe hacer mi altual pareja lpara darle de baja al seguro de su ex esposa

    Responder
  31. Juan dice

    29 de agosto de 2015 a las 11:06 am

    Estimado una consulta que pasa que mi actual conviviente ya convivimos mas de tres años y esta gestando tres meses ella es separada de su anterior compromiso que la tenia afiliada en essalud y ahora yo quiero afiliarla a mi seguro de trabajo ,que tengo que hacer?, ella anteriormente esta registrado en sis seguro integral de salud hoy fue ala posta y le dijeron que tiene que anular ese registro de essalud para que este activo en el sis es correcto o que tiene que hacer para que reciba atención y que tiempo demora este tramite, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de agosto de 2015 a las 8:48 pm

      Es correcto, si desea atenderse mediante el SIS, tiene que desvincularse del essalud. Para ello tiene que ir a una oficina de eesalud y solicitar que le den de baja como concubino.

  32. Jose Felix Chuco dice

    25 de agosto de 2015 a las 3:11 pm

    Muy buenas tardes mi estimado, mi divorcio salio el 5 de enero 2015 pero con la que me case nunca conviví ni la afilie al seguro , actualmente mi pareja esta embarazada tiene 5 meces y con ella vivo mas de tres años es posible de afiliarla gracias espero su respuesta urgente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2015 a las 2:33 am

      No puedes hacerlo como conviviente, pero si como casado.

  33. Arturo Cordova dice

    2 de julio de 2015 a las 4:59 pm

    Hola tengo a mi sra gestando y deseo afiliarla a essalud pero me piden una constancia de union de hecho donde lo consigo y cuanto cuesta y cuanto tiempo demora este tramite, piden algún requisito gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2015 a las 12:13 pm

      Ese documento lo realizas en una notaria.

  34. Ivon dice

    17 de junio de 2015 a las 12:31 pm

    Soy casada con un hombre del cual me separe hace algunos años, actualmente estoy embarazada de mi actual pareja y el me quiere asegurar, sera posible?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de junio de 2015 a las 2:02 am

      Mientras no te divorcies esta complicado.

  35. Claudia dice

    6 de junio de 2015 a las 10:01 pm

    Hola, mi ex pareja m afilio como concuvina hace tres años y tuvimos una hija…. ahora ya no qurremos seguir afiliadas….como hacemos?? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2015 a las 9:00 pm

      Tiene que darte de baja como concubina en el essalud, o si tú trabajas como titular en una empresa automaticamente se da de baja.

  36. Yve dice

    25 de mayo de 2015 a las 2:24 pm

    Mi papa es jubilado y quiere inscribir a mi mama en essalud, ellos conviven hace 40 años pero el aún no se ha divorciado. La podrá registrar? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de mayo de 2015 a las 8:19 am

      No puede hacerlo.

  37. Elmer Antonio Calvay Tineo dice

    6 de mayo de 2015 a las 10:04 am

    Quiero saber si con mi seguro de essalud puede atenderse mi esposa y mis hijos toda ves que ellos ya estan asegurados en el minsa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2015 a las 3:23 am

      Si tu esposa esta asegurada como titular ya no es necesario el registro como derechohabiente.

  38. Junior Nole dice

    9 de abril de 2015 a las 6:51 pm

    Buenas tardes Miguel , mi consulta es la siguiente , vengo laborando en una empresa ya hace mas de 6 meses vengo aportando a Es salud aun no hago mis tramites en recursos humanos para asegurarme, ya una vez asegurado ¿puedo asegurar a mi pareja de 19 años ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de abril de 2015 a las 11:02 pm

      Necesitas que cumpla 20 años.

  39. Graciela dice

    28 de enero de 2015 a las 4:28 pm

    Miguel, buenas tardes mi consulta es que tengo mi pareja hace 6 años y nunca necesite registrarlo en essalud porque el ya estaba registrado mediante su trabajo, pero ahora el esta trabajando independientemente y necesito registrarlo en el seguro, pero me indican que tengo a otra persona registrada en el seguro, pero con esa persona ya no estoy hace como 10 años, aparte de eso esa persona tiene su propio seguro de su trabajo también hace tiempo, es posible que una posibilidad de que no pase 2 años todavía para que me permitan inscribirlo en essalud?

    Gracias por tu respuesta.

    Graciela

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2015 a las 2:09 am

      Solo casarte, ya que para que lo registres como concubino tendra que pasar 2 años desde la baja del anterior conviviente.

  40. rodnay dice

    19 de noviembre de 2014 a las 11:29 am

    Miguel, me case el 25 de julio 2014 y quiero asegurar ami esposa, pero no puedo por las elecciones me piden como requisito el DNI con el estado civil actual y la reniec no puede gestionar tramites hasta que se termine las elecciones regionales 2014, que debo hacer, mi esposa tiene 06 meses de gestación ¿que hago? la onpe me dijo que se tiene que esperar hasta que se termine los procesos electorales los que toman la decisión es el JNE

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2014 a las 10:16 pm

      Registrarla como concubina o madre gestante.

