Una de las novedades de los libros electrónicos para este año 2016, fue el formato 8.2 Registro de Compras No Domiciliados, un formato exclusivamente para anotar operaciones con no domiciliados.
Este formato 8.2 actualmente es uno de los temas más consultados por todas las empresas que asesoro, preguntas típicas como:
- ¿Qué información debo anotar en este formato?
- ¿Debo registrar la DUA en el formato 8.2?
- ¿Debo registrar las facturas invoice en el formato 8.2?
- ¿Pierdo el crédito fiscal si no registro una factura invoice?
- ¿No he registrado nada en el formato 8.2, tengo multa?
- ¿No me acepta el estado 1 y 6 en el formato 8.2?
Por otro lado si buscas información en la web de sunat, no hay casi nada, solo 2 preguntas frecuentes nada más.
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
Por lo tanto ante la falta de información, solo te queda un salida, practicar múltiples operaciones con el formato 8.2 y validarlos con el PLE.
En este artículo compartiré lo poco que se sobre este formato y los múltiples experimentos que he realizado.
Registro de Compras No Domiciliados
En este formato se prioriza dos operaciones con no domiciliados:
- Importación de Bienes
- Importación de Servicios
Este formato tiene una característica particular sobre el estado de las operaciones, menciona que deben ser: Estado 0 (lo puedes corroborar revisando la estructura del formato).
Si tu lees la teoría del Estado 0:
Menciona que se utiliza para operaciones optativas, sin efecto al IGV.
Miguel ¿Qué significa esto?
El uso del crédito fiscal esta relacionado exclusivamente con el formato 8.1 Registro de Compras.
Formato 8.2 Registro de Compras No Domiciliado
Miguel, entonces ¿Qué registrare en el formato 8.2?
Debes registrar la información relacionada con el no domiciliado que haya originado el uso del crédito fiscal y/o gasto, por ejemplo:
Importación de Bienes
- Formato 8.1: Anoto una DUA
- Formato 8.2: Factura Invoice
Utilización de Servicios
- Formato 8.1: Anoto una Boleta de Pago de Tributo
- Formato 8.2: Factura Invoice
En este ultimo ejemplo, tienes que tener claro las reglas del IGV en operaciones con no domiciliados, por ejemplo cuando nace la obligación tributaria:
Revisemos el inciso d) del artículo 4 de la Ley de IGV:
En la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados, en la fecha en que se anote el comprobante de pago en el Registro de Compras o en la fecha en que se pague la retribución, lo que ocurra primero.
Además de ello, tienes que tener claro cuando uno puede usar el crédito fiscal, para ello debes revisar el artículo 19 de la Ley de IGV:
En la utilización, en el país, de servicios prestados por no domiciliados, el crédito fiscal se sustenta en el documento que acredite el pago del impuesto.
Esa es la razón porque coloco “Boleta de Pago de Tributo”, que es el comprobante que sustenta el uso del crédito fiscal en el formato 8.1 Registro de Compras
Formato 8.2 Anotación sin movimiento
Miguel, ¿Qué pasa si no realizo operaciones con no domiciliados?
Si no realizas operaciones con no domiciliados, igualmente tiene que anotar el formato 8.2 sin información.
Recuerda que el PLE te solicitara los tres archivos TXTs para realizar la validación de un periodo.
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Conclusiones
- Utilizaras el formato 8.2 para anotar operaciones con no domiciliados.
- Practicar, y nada más que prácticar, en este punto las macros se imponen a los sistemas contables, porque es mucho más sencillo realizar múltiples operaciones en solo segundos.
Recomendación
- Esta semana empezamos el Curso Virtual: “SIRE SUNAT 2024”, donde aprenderás como generar el registro de compras y registro de ventas en formato electrónico, si deseas más información, te dejo este link: SIRE SUNAT 2024
Neyser dice
Muy buen aporte Miguel, una pregunta, que pasa si solo envío al PLE, el registro de compras 8.1 y el registro de ventas, y no envié el registro de compras 8.2 ya que no tengo movimiento en el registro de compras.
