La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) dispuso mayores facilidades a los contribuyentes para poder adecuar sus sistemas e implementar de manera electrónica su registro de ventas e ingresos, así como su registro de compras, de conformidad con la RS N° 008-2013.
Así, amplía el plazo máximo que tienen los contribuyentes para anotar la información en los citados registros, que permite generar y enviar el resumen del libro electrónico.
Ahora se efectuará según el nuevo cronograma de vencimientos establecido por la Sunat de acuerdo al último dígito del RUC.
Importa precisar que los principales contribuyentes deben llevar el registro de ventas e ingresos y el registro de compras de manera electrónica desde el 1 de enero de 2013. Desde el 1 de junio lo harán con el libro diario y el libro mayor electrónico, informó una fuente del ente fiscal.
Los contribuyentes que se afiliaron voluntariamente a este servicio desde julio de 2010 tendrán mayores facilidades, puesto que solo deberán llevar el registro de ventas e ingresos, el registro de compras, el libro diario y el libro mayor de manera electrónica.
Una de las principales ventajas de este moderno soporte informático es que ya no será necesario imprimir, legalizar, ni almacenar libros y registros físicos, puesto que todo se registrará electrónicamente, lo que representa una reducción de costos para el contribuyente y facilita el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Diario El Peruano (24/01/2013)
Sharito Garcia dice
Por eso mi duda y confirmaste
Sharito Garcia dice
Gracias kchorro me dijeron q todos pero tengo uns empresa q lleva conta computarizada
Miguel Torres dice
Las empresas que son pricos
Sharito Garcia dice
quienes estan obligados?