  41. Juan Silva dice

    11 de noviembre de 2014 a las 7:03 pm

    Buenas miguel sabes quisiera saber como doy de baja a mi ex conviviente ya que ahora estoy casado con otra mujer.
    tambien hacerte la consulta que mi actual esposa ha sido viuda y esta asegurada por su difunto esposo como hago para yo asegurarla

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de noviembre de 2014 a las 5:11 pm

      Tiene que darse de baja primero del seguro de su esposo, luego con tu partida de matrimonio la registras.

  42. jhoanttan Albujar dice

    7 de noviembre de 2014 a las 11:32 am

    Buenos días Miguel Torres: Mi pareja actual convive conmigo hace más de 2 años ,pero por esas cosas del destino recien hace 2 meses su ex pareja la ha dado de baja en su seguro de essalud (apesar de que están separadas hace 3 años) , puedo yo inscribirla automáticamente a mi seguro de essalud?? Por favor te agradecería una respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de noviembre de 2014 a las 3:04 pm

      Si hablas de ex pareja, entiendo que divorciada o solo convivientes, porque si esta casada pero separada no puedes, ahora si recién le han dado de baja, tendrá que esperar 2 años para validar la convivencia, a menos que te cases.

  43. JOSE dice

    31 de octubre de 2014 a las 8:58 am

    Estimado Miguel soy el titular en essalud y puedo asegurar a mis dos hijos q tengo… porque mi conviviente no esta aseguarada y no puedo asugurarla porq no tengo dos años de convivencia…

    gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de noviembre de 2014 a las 2:42 am

      Es correcto, puedes asegurar a tus hijos.

  44. richard dice

    30 de octubre de 2014 a las 9:22 pm

    Ante todo muy buenas noches,una consulta,yo soy pensionista por afp y le active su seguro ami ex concubina en ese tiempo. ella viajo a chile hace 4años hiso su vida alla hasta se comprometio creo,pero ahora yo estoy conviviendo con mi nueva pareja y con mi hija de un mes ya casi va para dos y la kiero asegurar a mi hija y ami pareja actual,pero eh verificado ke mi exconviviente todavia esta activo su seguro,como puedo asegurarle a mi actual pareja,o llegando ala aseguradora le activo su seguro ala mama de mi hija actual pareja y automaticamente mi ex es desactivada.o tengo ke desactivarla a mi ex primero para activar ami actual pareja.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2014 a las 9:27 pm

      Es correcto, primero que nada deberas dar de baja a tu ex pareja, luego dar de alta a tu nueva pareja, si no estas casado lo tendrás que realizar como concubino, para ello el requisito es tener un tiempo de 2 años de convivencia. El plazo se contara desde la baja de tu expareja.

    • richard dice

      30 de octubre de 2014 a las 9:40 pm

      Ojo ke solo es mi ex conviviente y no me.eh casado gracias

    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2014 a las 10:13 pm

      Okis, el procedimiento es dar de baja con el formulario 1010, el tramite lo haces en una entidad del essalud.

  45. julissa dice

    29 de octubre de 2014 a las 4:47 am

    Sorprendida: la amante de mi esposo lo aseguró en essalud cuando yo quise asegurar a mis hijos me enteré de tal hecho como hago para desafiliarlo y no perjudique a mis hijos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de octubre de 2014 a las 9:13 pm

      Te dejo un link con la información.

  46. ricardo dice

    27 de octubre de 2014 a las 11:51 pm

    a mi pareja recién le han dado de baja su anterior conviviente; yo la puedo inscribir inmediatamente en mi seguro

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2014 a las 12:07 pm

      No tiene que pasar 2 años a menos que te cases.

  47. fanny dice

    27 de octubre de 2014 a las 3:33 pm

    Buenas tardes mi conviviente me quiere asegurar pero tengo una hija q la tuve antes de convvir con el, puede asegurar a mi hija mi conviviente, tenemos mas de 2 años de convivencia y mi hija tiene 4 añitos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de octubre de 2014 a las 5:07 pm

      No puede asegurar a tu hija como conviviente.

  48. Roy Edinson dice

    25 de octubre de 2014 a las 3:14 pm

    Tengo un seguro familiar por mi trabajo soy casado, soy titular, mi pregunta: por medio de mi seguro, puedo asegurar a mi mamá, mi mamá dejo de estar asegurada hace un par de años

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de octubre de 2014 a las 1:55 am

      Si te refieres al seguro del essalud, no puedes, si tienes un seguro particular con una aseguradora como pacifico, mafre, etc quizas tenga planes para tus planes.

