Participación de trabajadores
Cita de Dennis en 4 de mayo de 2023, 4:14 pmHola Miguel,
Respecto al calculo de la DJ anual, cuando la empresa obtiene utilidad tributaria se calcula la % legal del 10% lo que es deducible tributariamente cuando se realiza el pago. Mi duda es la siguiente: al llenar los datos del formulario 710, en la base imponible del IR (el importe que se arrastra del ER) incluye la provisión de la participación de trabajadores generada a diciembre del periodo 2022, entendiendo que ya esta considerada como gasto, sin embargo en los papeles de trabajo de algunas empresas las veo que las vuelven a considerar como una linea adicional de deducibles, es esto correcto? cual seria el criterio de esto?
Hola Miguel,
Respecto al calculo de la DJ anual, cuando la empresa obtiene utilidad tributaria se calcula la % legal del 10% lo que es deducible tributariamente cuando se realiza el pago. Mi duda es la siguiente: al llenar los datos del formulario 710, en la base imponible del IR (el importe que se arrastra del ER) incluye la provisión de la participación de trabajadores generada a diciembre del periodo 2022, entendiendo que ya esta considerada como gasto, sin embargo en los papeles de trabajo de algunas empresas las veo que las vuelven a considerar como una linea adicional de deducibles, es esto correcto? cual seria el criterio de esto?
Cita de Miguel Torres en 4 de mayo de 2023, 10:56 pmEn la medida que pagas las utilidades antes del vencimiento de la DJ Anual, deduces el gasto, de lo contrario es una diferencia temporal. Solo deberían considerar una sola vez el gasto.
En la medida que pagas las utilidades antes del vencimiento de la DJ Anual, deduces el gasto, de lo contrario es una diferencia temporal. Solo deberían considerar una sola vez el gasto.