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Información del tema: 19/02/2023 11:11 pm
Recuperación de condición de sujeto domiciliado
El sujeto peruano que hubiere perdido su condición de domiciliado recuperará dicha condición a su retorno, pero dicho cambio surtirá efecto en el ejercicio siguiente al de su llegada al país, salvo que su permanencia en este sea menor a ciento ochenta y cuatro (184) días calendario dentro de un periodo cualquiera de doce (12) meses.