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Información del tema: 16/09/2022 10:58 am
Indemnización por despido arbitrario es la única reparación frente al despido
Corresponde otorgar la indemnización por daño moral, como consecuencia de haber sido despedido en forma arbitraria, tomando en cuenta las situaciones de hecho que rodean al trabajador, así como el sufrimiento y angustias producto del despido, hechos que son puntos de apoyo suficientes para acreditar este tipo de daño y efectuar una valoración equitativa, de conformidad en lo establecido en el Código Civil.
En ese contexto fáctico y legal, resulta legalmente inviable proceder a disponer el pago de una indemnización adicional por daño moral, pues el artículo 34° del TUO 728 es claro en establecer la indemnización tasada como única reparación por el daño sufrido; más aún si en esta daño indemnizable tiene que acreditarse el nexo causal, sobre la base de los medios probatorios.