Buenos días estimado Miguel, un gusto saludarte, quisiera estar seguro si una asociación sin fines de lucro, que goza de la exoneración del impto. A la renta, (inc B art. 19) aprobada por sunat, han presentado su DJ 2019 y 2020 en cero, porque el Contador les ha indicado que no tienen obligación de declarar cifras, por cuanto al estar exonerados no tienen multa, ni tampoco de llevar libros contables. (ficha ruc indica régimen MYPE TRIBUTARIO).
¿Es correcto esta afirmación de presentar en cero? (mi opinión es no)
¿deben llevar contabilidad es decir deben tener contador o no? (mi opinión es sí)
Me gustaría tu opinión, porque es muy importante tus comentarios siempre bien sustentados. Muchas gracias.
Estimado Miguel, si la asociacion no emite comprobantes de pago, solo recibe el aporte de los socios para gastos que genera la asociacion. igual debe presentar declaraciones mensuales, seria con monto cero. Agradezco tu respuesta.