Estimado Migue si en enero del 2023 se compró un vehículo destinados a la dirección, representación y administración de la empresa,por el valor de S./ 100000, y la compra se realiza vía leasing en 2 años, y aplico la depreciación acelerada,entiendo que cada año puede aprovechar un 50 % del valor del vehículo es decir cada mes con el pago realizado por la cuota se aprovecharía el (50/12)% . la pregunta sería la sgte: se tiene que devolver lo que se aprovecho de forma acelerada en sgte ejercicio?me comentaron que la depreciación debio ser S/. 20000 x año pero como se aprovechó de forma acelerada S./ 50000 x año esa diferencia de S./ 30000 debería devolverse en el sgte ejercicio
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Nov 06, 2023 1:13 pm
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