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Información del tema: 12/10/2023 6:36 pm
Las horas extras puede manifestarse de forma expresa o tácita.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL ha precisado que la autorización para prestar servicios en sobretiempo (horas extras) puede manifestarse de forma expresa o tácita y, en este segundo escenario, el solo hecho de que el trabajador acredite haberse quedado a laborar más allá de la hora de salida, genera la presunción de que ha realizado trabajo en sobretiempo con autorización (tácita) de su empleador. En este sentido, corresponderá al empleador acreditar con rigurosidad que el trabajador permaneció en las instalaciones de la empresa por cualquier otra razón distinta a la de ejecutar trabajo adicional. No basta alegar que el Reglamento Interno de Trabajo de la empresa indique que toda prestación de servicios en sobretiempo deba ser autorizada por el jefe inmediato.