Buenos días, tengo a un empleado que lleva 2 meses con descanso médico(CITT) hasta el 30/03/2023; sin embargo; el alta médica se lo dieron el 14/04/2023, por lo que se reincorporó al trabajo el 17/04/23. El hospital le ha emitido un "certificado de salud" por 11 días del 31/03/2023 al 10/04/2023, desconociendo su estado médico y sus días de descanso. En el plame de marzo sólo podré considerar 30 días de subsidio y ¿el día faltante cómo se considera:vacaciones, falta? porque no podría ingresarlo como Enfermedad(20 primeros días) porque ya lo superó? Agradeceré la orientación.
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Abr 20, 2023 12:58 pm
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