Hay multa por no enviar el registro de compras 8.2?
Miguel Torres dice
Es imposible hacer eso.
Sussy Cahuana dice
Una consulta por favor, si por error anote en el formato 8.1 registro de compras una operacion de no domiciliado, no gravada, como corrijo el error, para ingresarla en el formato 8.2. En el formulario 621 declaré correctamente. De antemano gracias por la respuesta.
Miguel Torres dice
No puedes corregirlo.
Oliva Riveros dice
Interesante las aclaraciones sobre los libros de compras 8.1 y 8.2.Gracias
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones.
Rick Lilia dice
Una consulta, al declarar en PDT declara fácil, me aparecen los montos declarados del PLE, pero no me aparecen los montos del 8.2 (no domiciliados) lo declaro tal cual me figura en SUNAT? o tengo que agregar ese monto en alguna casilla?
Miguel Torres dice
Los montos del 8.2 no se declaran en el declara fácil.
Cecilia Espinoza dice
Hola Miguel Consulta, los documentos de importacion Bill Of Lading se registran en el Formato 8.2 libros electronicos, y si es asi como lo registro con que tipo de documento??
Miguel Torres dice
Solo registras el invoice, ese documento no.
Karen Rossi dice
Miguel, gracias por el aporte. pero tengo una consulta, tengo un INVOICE con fecha de emisión 04-2019 pero la importación (es de un repuesto y se hace vía aérea) y pago de impuestos se hace el 16-05, asumo que esto recién se registrará en el periodo 05 y no el 04??, gracias por tu repuesta
Miguel Torres dice
En el periodo mayo puedes registrar ambos documentos.
Alejandra dice
qué debo hacer si habiendo registrado un invoice en el RC 8.2., y tomo el gasto, con posterioridad me emiten un nota de crédito
Flores dice
Hola Miguel que hago si registre mi dua pero no me salio en el reporte de compras no domiciliadas 8.2 pero si en mi reporte de registro de compras 8.1 se hace alguna rectificatoria .?
espero su respuestas slds
Miguel Torres dice
Es recomendable siempre anotar la DUA en el 8.1 y tb el invoice en el 8.2.
Lus dice
Hola Miguel me llegó una carta inductiva sobre mis libros electrónicos lo que pasa que la DUA aparece en el 8.2 cómo subsano ese error
Miguel Torres dice
En el registro de compras formato 8.1 no se puede agregar comprobantes.
Shirley dice
Muchas gracias por la información, disculpe por molestar, me gustaría que me aclare una duda, los servicios que se realizan fuera del país con no domiciliados, se registran en el 8.2 ? y si no es ahí, los registro solo en el diario? Muchas gracias de antemano
Miguel Torres dice
Una regla basica es, si genera IGV No Domiciliados los anotas en el Formato 8.2, de lo contrario solo en diario.
Cristian dice
Hola, Si me olvide de anotar mis INVOICE en mi libro 8.2 hay algunas multa .. puedo rectificar eso?. gracias
Miguel Torres dice
Ya no puedes agregar un invoice en un periodo ya declarado.
Kriss dice
Hola miguel, no tengo operaciones con no domiciliados, y cuando tengo que enviar mis libros electrónicos del formato 8.2 sale con error, pidiendo que registre algunos datos que son obligatorios, que debo hacer.
gracias.
Miguel Torres dice
Solo adjunta en blanco el formato 8.2.
Miguel dice
Buenas tardes estimado Miguel, tengo una duda con el registro del INVOICE, en el LE 8.2 ¿que tipo de cambio debo considerar: INVOICE – reconocimiento de embarque?
De antemano gracias ¡¡
William Rivas dice
Gracias por el aporte.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Elais Pintado dice
Hola buenos días Miguel ,que puedo hacer cuando se me presentan las siguientes inconsistencias en PLE 8.2, columna 21 me pide identificación de sujeto no domiciliado y en la columna 31 convenios para evitar la doble imposición.
