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Información del tema: 26/10/2022 11:39 am
Contrato de arrendamiento con fecha posterior al consumo del gasto no acredita la causalidad
Que cabe precisar que la Administración reparó los gastos a que se refieren los mencionados comprobantes de pago alegando únicamente que eran ajenos al giro del negocio, y asimismo que, la recurrente ha sostenido que tales erogaciones fueron efectuadas respecto del automóvil que alquiló para cumplir con sus labores habituales de administración, dirección y representación.
Que de lo actuado se verifica que la recurrente no ha sustentado que los gastos antes indicados estuvieran vinculados con sus actividades generadoras de rentas o el mantenimiento de su fuente, toda vez que durante la fiscalización no presentó documento alguno que demostrase efectivamente su destino o finalidad y por tanto, la relación de causalidad de tales adquisiciones, pues si bien alegó que tales gastos fueron realizados con relación al vehículo que alquiló para efectuar sus actividades de administración, dirección y representación, a efecto de acreditar ello se limitó a adjuntar un contrato de alquiler sobre el automóvil marca Suzuki, modelo Aerio 2004, con Placa de Rodaje FH-7081, celebrado recién el 1 de julio de 2005, esto es, con posterioridad a la fecha de emisión de los comprobantes de pago observados.