  49. FELIX MENDOZA MARQUEZ dice

    26 de septiembre de 2014 a las 12:20 pm

    FORMULARIO DECLARACIÓN JURADA DE CONVIVIENTE

    Responder
  50. marcos del aguila dice

    13 de septiembre de 2014 a las 7:26 am

    hola sres de essalud estoy un poco confundido
    mi conviviente esta en estado de gestacion y no tiene x el momento su seguro , pero hace un mes di los documentos a recursos humanos de la empresa donde trabajo y estoy esperando cuando va salir de ella su afiliacion ,vengo laborando 6 meses y ya no tengo ese derecho como asegurado titular agradecere su gentil respuesta x que mi conyugue esta a dias de dar a luz

    Responder
  51. Jose dice

    12 de septiembre de 2014 a las 1:28 pm

    Hola, que tiempo tiene que pasar para aseguarar a mi conviviente quiero asegurarla urgente porq esta gestando…. e ido al seguro y me han dicho que tienen que pasar dos años….. es verdad eso?

    Gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de septiembre de 2014 a las 3:36 pm

      Es correcto, tiene que pasar dos años.

  52. Victor Manuel Paredes dice

    6 de septiembre de 2014 a las 1:47 am

    Soy titular regular de essalud y deseo registrar a mi esposa tiene derecho a consulta y hospitalizacion en caso de acidente

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de septiembre de 2014 a las 1:08 pm

      Claro registrala como derecho habiente.

  53. lizbeth dice

    22 de agosto de 2014 a las 12:54 pm

    actualmente yo tengo mi seguro como titular pero igual mi esposo es nombrado y desea asegurarme como conviviente se puede hacer eso el tiene asegurado a su ex pareja como puedo hacerlo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de agosto de 2014 a las 3:22 pm

      Si tu tienes tu seguro como titular, no puedes estar asegurada como derechohabiente.

  54. Adriana dice

    13 de agosto de 2014 a las 5:11 pm

    Mi abuelito ya esta jubilado y recibe su pensión por una AFP pero nunca inscribió a mi abuelita al seguro social y ahora lo quiere hacer que trámite debe seguir y adonde debe ir.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2014 a las 6:19 pm

      Te aconsejaría que te acerques a una oficina de essalud, la mas cercana a donde se atiende tu abuelito.

  55. olga marleni mercado guerrero dice

    4 de agosto de 2014 a las 6:31 pm

    yo estoy separada hace 16 años tengo mi seguro independiente pero ahora e dejado de trabajar por motivo de salud mi esposo con quien yo convivo me quiere asegurar dada la situación que no puede porque mi anterior pareja no me a desafiliado tantos años han pasado y me llego a enterar de esta situación que hacer como hago a hora para que me asegure estoy delicada de salud que hacer

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2014 a las 11:26 pm

      La unica manera seria como esposa (conyugue) que te registre como derechohabiente.

  56. leticia dice

    9 de julio de 2014 a las 12:30 am

    buenas quisiera saber después de cuanto tiempo puedo afiliar al seguro a mi pareja que esta gestando ya que desafilie a mi ex

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2014 a las 11:12 am

      2 años si fue por el tema de concubina.

    • Carlos Pinillos Pinillos dice

      16 de julio de 2014 a las 10:24 am

      Amigo dime para dar de baja a mi ex conviviente de essalud solamente necesito el formato de fin de concubinato , ya tambien después de que tiempo ella puede activar su seguro con su nueva pareja,
      muchas gracias

    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2014 a las 2:00 pm

      En el caso de conviviente es luego de 2 años que puedes activar el seguro a tu nueva pareja.

  57. fabian dice

    2 de julio de 2014 a las 10:20 pm

    hola quisiera saber como asegurar a mi pareja ya presente mi declaracion jurada en el trabajo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2014 a las 7:55 am

      Acércate al essalud mas cercano, ahí te van a brindar los formularios.

  58. mercedes dice

    27 de junio de 2014 a las 3:38 pm

    Sabes que cuales son los requisitos para dar de baja a mi ex conviviente ante essalud.
    Gracias por tu amable respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2014 a las 11:44 am

      Declaración Jurada de fin de relación de concubinato (original) suscrita por uno o ambos ex concubinos (original), por fin de relación de concubinato.

  59. mario dice

    9 de junio de 2014 a las 1:44 pm

    consulta:
    yo tengo mi pareja de 10 años de convivencia ella trabaja y esta asegurada en su centro laboral yo nunca la asegure, pero por esos errores de la vida embaraze a otra mujer la he asegurado en essalud ya nacio el niño hace seis meses como puedo quitarle el seguro

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de junio de 2014 a las 8:36 pm

      Tendrías que presentar una declaración jurada de ya no convivencia, esos formularios te lo san en un centro de essalud.

