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Financieras deben tener comedor

Publicado por Miguel Torres el 2 de septiembre de 2014 Deja un comentario

La Dirección de Inspección de Trabajo estableció esta obligación laboral para las empresas mediante la Resolución Directoral N° 278-2014-MTPE/1/20.4, por la cual se sanciona a una entidad financiera por no proporcionar un comedor a sus trabajadores que laboran en un supermercado.

Fundamento

Dicha resolución determina que el empleador infringió la norma básica de ergonomía y de procedimiento de evaluación de riesgo disergonómico, que señala que las instalaciones de la empresa deben contar con un comedor donde los trabajadores puedan ingerir sus alimentos en condiciones sanitarias adecuadas.

Agrega también que deberá proporcionarse a los trabajadores casilleros para la colocación de sus utensilios personales.

En la misma resolución, la autoridad deja constancia de haberse verificado que la empresa infractora carecía de un comedor para sus trabajadores, que por laborar en un supermercado tenían que utilizar el comedor del mismo para ingerir sus alimentos.Financieras deben tener comedor

Las empresas financieras tienen la obligación de contar con un comedor para sus trabajadores que prestan servicio dentro de un supermercado.
La Dirección de Inspección de Trabajo estableció esta obligación laboral para las empresas mediante la Resolución Directoral N° 278-2014-MTPE/1/20.4, por la cual se sanciona a una entidad financiera por no proporcionar un comedor a sus trabajadores que laboran en un supermercado.

Fundamento

Dicha resolución determina que el empleador infringió la norma básica de ergonomía y de procedimiento de evaluación de riesgo disergonómico, que señala que las instalaciones de la empresa deben contar con un comedor donde los trabajadores puedan ingerir sus alimentos en condiciones sanitarias adecuadas.

Agrega también que deberá proporcionarse a los trabajadores casilleros para la colocación de sus utensilios personales.

En la misma resolución, la autoridad deja constancia de haberse verificado que la empresa infractora carecía de un comedor para sus trabajadores, que por laborar en un supermercado tenían que utilizar el comedor del mismo para ingerir sus alimentos.

Diario El Peruano (02/09/2014)

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