Miguel Torres dice
Tienes que colocar el numero de RUC del no domiciliado (NIT, RUT, etc), y si no hay convenio con el país de origen, pones 00.
Elvis dice
Miguel, Gracias por tanto apoyo. Una consulta, Si tengo Comprobantes de No Domiciliados que no están afectos al IGV. Debo registrar alguna información en el 8.1 relacionado a esos comprobantes a presentar en el 8.2? Alguien me comentó que en el 8.1 va los datos de la PDT 617 de la retención de renta de esos comprobantes. ¿Cómo presento esos comprobantes en los Libros?
Miguel Torres dice
Si no tiene efectos en el IGV, solo registras en diario el invoice.
Miguel Olaza dice
Hola Miguel como estas.. te agradezco por la ayuda tengo una consulta .. soy del Régimen Especial y realice una importación donde me cobraron IGV y aranceles.. crees que eso se pueda recuperar al estar importando bienes?.. de otro lado como lo anoto en mi libro de compras para tener el crédito fiscal.. utilizo el 8.3 simplificado..
Gracias
MIGUEL OLAZA
Miguel Torres dice
Podrás usar dicho crédito tipificado en la DAM, ademas de las percepciones.
Violeta Mendizàbal Paredes dice
Buen dia, mira tengo que presentar PLE por el RC y RV del 2015 el RV ya me valido Ok. por el RC yo tenia docs. del 2014 me dijeron que tenia que elaborar PLE 8.1, 8.2 lo hice pero a la hora de validar me dio error he revisado todo
Miguel Torres dice
Quizás el error sea el estado que estas colocando a cada operación.
jose silva dice
Hola Miguel
Tengo que presentar el registro de no domiciliado, solo un proveedor de España que nos hace el servicio de:
Representación Comercial para el mercado español ,que tipo de renta seria de la tabla 31 , no esta afecta a igv ni renta
SEGÚN SU FACTURA DICE OPERACIÓN NO SUJETA A IVA POR EL ARTICULO 69 (ESPAÑA)
Leticia Medina dice
Soy nueva con los PLE.
Por favor díganme si no tengo importación como debo subir este formato vació sin siquiera las barras o como?
Gracias,
Miguel Torres dice
Es correcto, si no tienes información lo envías vacío.
Rosa dice
Miguel Hola , algún otro taller sobre el formatos 8.2
Miguel Torres dice
El domingo 08 de Enero.
Nilton Bazalar dice
Cuando taller registro de compras 8.2 no domiciliado.
Miguel Torres dice
Te paso el link a tu correo del proximo taller.
Jean Paul dice
Estimado Miguel,
Tendrás un ejemplo de un archivo del formato 8.1 y 8.2 para una importación, tengo dudas de como hacer la declaración sobre los montos a declarar.
Gracias!
Miguel Torres dice
En el taller de libros electrónicos enseño dichos ejemplos.
Kelly dice
Hola Miguel, tu que haces consumos de facebook, has logrado que ellos asuman el pago del IR, te reembolsan?. Por fa tu apoyo con esto. ya que ellos primeron solicitan el pago para brindar el servicio. pero no hay forma de retener el impuesto.
Saludos
Miguel Torres dice
Es correcto, no le puedes retener. Nunca he realizado dicho tramite debido a que los montos no lo ameritan en mi caso. Pero si he visto el caso de microsoft que no te devuelve, pero lo asume contra pagos futuros la retención.
Sandra dice
Hola Miguel, si este periodo declaro el Invoice en el 8.2 puedo declarar la boleta de pagos varios en el periodo siguiente?
Miguel Torres dice
Si puedes hacerlo, puedes anotar el pago de tributo en un periodo posterior.
Sharit dice
Para el registro de la boletas de venta en el registro de compras, también se debe poner el estado 0.
Miguel Torres dice
Es correcto, comprobante optativo, sin derecho la crédito fiscal, se anota en el formato 8.1.
Sonia dice
Hola un próximo taller referente a este tema?
Miguel Torres dice
Te paso la información por email.
Dina dice
Hola Miguel una consulta hemos realizado la importación de una maquina y la DUA lo registramos en el registro de compras 8.1 (Julio) pero no hemos realizado la recepción de invoice hasta la fecha (es probable que no nos envíen) y el libro 8.2 se declaro en cero en ese mes, ¿Qué podría realizar al respecto y si hay sanción alguna?
Gracias por tu aporte.
Miguel Torres dice
En ese caso si no lo tienes no lo registraras, pero como vas justificar la salido del dinero (pago al no domiciliado), no me confiaría a no registrar nada.
Jhoana dice
Hola Miguel, que sucede si una empresa ha registrado los comprobantes de pago de un No Domiciliado en el 8.2 y no lo consideró en el 8.1 pero si se utilizó el Crèdito Fiscal. Como se puede corregir ese error, lo puedo incluir en el libro siguiente.
Espero tu ayuda,
Muchas Gracias
Miguel Torres dice
El comprobante del no domiciliado solo se anota en el Formato 8.2, en el formato 8.1 se anota los comprobante que otorgan credito fiscal. Si no has anotado en el formato 8.1 ya no puedes corregir dicho error.
Maria dice
Buenos dias Miguel, una consulta , nosotros hemos tenido DUAS y efectivamente lo hemos venido registrando en el formato 8.1, pero en el formato 8.2 lo hemos presentado sin información. Como puedo subsanar esto… hay alguna multa?
Miguel Torres dice
No se puede solucionar dicho error.
Rosana dice
Disculpa Miguel, en este caso no se puede presentar en el siguiente mes con estado 9…asi corrijo lo anterior…el formato 8.2.gracias
Mer dice
Hola Miguel que sucede si la empresa por error el igv no domiciliado ha informado en el formato 8.1 de meses anteriores que deberia hacer? A la espera de su respuesta
Miguel Torres dice
En ese caso la anotación debe que dar tal como esta, porque en principio ah utilizado el estado 0 (anotación optativa), no tendrá incidencia su anotación en el formato 8.1. El problema será la falta de anotación en el formato 8.2
Giovanna dice
Buenas tardes, me gustaría saber si tendrás un proximo taller de practica de libros electrónicos me encantaria asistir pronto.
Miguel Torres dice
El proximo taller es para el Sábado 17/09, te mando la información al email.
Camucha dice
Hola Miguel
tengo la siguiente consulta ya me quedo claro que las facturas invoice de importaciones van registradas en el formato 8.2 pero yo no declare en el pdt 621 estas facturas invoice dime a pesar que no las declare en el pdt 621 puedo registralas en el formato 8.2 y luego hacer las rectificatorias de los pdts 621?
Miguel Torres dice
Las facturas invoice no se declaran en el PDT 621.
Jhon dice
Hola Miguel, buen aporte, respecto a la pregunta de Camucha, dices que las facturas INVOICE no se declaran en el PDT 621?, entonces que pasa con la casilla 114 (compras importadas) de dicho PDT, gracias de antemano por tu respuesta.
saludos,
Miguel Torres dice
Ahi se declara el DAM.
Yo dice
Miguel Slds, Y que hay de la Casilla 122 “Compras Importadas no Gravadas”
Jacky dice
Hola Miguel me gustaría ir a un taller full práctico de libros electrónicos, hay alguna pronto?
Miguel Torres dice
El Sábado 03 de Setiembre.
RAFAEL dice
Miguel : si un contribuyente está obligado a llevar R.C, R.V y L.D.F.S (NO obligado a llevar LIBROS ELECTRÓNICOS aún) Y En el 2016 realizo 2 importaciones, ¿está obligado a llevar el R. compras de no domiciliados? Mi duda es esa. ya que solo e visto el formato 8.2 Reg. compras no domiciliados pero en los L.E.. solo Existe el formato 8.2 en los L.E. verdad?
Mer dice
Hola Miguel en el registro de compras no domiciliado la invoice tiene un tipo de comprobante de pago N°91, esta información no se registra en el formato 8.2 ?
