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Impuesto a la Renta
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Información del tema: 28/06/2022 9:58 am
Está prohibida la deducción de los gastos por multas y sanciones
Asimismo, se señala que debe mantenerse el reparo a los gasto por multas y sanciones, toda vez que la recurrente dedujo gastos por concepto de sanciones administrativas fiscales que no son deducibles del Impuesto a la Renta, y que también debe mantenerse el reparo a los gastos de los ejercicios, puesto que la recurrente no ha acreditado el supuesto de excepción establecido en el artículo 57° de la Ley del Impuesto a la Renta.