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Información del tema: 20/07/2022 11:19 am
El gasto por servicios de auditoría se devenga en el período en que se recibe los resultados
Se confirma la apelada en lo referente al reparo por gastos de auditoria no devengados en el ejercicio 2005, al haberse verificado que por su naturaleza dichos servicios están supeditados a un resultado que se verificará cuando se presente el informe correspondiente al trabajo de auditoria realizado, lo que en el presente caso aconteció en el ejercicio 2006, por lo que no correspondía que fueran deducidos en el ejercicio fiscalizado.Se dispone que se reliquide la multa.