Estimado Miguel. las AFP están enviando notificaciones y muchas ya de ellas con sentencias judicial, el tema aquí es que son de los años 2004 al 2012, por trabajadores que trabajaron en su momento, y se les descontó y se pago pero no a la AFP sino, a la ONP, ahora la ONP no devuelve de esas fechas los pagos indebidos, ahora sobre que ley las AFP pueden cobrar deudas con mas de 18 años de antigüedad?, desde ya gracias por tu respuesta.
Estimado Miguel, en el presente caso, nos ha llegado un sentencia judicial, entonces ya no hay nada que hacer o si, de ser si, que me aconsejas que deba realizar, de lo contrario tendré que acertar y fraccionar.
Espero tu pronta respuesta, gracias.
Estimado Miguel, se volverían a realizar las declaraciones por los periodos no declarados y hacer nuevamente los pagos por estos trabajadores que ya no laboran, y contra que cuenta contable seria, así mismo este gasto, seria aceptado tributario por Sunat, me podrías ayudar y si es posible hacer un ejemplo, te lo agradecería mucho.