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Infracciones Tributarias
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Información del tema: 30/09/2022 10:44 am
No exhibir los libros y registros contables configuran infracción del artículo 177 del Código Tributario.
Se confirma la resolución apelada que declaró infundada la reclamación interpuesta contra las resoluciones de multa giradas por las infracciones tipificadas por los numerales 1 y 5 del Código Tributario, al haberse acreditado que la recurrente no exhibió la documentación requerida ni proporcionó la información solicitada, vale decir, el Libro de Actas de Junta de Accionistas y de Directorio, Libro de Matrícula de Acciones, Libro de Inventario y Balances ni el Registro de Activo Fijo, ni con proporcionar copia de la base de datos, en dispositivo de almacenamiento en formato Excel o Texto de los Libros y Registros Solicitados por lo que incurrió en la comisión de las infracciones previstas en los numerales 1 y 5 del artículo 177 del Código Tributario.