Buenas noches
Por favor su apoyo a estás consultas régimen general
1. Una trabajadora solo asistió a trabajar hasta el 31 de julio, pero por temas administrativos recién me informaron el día de hoy. Si la ceso con fecha de hoy 26/08,bajo que concepto la debería dar de baja? (En t registro no hay abandono de trabajo). Esto puede generar alguna contingencia?; la trabajadora tampoco ha reclamado su liquidación.
O que tratamiento le debo dar?
2. Si un trabajador ingresó a trabajar el 25/07, firmó contrato indefinido como personal de confianza y con seis meses de periodo de prueba, se le da de baja con fecha 26/08 por no pasar periodo de prueba. Puede reclamar el pago por concepto de horas extras?, Si como personal de confianza no corresponde dicho pago.
Gracias de antemano por tu apoyo.