Trabajador referente de una misma area
Se declaran nulos el resultado de requerimiento emitido al amparo del artículo 75 del Código Tributario y la resolución de determinación, en el extremo en que se adiciona la observación por no haber acreditado la recurrente el inicio del cómputo de la depreciación de reflectores, recién en dicho resultado, y en aplicación del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 27444, se declara nula la resolución apelada en dicho extremo. Se revoca la apelada en el extremo del reparo por exceso de depreciación del activo quiosco por el cual se presentó el voucher diario con el cual se acredita el cumplimiento del requisito de contabilización de la depreciación, y el reparo por exceso de valor de mercado de las remuneraciones de los gerentes de producción, de operaciones y de administración y desarrollo, toda vez que la Administración seleccionó como trabajadores comparables, en aplicación del numeral 1.3. del inciso b) del artículo 19-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, a los trabajadores mejor remunerados del grado, categoría o nivel jerárquico inmediato inferior dentro de la misma área de dichos gerentes, y no de toda la organización, lo que no se encuentra arreglado a ley. Se confirma la apelada en lo demás que contiene, debiendo la Administración reliquidar los valores impugnados.