Avisos
Vaciar todo
Cese Laboral
1
Respuestas
1
Usuarios
0
Reactions
469
Visitas
Información del tema: 07/11/2023 7:50 pm
De acuerdo con el artículo 1332 del Código Civil, el juez puede fijar el monto indemnizatorio bajo una valoración equitativa, en los casos donde exista una dificultad para acreditar el daño; sin embargo, dicha facultad no debe interpretarse extensivamente para la sustitución de todas las comprobaciones alegadas por las partes”.
El "daño moral" sea cual fuere el ámbito procesal en el que se invoca se deba acreditar, y en caso de imposibilidad de probanza, el juzgador debe hacer un análisis ponderado de los medios de prueba que tenga a fin de fijar el quantum indemnizatorio.