• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Establecen horario de atención al público en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

Establecen horario de atención al público en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

Publicado por Miguel Torres el 16 de febrero de 2013 2 comentarios

Mediante Resolución Ministerial N° 024-2013-TR, publicada el día viernes 15 de febrero, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha establecido que el horario de atención al público de manera ininterrumpida sea de lunes a viernes de 07:00 am a 04:30pm.

Esto es de aplicación a los órganos desconcentrados y programas que forman parte del MTPE siendo la Oficina General de Recursos Humanos la encargada de cautelar el cumplimiento de este horario.

Resolución Mineral N° 024-2013-TR

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: ministerio de trabajo, mtpe, promoción

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

2 comentarios

  1. edgar chaves dice

    11 de marzo de 2013 a las 4:01 pm

    trabaje 15 años en colombia y doce en argentina. puedo juntar esos años para juvilarme en Argentina. como ?

    Responder
  2. Carlos Murrugarra dice

    17 de febrero de 2013 a las 12:26 pm

    la resolucion ministerial 024-2013-tr.no argumenta en sus considerandos razones tecnicas ,arguyen solamente razon de atribuciones,de competencia en emitir la norma pero reitero no dan razones técnicas que demuestren el beneficio a los usuarios

    Responder

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

SIRE SUNAT Presencial 14 Junio 2025

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto