• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta

Foro para Contadores

Menú
Forum Navigation
ForoActividadAccedeRegístrateEventosRecursosCursos
Forum breadcrumbs - You are here:Foro de ContadoresPreguntas Suscriptores: Temas TributariosFacturas años anteriores consider …
Por favor, Accede o Regístrate para crear mensajes y debates.

Facturas años anteriores considerados en el PLE

Ros123@rosacus
21 publicaciones
#1 · 11 de mayo de 2023, 5:32 pm
Cita de Ros123 en 11 de mayo de 2023, 5:32 pm
  1. Hola Miguel, tengo este caso en enero del 2023 el anterior contador envio compras en el libro electronico 8.1 archivo txt por un valor de 29000 soles son compras del año anterior, como seria el tratamiendo contable en este caso ya que estas compras no se han debido de enviar en las compras de enero 2023 porque son compras de año anterior de meses setiembre, noviembre y dicembre del 2022...

  1. Hola Miguel, tengo este caso en enero del 2023 el anterior contador envio compras en el libro electronico 8.1 archivo txt por un valor de 29000 soles son compras del año anterior, como seria el tratamiendo contable en este caso ya que estas compras no se han debido de enviar en las compras de enero 2023 porque son compras de año anterior de meses setiembre, noviembre y dicembre del 2022...
Click for thumbs down.0Click for thumbs up.0
Miguel Torres@misha
373 publicaciones
#2 · 11 de mayo de 2023, 8:02 pm
Cita de Miguel Torres en 11 de mayo de 2023, 8:02 pm

Si pueden enviarse para usar el IGV, porque se puede usar hasta 12 meses posterior a su fecha de emisión, esta claro que el gasto y/o costo no podrás usar.  El gasto lo adicionas en dicho ejercicio, si vas a registrarlo así:

63
40
42

 


Si pueden enviarse para usar el IGV, porque se puede usar hasta 12 meses posterior a su fecha de emisión, esta claro que el gasto y/o costo no podrás usar.  El gasto lo adicionas en dicho ejercicio, si vas a registrarlo así:

63
40
42

 

Click for thumbs down.0Click for thumbs up.0
Por más dinero que tengas … nunca podrás comprar “TIEMPO” … aprovecha cada segundo al 100%
Ros123@rosacus
21 publicaciones
Autor del debate
#3 · 12 de mayo de 2023, 9:52 am
Cita de Ros123 en 12 de mayo de 2023, 9:52 am

entonces tendria que rectificar la DJ anual del año 2022, y rehacer mis tados financieros supongo, y ese gasto lo derivo a mis cuentas de destino de gasto 94 o ya sea 95 segun corresponda y rectifico tambien esas casillas o solo lo mando a adiciones todo ese gasto..?? o da igual donde lo mande igual se deduciera la utilidad mensual y por lo tanto el tributo determinado??

 


entonces tendria que rectificar la DJ anual del año 2022, y rehacer mis tados financieros supongo, y ese gasto lo derivo a mis cuentas de destino de gasto 94 o ya sea 95 segun corresponda y rectifico tambien esas casillas o solo lo mando a adiciones todo ese gasto..?? o da igual donde lo mande igual se deduciera la utilidad mensual y por lo tanto el tributo determinado??

 

Click for thumbs down.0Click for thumbs up.0
Miguel Torres@misha
373 publicaciones
#4 · 12 de mayo de 2023, 12:48 pm
Cita de Miguel Torres en 12 de mayo de 2023, 12:48 pm

Si no los registraste en el 2022 (donde tuviste que usar el gasto), puedes rectificar y esta claro que la utildiad bajara. 


Si no los registraste en el 2022 (donde tuviste que usar el gasto), puedes rectificar y esta claro que la utildiad bajara. 

Click for thumbs down.0Click for thumbs up.0
Por más dinero que tengas … nunca podrás comprar “TIEMPO” … aprovecha cada segundo al 100%
Francisco Espinoza@francisco-espinoza
1 publicación
#5 · 12 de mayo de 2023, 3:28 pm
Cita de Francisco Espinoza en 12 de mayo de 2023, 3:28 pm

Miguel, es posible no rectificar, ¿pero si considerar en la DJ anual del 2022 como una adición y considerar según el registro como gasto del año anterior y agregarlo en la determinación del IR del 2023?


Miguel, es posible no rectificar, ¿pero si considerar en la DJ anual del 2022 como una adición y considerar según el registro como gasto del año anterior y agregarlo en la determinación del IR del 2023?

Click for thumbs down.0Click for thumbs up.0
Miguel Torres@misha
373 publicaciones
#6 · 15 de mayo de 2023, 12:08 pm
Cita de Miguel Torres en 15 de mayo de 2023, 12:08 pm

No es posible.

 

No es posible.

 
Click for thumbs down.0Click for thumbs up.0
Por más dinero que tengas … nunca podrás comprar “TIEMPO” … aprovecha cada segundo al 100%
Publicar respuesta: Facturas años anteriores considerados en el PLE
Cancelar
Feed RSS

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller Sire Presencial 12 de Julio 2025

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto

Insertar/editar un enlace

Introduce la URL de destino

O enlaza a contenido ya existente

    No se ha especificado ningún término de búsqueda. Mostrando los elementos recientes. Busca o utiliza las teclas de flecha arriba y abajo para seleccionar un elemento.