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Impuesto a la Renta
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Información del tema: 27/06/2022 1:59 pm
Condiciones para el acogimiento al 95% de rebaja sobre la infracción numeral 4 CT del artículo 178
Se confirman las apeladas que declararon infundadas las reclamaciones formuladas contra las resoluciones de multa giradas por la comisión de la infracción tipificada por el numeral 4 del artículo 178° del Código Tributario, vinculadas a las Aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones y las retenciones del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría de febrero de 2017 y febrero de 2018, puesto que se corroboró que la recurrente no cumplió con cancelar la totalidad de las mencionadas retenciones dentro de los plazos establecidos y, en consecuencia, se acreditó la comisión de la infracción imputada.