Avisos
Vaciar todo
Infracciones Tributarias
1
Respuestas
1
Usuarios
0
Reactions
624
Visitas
Información del tema: 11/04/2023 2:09 pm
Régimen de gradualidad es aplicable si el contribuyente paga la totalidad de la multa rebajada
Se indica que dado que al momento de efectuar el pago de la sanción contenida en la aludida resolución de multa, la recurrente había presentado recurso de reclamación contra tal valor, no correspondía aplicar la rebaja del 60% establecida en el Régimen de Gradualidad. Asimismo, en cuanto a la aplicación de la rebaja del 40% establecida en el citado Régimen de Gradualidad, se señala que si bien la recurrente efectuó el pago antes indicado, con anterioridad al vencimiento del plazo establecido por el primer párrafo del artículo 146 del Código Tributario para impugnar la resolución apelada, dicho pago no cubrió la totalidad de la multa con la rebaja del 40% aplicable más los intereses devengados hasta la fecha de pago, por lo que tampoco le corresponde la citada rebaja.