  60. elena dice

    13 de mayo de 2014 a las 2:54 pm

    consulta:
    * que formularios para inscribir concubinato se necesitan actualmente?
    * es necesario presentar documentos fisicamente o virtualmente? Cualquiera fuese el caso, como se procede en cada una de ellas?

    Gracias,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de mayo de 2014 a las 1:31 pm

      El tramite es presencial y en las oficinas de essalud, ahi te brindaran todos los formularios.

  61. luis dice

    1 de abril de 2014 a las 9:35 am

    Buenos dias mi consulta es la siguiente: yo tengo mi seguro como trabajador dependiente y he asegurado a mi hijo, la madre de mi hijo tiene su seguro por su mismo centro de labores (colegio nacional). actualmente estoy separado y en trámite judicial el proceso de divorcio. mi pregunta es ¿puedo asegurar como conviviente a mi actual pareja?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de abril de 2014 a las 8:56 am

      No puedes hacerlo.

  62. MARY dice

    31 de marzo de 2014 a las 2:31 pm

    hola mi pregunta es mi esposo esta afiliado a essalud donde tengo que afiliarme yo y si me tocaria atenderme donde le toca a el o segun la direccion de mi dni gracias por la respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de abril de 2014 a las 12:02 am

      Tu esposo tiene que registrarte como su derecho habiente (eso tramite lo puedes hacer en cualquier oficina del essalud)

  63. Jhonattan Giancarlo dice

    22 de marzo de 2014 a las 1:30 am

    que requisito tengo que entregar ami empleador para poder asegurar en la eps rimac a mi conviviente

    Responder
  64. CTHERINE COLCHADO UGALDEZ dice

    20 de marzo de 2014 a las 9:20 am

    Hola,quisiera saber si la declaración jurada de concubinato y la declaración jurada de domicilio dada por Es salud, necesariamente tiene que ser legalizada por un notario o sólo fedateada por la institución , en este caso por Es salud.Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de marzo de 2014 a las 6:15 am

      No es necesaria que tiene que ser legalizada por notario.

  65. Jenny dice

    13 de marzo de 2014 a las 1:56 pm

    hola, tengo 12 años de convivencia, 2 hijas aseguradas. tenemos direeciones diferentes en el DNI, El titular no está divorciado y no aseguró a su conyuge. ¿puede asegurarme como su conviviente?- (no cambiamos de dirección en el DNI porque faltan tramites de registro SUNARP)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2014 a las 12:16 pm

      No puede mientras no se divorcia.

  66. Norma Valer Jesus dice

    10 de marzo de 2014 a las 1:25 pm

    Quisiera saber donde es que tengo que hacer el tramite para que mi actual conviviente de de baja a su ex pareja y si uno mismo tiene que redactar la declaración jurada y si ya la puedo hacer ya que en estos momentos estoy tramitando lo de mi lactancia, agradecería su pronta respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de marzo de 2014 a las 11:55 pm

      Lo puedes hacer en cualquier oficina del essalud, recuerda que para que registre a otra concubina tiene que pasar 2 años.

  67. Jose Vera dice

    8 de marzo de 2014 a las 3:32 pm

    Agradecere infinitamente, si la aseguro a mi conviviente, y ella decide asegurarse con el tiempo con la empresa que aun no le ha asegurado, tendría doble afiliación? como es eso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de marzo de 2014 a las 12:46 am

      Cuando una trabajadora la van afiliar al essalud, pero ya esta registrada como derechohabiente, essalud le da de baja de oficio.

  68. jhon dice

    17 de febrero de 2014 a las 9:10 pm

    hola mi esposa cumple 20 años el mes de julio de 2014, aun tiene 19, quiero saber si puedo asegurarla ya que tenemos una relacion desde la secundaria y desde los 17 ya vivimos juntos con el consentimiento de sus padres, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de febrero de 2014 a las 9:13 am

      Si la puedes asegurar como tu conviviente.

  69. estefany dice

    12 de febrero de 2014 a las 11:01 am

    Una consulta mi actual pareja tubo un anterior compromiso solo eran convivientes el la aseguro pero quisieramos si esque el le da de baja me puede assegurar a mi inmediatammente???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2014 a las 10:55 pm

      Tiene que pasar 2 años, mejor dicho desde que le da de baja a su conviviente anterior, tiene que pasar 2 años para asegurar a la nueva conviviente.

  70. Zoila dice

    11 de febrero de 2014 a las 3:29 pm

    Hace doce años afilie a mi conviviente en Essalud, pero hace seis año ya no estoy con él , y como hacer para desafiliarlo, en razon que ya no tengo ningún vinculo con mi ex conviviente.?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de febrero de 2014 a las 11:05 pm

      Tienes que darle de baja, tienes que ir al essalud y mostrar un documento que de la baja del concubinato.

