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Información del tema: 21/09/2022 11:34 am
Cierre de requerimientos en una fiscalización
Se indica que la recurrente alega la nulidad del procedimiento de fiscalización dado que el cierre de dos requerimientos (distintos al primero) se hizo en fecha posterior a la señalada en el requerimiento, luego de la evaluación de la documentación presentada por la recurrente. Al respecto, la presente resolución tiene carácter de observancia obligatoria en cuanto establece el siguiente criterio:
En el caso del segundo y demás requerimientos de fiscalización, si el sujeto fiscalizado presenta y/o exhibe parcialmente lo solicitado, el cierre del requerimiento se efectuará una vez culminada la evaluación de la documentación o información presentada.