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Impuesto a la Renta
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Información del tema: 17/06/2022 9:28 am
Viajes de los trabajadores [Principio de Causalidad]
Que de lo expuesto se infiere que a efecto que un gasto sea deducible para la determinación del Impuesto a la Renta, debe cumplir con el principio de causalidad, que es la relación existente entre en egreso y la generación de la renta gravada o el mantenimiento de la fuente productora; por lo que para la procedencia de la deducción por gastos de viaje, se debe acreditar con la documentación pertinente, la necesidad de su realización para el desarrollo de la actividad productora de la renta gravadas, correspondiendo analizar si la recurrente ha cumplido con acreditar la necesidad del viaje, es decir, si resultaba indispensable para la generación de renta, con la correspondencia o documentación pertinente.