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Información del tema: 20/04/2022 1:17 pm
Revisión de declaración rectificatoria
La facultad de la Administración Tributaria para emitir pronunciamiento respecto a la veracidad y exactitud de los datos contenidos en las declaraciones juradas rectificatorias que disminuyen la obligación tributaria no se encuentra comprendida dentro de los alcances del proceso de verificación a que se refiere el último párrafo del numeral 88.2 del artículo 88 del TUO del Código Tributario.
El ejercicio de la facultad para pronunciarse sobre la veracidad y exactitud de los datos contenidos en una declaración rectificatoria que determina menor obligación se rige por el TUO del Código Tributario y demás normas tributarias y, supletoriamente por los principios establecidos en el TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General.
PATRICIA DEL PILAR CORDOVA DENEGRI reaccionó
20/04/2022 6:11 pm
HE RECTIFICADO PDT RENTA ANUAL 2020 , EN LO QUE SE REFIERE SALDOS DEL BALANCE GENERAL Y DESPUES SE PRESENTO PDT RENTA ANUAL 2021
DATOS: ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO, EXONERADA DEL IMPTO RENTA
DEBO PAGAR MULTA ??? X RECTIFICATORIA
Información del tema: 20/04/2022 10:02 pm
@carolina-palacios no pagas multa si no hay tributo omitido por pagar.