  71. geissler Roberth grandez Ushiñahua dice

    6 de enero de 2014 a las 11:37 am

    Hola, por favor agradeceré infinitamente una respuesta a mi consulta, vengo laborando en una empresa y quiero asegurar a mi conviviente cuál o cuáles serían los requisitos en éste caso???.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de enero de 2014 a las 12:31 pm

      Los formularios de la pagina de esslaud y que estén conviviendo por mas de 2 años.

  72. Manuela dice

    30 de diciembre de 2013 a las 9:28 am

    Hace dos meses que yo deje de convivir, yo estoy como derechohabiente, si yo quisiera asegurarme como titular, que tendría que hacer? Gracias por su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de diciembre de 2013 a las 1:24 pm

      Tienes que laborar para una empresa.

  73. Rosa dice

    30 de diciembre de 2013 a las 9:24 am

    Buenos días, yo ahora me encuentro asegurada como derechohabiente (conviviente), he postulado a una empresa, ¿ También debo presentar las dos declaraciones?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de diciembre de 2013 a las 1:29 pm

      No es necesario, cuando te aseguren como titular, automáticamente se te dará baja como derechohabiente.

  74. Flor de Maria dice

    26 de diciembre de 2013 a las 10:47 am

    Una pregunta para poder asegurar a mi conviviente solo es necesario llenar la declaración jurada de essalud? o tambien tengo que hacer una declaración jurada de concubinato notarial? ya que en mi trabajo me piden ambas cosas………

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2013 a las 3:06 am

      Solo la declaración jurada de essalud.

  75. miguel dice

    16 de diciembre de 2013 a las 5:35 pm

    Hola, mi consulta es lo siguiente: mi pareja esta embarazada, tenemos 10 meses de convivencia, quiero saber si puedo asegurarlo al essalud, yo estoy asegurado al essalud soy dependiente. agradeceré me respondan, que debo hacer

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de diciembre de 2013 a las 11:50 pm

      En teoría no puedes asegurarla, ya que necesitas dos años de convivencia, pero si llenas en la declaración jurada que descargas de las web del essalud y colocas que ya convives 2 años, te lo registran.

  76. Carmen dice

    9 de diciembre de 2013 a las 12:43 am

    somos convivientes y ahora nos vamos a casar y que sucedera con essalud? que tramites tengo que agregar o quitar??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de diciembre de 2013 a las 9:22 pm

      Llevas tu partida de matrimonio para el cambio a cónyuge.

  77. RAUL dice

    3 de diciembre de 2013 a las 2:31 pm

    Una consulta, en el area de RRHH de la empresa en donde trabajo me han dicho que tengo que presentar una Declaración Jurada de Union de Hecho, ahora ustedes me dicen que lo unico que tengo que presentar es una Declaración Jurada de Concubinato.

    ¿Cual es lo correcto?

    Espero su respuesta.

    Ante todo muchas gracias.

    Responder
  78. juan alan dice

    2 de diciembre de 2013 a las 9:09 am

    buenos dias yo quiero afiliar a mi pareja no somos casados ella esta embarazada de 8 meses cuales son los requisitos para afiliar y donde lo puedo hacer necesto respuesta urgente gracias

    Responder
  79. HENRY dice

    27 de noviembre de 2013 a las 1:25 pm

    mi pareja esta embaraza ,la quiero registrar por medio de mi seguro, hay otro formulario que presentar a parte del 1010 y declaración de concubinato.
    convivo con mi pareja hace 5 años ,ella trabajaba y tenia su seguro ,pero dejo de laborar hace 4 meses.
    agradecido por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de diciembre de 2013 a las 12:42 am

      Son los únicos requisitos.

  80. irene dice

    16 de noviembre de 2013 a las 10:10 am

    cuando uno paga un seguro facultativo se puede atender el esposo o es individual
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de noviembre de 2013 a las 11:43 am

      Es por planes, si estas pagando el seguro individual solo para es para ti, di deseas que se atiendan tu esposa o hijos, tienes que sacar un plan con dependientes.

  81. Geraldin dice

    8 de octubre de 2013 a las 9:53 pm

    Quisiera registrar a mi conviviente, pero el tiene dos hijos.. Al registrarlo tambien se registra a los niños?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2013 a las 2:20 am

      No el registro es individual.

  82. jorge atao mitma dice

    22 de septiembre de 2013 a las 7:21 pm

    como hago para afiliar a mi novia que está embarazada

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2013 a las 10:43 pm

      La puedes registrar como tu esposa o como tu concubina.

  83. isabel dice

    15 de septiembre de 2013 a las 12:50 am

    Hola miguel, yo figuro como titular en el essalud pero hace 3 años q deje de laborar , pero mi conviviente me quiere asegurar como su derechohabiente ya que mi seguro caduco, que debo hacer para que el me asegure tengo que dar de baja mi seguro anterior?? Gracias.

