Buenos Días, tenemos la siguiente consulta.
Tengo un trabajador que fue demandado por JUICIO DE ALIMENTOS y luego nos notificaron que debiamos de realizar el depósito del 50% DE SU SUELDO en la cuenta de pensión de alimentos.
Mi consulta es la siguiente
Tengo entendido que la mitad de todos los ingresos del trabajador se debe depositar en la cuenta de alimentos.
En el caso de la CTS si es de carácter obligatorio que se deposite en la cuenta del trabajador como realizamos el abono o como es el procedimiento para depositarle en la cuenta de alimentos.
Asimismo también se le debe aportar la mitad de las utilidades en la CUENTA DE ALIMENTOS?
Y por ultimo en caso se le liquidé también corresponde el 50% de todos los beneficios sociales
Una consulta en el caso de la liquidacion el descuento esta incluido con la retencion de la AFP o es despues de esta retencion