Multa por no anexar el balance de comprobación en la Declaración Jurada Anual.
Que sin perjuicio de lo expuesto, y a título ilustrativo cabe señalar que la infracción por no anexar el Balance de Comprobación en la declaración jurada del Impuesto a la Renta se sanciona con el numeral 8 del artículo 176° del Código Tributario, conforme con la Resolución del Tribunal Fiscal N° 00936-8-2018.
Al respecto la infracción del numeral 8 del artículo 176 del código Tributario menciona: Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin tener en cuenta la forma u otras condiciones que establezca la Administración Tributaria.