    Responder
  84. Catalina dice

    12 de septiembre de 2013 a las 4:05 pm

    Quiero asegurar a mi esposo, pero no puedo porque él figura como titular en essalud y tiene como derechohabiente a su hijo mayor a pesar de que el periodo de vigencia de atención fue hasta febrero del año 2012, me dicen que primero se tiene que dar de baja para poder asegurarlo como mi derechohabiente, mi pregunta es si la baja lo tiene que hacer la empresa que lo registró?? o él mismo lo puede hacer?????

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de septiembre de 2013 a las 12:22 pm

      Si el esta como titular en el essalud, significa que el ya esta asegurado, ya para que lo va asegurar como derechohabiente.

  85. Anna Feede dice

    9 de septiembre de 2013 a las 3:29 am

    Miguel; leí todos los mensajes y de verdad gracias tenia muchas dudas; mi pareja es casado pero lleva 11 años separado de su ex. Ella esta en el extranjero. Yo convivo 5 años con el. Pero ahora preciso el seguro por una enfermedad que tengo. El dice que no se puede por que es casado . Pero leí que si se puede. Sabes cuanto demora este tramite y la dirección de la oficina donde debe acudir.
    Que formularios pedir y si hay algún requisito mas que adjuntar. Mil gracias miguel. 🙂

    Responder
  86. WILIAN TAYPE dice

    6 de septiembre de 2013 a las 9:30 pm

    HOLA COMO AGO PARA Q MI CONVIVIENTE DE 8 MESES DE GESTACION SE SE ASEGURE

    Responder
  87. cesar dice

    23 de agosto de 2013 a las 11:22 am

    Buenos dias una consultado yo necesito desafiliar a mi esposa del seguro por tener 2años y medio separados ella ya tiene otra pareja pero aun estoy casado con ella como puedo hacer aun no me e divorciado que requisitos tengo que tener

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de agosto de 2013 a las 1:00 am

      Acta o Partida de defunción, o partida de matrimonio civil con anotación marginal de divorcio o disolución de vínculo matrimonial.

  88. MANUEL CAMPOS dice

    18 de julio de 2013 a las 4:34 pm

    BUENAS TARDES, SOY JUBILADO HACE MAS DE 10 AÑOS, Y CONVIVIENTE MAS DE 38 AÑOS CON TRES HIJOS, HE ESCUCHADO QUE SI FUERA CASADO RECIBIRA ADICIONALMENTE A MI PENSION S/ 80.00 SOLES MAS PARA MI ESPOSA, ESO ES CIERTO.
    ES NECESARIO QUE ME CASE PARA EFECTUAR ESE TRAMITE, O PUEDO PRESENTAR UNA DECLARACION JURADA,SI ES QUE FUERA EL CASO.
    GRACIAS.

    Responder
    • SOTO PEREZ dice

      18 de julio de 2013 a las 4:56 pm

      TENDRIAS QUE IR A UN ABOGADO.

  89. Christian dice

    12 de julio de 2013 a las 2:00 am

    Hola, buenas quisiera hacer una consulta yo estoy separado hace mas de dos años, pero mi ex pareja aun sigue afiliada a una EPS a la cual la incribi, que tramites debo realizar para desafiliarla y afiliar a mi actual pareja, actualmente tenemos firmado una acta de conciliacion ya que tenemos un hijo en comun, en el cual se registra que estamos separados. Gracias, agradecere su pronta ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de julio de 2013 a las 10:30 pm

      Dicho trámites lo manejas con tu EPS

  90. kathia dice

    2 de julio de 2013 a las 10:46 am

    hola quiero q me orientes mi seguro temino finde junio y estoy gestando ya tengo 6meses y mi esposo esta viendo los tramites que tengo qe hacer y quiero si van a poder atenderme al momento de dar a luz y si le corresponde a mi pareja la lactancia

    Responder
  91. Victor Nuñez Alarcon dice

    25 de junio de 2013 a las 8:06 am

    Miguel, te felicito y agradecemos por este apoyo ya que a veces se ignora muchas cosas en laboral, tu lo haces tan practico y llegas a mucho publico. espero que sigas difundiendo estos cursos y talleres que haces.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de junio de 2013 a las 11:03 am

      Muchas gracias amigo, de echo que seguiremos difundiendo a todo el perú.

  92. Janett Sandoval dice

    24 de junio de 2013 a las 2:14 pm

    Como hago para saber si mi pareja que esta asegurado , me ha asegurado a mi tambien como su conviviente o esposa, se puede averiguar por el numero de asegurado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de junio de 2013 a las 4:07 pm

      Si con su numero de DNI puedes averiguar eso en la pagina del Essalud.

