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Declaración de Beneficiario Final
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Información del tema: 23/12/2022 9:11 am
Modifican el plazo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 000041-2022/SUNAT para que los entes jurídicos presenten la declaración del beneficiario final
“ b) los entes jurídicos inscritos en el Registro Único de contribuyentes hasta el 31.12.2023 y que no se encuentren con baja de inscripción a la fecha que les corresponda presentar la declaración, quienes la deben presentar hasta las fechas de vencimiento que se establezcan para el cumplimiento de las obligaciones de declaración y/o pago de los tributos administrados y/o recaudados por la Sunat correspondientes al periodo diciembre de 2023, o de ser el caso, de sus prórrogas”.