Incentivos para renuncia del trabajador por acuerdo contractual cumple con causalidad
Los pagos que se efectúen como incentivo para renunciar al trabajo es reconocido como un gasto causal siempre que la contribuyente sustente que efectivamente incurrió en dicho gasto y que además es razonable y proporcional en función a las rentas obtenidas en el ejercicio.
Se revoca la apelada en el extremo del reparo por liberalidad de gastos por concepto de indemnizaciones diversas a terceros sin vínculo laboral toda vez que la suma de dinero entregada a favor del ex trabajador no responde a una liberalidad sino que proviene de una obligación de carácter contractual asumida por la recurrente como parte de la negociación para la extinción del vínculo laboral cumpliendo con el principio de causalidad.