  93. JOE PORTILLO dice

    30 de mayo de 2013 a las 9:33 am

    QUISIERA SABER QUE TRAMITES DEBO DE HACER PARA AFILIAR A MI ACTUAL PAREJA. PERO ESTOY DIVORCIADO HACE 8 AÑOS CUALES SON LO TRAMITES QUE DWBO HACER

    Responder
  94. Jose Sanchez dice

    20 de mayo de 2013 a las 11:25 am

    Mi pregunta es sobre el certificado de convivencia ese dcto. Es un ddjj que esalud entrega pero me han dicho que hay que legalizarlo y que tiene un costo de mas o menos de 800 nuevos soles , agradecería me saquen de esta duda y si hay alguna resolución de que se tiene que pagar , por indicarme la resolución

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2013 a las 11:51 am

      Para essalud solo es necesario la declaración jurada que el mismo essalud te da.

  95. Alexis Paredes Sanchez dice

    16 de mayo de 2013 a las 1:48 pm

    Quiero asegurar a mi pareja tenemos ya 4 años de convivencia entonces mes tendría que acercarme a las of. de essalud y depir el formulario de DDJJ llenarlo y nada mas o se legaliza este documento y si es asi cuento es el costo del mismo por favor agradeceria mucho sus respuestas.
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de mayo de 2013 a las 1:59 pm

      Solo es una declaración jurada simple que te lo entregan en las mismas oficinas de essalud mas el formulario 1010.

  96. CINTIA dice

    2 de mayo de 2013 a las 3:35 pm

    hola, soy cintia y mi pregunta es la sgte: mira yo tengo seguro de essalud y como derechohabiente tengo a mi hijo, y quiero saber como hago para incluir como derechohabiente a ni conviviente o donde tengo que ir para poder registrarlo y él también se pueda atender

    Responder
  97. Maximo dice

    28 de abril de 2013 a las 10:18 pm

    Hola, Trabajo en en una empresa privada soy casado y estoy separado hace años pero aun mi esposa se hace atender en mi seguro EPS, pero tengo una concubina con dos hijos, mi pregunta es puedo inscribirla a essalud para que pueda atenderse?
    Gracias

    Responder
  98. Max dice

    28 de abril de 2013 a las 10:14 pm

    Hola, Trabajo en en una empresa privada soy casado y estoy separado hace años, pero tengo una concubia, mi pregunta es puedo inscribirla a essalud para que pueda atenderse?
    Gracias
    Max

    Responder
  99. Carlos Ugarte dice

    18 de abril de 2013 a las 3:14 pm

    Hace como 10 años que me separe tengo otra pareja a la cual no puedo asegurarla a pesar de tramitar la baja de la anterior hace 10 años mi pareja actual esta gestando ya casi con 7 meses y me dicen que no se puede que tengo que tramitar la baja del anterior compromiso eso lo hago en cualquier oficina del seguro le agradeceré me oriente gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de abril de 2013 a las 8:29 pm

      Es correcto, tienes que dar de baja a tu conviviente, lo haces el trámite en essalud formulario 1085

  100. martin dice

    17 de abril de 2013 a las 5:38 pm

    En el nuevo trabajo que voy a empezar me piden una copia de la resolucion judicial de concubinato, mi pregunta es si es igual a presentar una declaracion jurada de concubinato.
    Espero respuestas gracias anticipadas.

    Responder
  101. victor dice

    13 de abril de 2013 a las 11:07 am

    hace mas de un año ya termine mi relación de concubinato como hago para desafiliar a mi ex concubina de essalud

    Responder
  102. cesar dice

    24 de marzo de 2013 a las 7:52 pm

    como registro a mi conviviente . para q pueda atenderse en mi seguro es salud.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de marzo de 2013 a las 11:18 pm

      Solo con una declaracion jurada que lo puedes descargar de la pagina del essalud + el formulario 1010 que debe ser firmada por tu empleador.

  103. cristobal herrerea cotaquispe dice

    29 de noviembre de 2012 a las 7:42 am

    es obligatorio legalizar esa ddjj ¿no basta con una constancia de conviviencia?

    Responder
  104. cristobal hererea cotaquispe dice

    27 de noviembre de 2012 a las 9:08 am

    no se como registrar ami conviviente y amis hijos en es salud por que yo estoy en planilla ¿puedo ir a cualquier centro de atencion de es salud o solo ala principal para poder registrar ami familia?
     