Miguel Torres dice
Es correcto el invoice se registra en el formato 8.2
Felix dice
Excelente comentario Miguel.
Como bien dices en una respuesta a un comentario, nos avisas para un taller que dictes sobre NO DOMICILIADOS incluyendo su declaración en los LIBROS ELECTRONICOS. Muy agradecido por tu atención y servicio.
Miguel Torres dice
Okis, gracias por el comentario.
Tania dice
Hola Miguel,una consulta ,cuando podrias dar un taller sobre todo lo que abarca a no domiciliados ,es decir tema tributario y contable, seria excelente taller, habemos personas que aun no dominamos bien el tema, gracias y buen fin de semana.
Miguel Torres dice
Es un tema muy interesante y a la vez muy amplio, este segundo semestre llevare un curso sobre IR donde espero ver dichos temas, espero que para fines año lo puede dictar.
Mariella dice
Gracias Miguel por el aporte, lindo fin de semana. Como dices y/o recomiendas empezare con las validaciones de LE.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Danny Martin Pachas Gonzales dice
Una muy buena lección miguel ok, saludos.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Charo dice
Previo un cordial saludo, el tema es interesante y nos absuelve mucha dudas que tenemos, gracias por todo Miguel.
Saludos y buen fin de semana.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario 🙂
Gilma Huaman Trejo dice
Buenas tardes, importante sobre el formato de 8.2
gracias.
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Omar Jovany Panta Chero dice
Muy bueno !!! Gracias Miguel…
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Magda dice
Miguel justo estoy por presentar los LE este mes recién con oprec.no dom. me confunde un poco aparte de declararlos por el 8.2 tambien hay que incluirlos en el 8.1? no se duplica la información? si bien pagamos el igv por tres invoices las tres estan en el 8.2 osea hay que incluirlas también en el 8.1? me confirmas por favor. Gracias.
Miguel Torres dice
Claro, porque el IGV lo reconoce el formato 8.1, más no el el formato 8.2, llenas el formato 8.2 como complemento de la información (para que sunat sepa los datos del no domiciliado).
Magda dice
Gracias, ya me aclaro mejor este tema.
Mer dice
Hola Miguel que sucede si la empresa está informado el IGV en el formato 8.1 y 8.2.
Ejemplo IGV=500, en el formato 8.1 se esta informando 400 y en el formato 8.2 100
Estaría cometiendo alguna infracción, lo peor es que el PLE lo acepta.
Espero sus comentarios
Gracias
Miguel Torres dice
Esta incorrecto, porque el IGV se anota en el formato 8.1 y en el formato 8.2 la información del comprobante del no domiciliado.
Esau Chules dice
Miguel estoy llevando libros electrónicos y cuando hago la presentación en compras me sale error, ademas no me acepta las boletas de venta solo me acepta las facturas cual es el motivo?
Miguel Torres dice
El problema debe ser el estado, coloca 0.
Katherine B dice
Hola Miguel
Aparte de que un pago de tributo (ejem. igv no domiciliado) es decir el comprobante 1662 se declare en el formato 8.1
Para efectos del llenado del PDT 621 está correcto que lo considere en la casilla de importaciones?
Gracias de antemano.
Miguel Torres dice
Es correcto, en el formato 8.1 llenaras el comprobante de pago “46” – Boleta de pago Varios.
Mer dice
Miguel una consulta que número registro en el formato 8.1 el que dice número de operación?
Miguel Torres dice
Los datos los obtienes del boucher, la serie 1662, el numero: es el numero de operación.
Lucero dice
Estuvo interesante aunque ya me habia dado cuenta!! pero no sabia que habia cambiado de formato al 8.2. Pregunta: en que articulo de impuesto a la renta, encuentro más información de los no domiciliados?
Miguel Torres dice
Tienes que leer todo, desde un inicio, primero para saber si una operación esta gravada con impuesto a la renta (basico), porque no todo esta gravado, yo re comiendo que le des una repasada con tu resaltador.