    Responder
  105. Jenifer Vilchez Dinegro dice

    12 de noviembre de 2012 a las 2:35 pm

    MUY INTERESANTE SU PAGINA FELICITACIONES QUISIERA HACER DOS CONSULTAS.
    QUIERO INSCRIBIR A MI PAREJA COMO MI CONVIVIENTE PARA QUE HAGA USO DE ESSALUD PERO YO AUN SOY CASADA . QUE SE PUEDE HACER GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de noviembre de 2012 a las 3:54 am

      Registralo como concubino

  106. henry dice

    31 de octubre de 2012 a las 3:12 pm

    Si ya tengo registrada a una ex conviviente, cómo hago para desafiliarla si ya no convivo con ella hace mas de tres años, y si actualmente quisiera convivir con otra persona como aria para afiliarla al mi seguro . qué hagó?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de noviembre de 2012 a las 1:40 am

      Pues ese tramite lo haces en el essalud ^^

  107. Fabiola Suncion Mandujano dice

    29 de octubre de 2012 a las 9:32 pm

    quisiera saber si yo estoy embarazada y ya estoy en los 6 meses mi pareja aun me puede inscribir en el seguro de su trabajo? para que cubra el parto, porque en el trabajo donde estoy recien nos han asegurado del mes de agosto y me dicen que no me cubre el parto .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de junio de 2015 a las 1:45 am

      Pues ya no va ser posible 🙁

  108. Miguel Torres dice

    4 de octubre de 2012 a las 3:25 am

    Es una declaración jurada que lo puedes descargar de la pagina del essalud o pedirla en la misma institución.

    Responder
  109. juan dice

    30 de junio de 2012 a las 8:35 pm

    esto tambien  se da a las empresas privadas.. en mi caso RIPLEY..?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de julio de 2012 a las 3:02 am

      Claro para todo tipo de empresa, sea publica o privada.

  110. clever dice

    26 de junio de 2012 a las 5:04 pm

    mi pareja esta registrado mas de ocho años en essalud, pero ahora al cambiarme de trabajo me piden el documento de union de hecho para darle de alta su registro, pues al salirme de la anterior empresa esta dio de baja mi registro de seguro y el de mis derechohabientes…. de todas formas tengo presentar ese bendito documento??? que por cierto es caro…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de junio de 2012 a las 10:37 pm

      Es correcto, dicho requisito es para el registro de una concubina, pero dicho requisito es para el T-Registro, para el registro en Essalud ya no es necesario, solo basta con una declaración simple, te dejo la noticia en un link ….

  111. Aurora dice

    23 de mayo de 2012 a las 5:12 pm

    LA DDJJ debe ir legalizada o es solo rellenar y firmar  el titular y concubina, mucho agardeceré su respuesta.

    Responder
  112. Carmen Cecilia Guerrero Rios dice

    4 de abril de 2012 a las 7:00 pm

    Q bueno ahora sera mas rapido asegurarnos

    Responder
  113. FERDDY REYES dice

    9 de febrero de 2012 a las 2:19 pm

    DONDE SE HACE ESTA DECLARACION JURADA Y CUANTO CUESTA

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de febrero de 2012 a las 4:34 am

      En las oficinas del Essalud, puede pedir la declaración jurada.

  114. Guillermo Bracamonte De Orbegoso dice

    16 de enero de 2012 a las 5:23 pm

    gracias x la precision

    Responder
  115. Estanislao Ysidoro Haquehua Pacha dice

    13 de enero de 2012 a las 5:40 pm

    PRIMERAMENTE DEBEMOS SABER QUE LAS LEYES SE REGIN POR JERARQUIA Y POR LO TANTO UN PROGRAMA ESTADISTICO Y DE CRUCE DE INFORMACION DEBE TENER LA SIMPLICIDAD PARA SU ELABORACION ES DECIR EL T-REGISTRO Y NO DEBE VULNERAR LA INSCRIPCION DE LOS DERECHOHABIENTES Y EN ESTE CASO EL CONCUBINATO QUE ES UNA UNION DE HECHO, APLIQUEMOS LA PRACTICIDAD.

    Responder
  116. Mirian A. dice

    11 de enero de 2012 a las 11:36 am

    En las Notarias, el costo para el Certificado de Union de Hechos cuesta alrededor de 400 nuevos soles, es mas economico casarse en un masivo. Piensenlo !!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de enero de 2012 a las 8:50 pm

      Bueno es una decisión muy importante.

  117. Wilbert Toribio Candia dice

    10 de enero de 2012 a las 9:55 pm

    Me parece que es lo correcto NO se puede discriminar a la convivencia y ademas el costo de esos documentos son muy caros ¡ Todos tenemos derecho a la Salud !
    Wilbert

    Responder
  118. Guillermo Bracamonte De Orbegoso dice

    10 de enero de 2012 a las 5:48 pm

    q bueno q se rectifique esta situación, se había complicado el registro de convivientes

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de junio de 2015 a las 1:45 am

      Si pues, pero solo es para el essalud, por que para el T-Registro sigue siendo igual.

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller Presencial SIRE SUNAT

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto